Información de Expediente

2025 - E - 1183
Fecha de Entrada: 17/03/2025
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. AYALA MARIA EVA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 18/03/2025
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al SIM, agote las alternativas administrativas, políticas y de gestión, a fin de lograr una solución efectiva para un grupo de trabajadores con CUD (Certificado Único de Discapacidad) de la Municipalidad de General Pueyrredon.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
054 DERECHOS HUMANOS, IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DISCAPACIDAD 18/03/2025
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 17 de marzo de 2025


Sra. Presidenta


Honorable Concejo Deliberante


General Pueyrredon


S/D


VISTO


El reclamo que lleva adelante un grupo de trabajadores municipales con CUD (Certificado Único de Discapacidad) ante las dificultades que encuentra para conseguir prestadoras de salud acordes a sus necesidades, entre las opciones brindadas, y la responsabilidad que le cabe al Municipio como empleador y al Gobierno Municipal como administrador, representante del mismo y máxima autoridad, mas la baja de sus prestaciones por parte de la mutual A.M.T.A.R. que los nuclea; y


CONSIDERANDO


Que las personas con discapacidad tienen derecho a la atención médica y a programas de salud para mantener su bienestar.


Que las personas con discapacidad son aquellas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, en interacción con diversas barreras, pueden obstaculizar su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás.


Que según el Informe Mundial sobre la Discapacidad, alrededor del 15% de la población vive con algún tipo de discapacidad. Las mujeres tienen más probabilidades de sufrir discapacidad que los hombres y las personas mayores más que los jóvenes.


Que la comprensión de la discapacidad ha pasado de una perspectiva física o médica a otra que tiene en cuenta el contexto físico, social y político de una persona. Hoy en día, se entiende que la discapacidad surge de la interacción entre el estado de salud o la deficiencia de una persona y la multitud de factores que influyen en su entorno.


Que se han hecho grandes progresos para que el mundo sea más accesible para las personas que viven con discapacidad; sin embargo, se requiere mucho más trabajo para satisfacer sus necesidades.


Que en total, se estima que casi el 12% de la población de América Latina y el Caribe vive con al menos una discapacidad, lo que representa alrededor de 66 millones de personas.


Que todos los países y territorios de la Región han firmado la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. 341 países han ratificado la Convención.


Que 17 países han firmado la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, en nuestro país la Convención tiene jerarquía constitucional por ley 27.044.


Que el Certificado Único de Discapacidad (CUD) es un documento esencial para las personas con discapacidad en Argentina. Esta credencial, impulsada por el Ministerio de Salud de la Nación, garantiza el acceso a una variedad de derechos y beneficios que buscan mejorar la calidad de vida y asegurar una participación plena en la sociedad.


Que un grupo de empleados municipales, muchos de los cuales son personas con discapacidad con enfermedades pre-existentes y mayores de 60 años, han expresado su preocupación por la baja del servicio de salud de la mutual A.M.T.A.R.


Que dichos empleados municipales cuentan con Certificado Único de Discapacidad y han ingresado al municipio bajo el régimen de la ley 10592.


Que esta mutual, según lo que plantean, está dejando de darles las prestaciones que les venía dando, reduciéndoles el servicio y anticipándoles que próximamente estarían dejando de dar prestaciones.


Que un empleado municipal de este grupo debe pagar, en promedio, $1.200.000 de otra cobertura o permanecer solo con la mutual a riesgo de que se les quite o pierdan definitivamente las prestaciones.


Que sin una solución de fondo no tienen escapatoria, ni posibilidades de acceder a una cobertura acorde a sus condiciones y necesidades, teniendo en cuenta que son trabajadores municipales y si no optan por una obra social entre las opciones brindadas no pueden cobrar, por lo cual quedan de alguna manera atados a la cuestión de no tener suficientes prestaciones u optar (en muchos casos sin la posibilidad económica que da lugar a la opción) por pagar otra cobertura paralela.


Que el organismo encargado de fiscalizar a las Obras Sociales Nacionales y Entidades de Medicina Prepaga para garantizar los derechos de los beneficiarios a las prestaciones de salud es la Superintendencia de Servicios de Salud, dependiente del Ministerio de Salud de la Nación.


Que han solicitado por nota a la Superintendencia de Salud, delegación Mar del Plata conocer el estado del expediente EX-2024-03207254-APN-SGE#SSS en el cual plantearía la baja del Servicio de salud y cual es el monto máximo del plus que puede cobrar una obra social a las personas con discapacidad y en caso de dar de baja un servicio de salud que tiempo de notificación fehaciente deben tener los usuarios.


Por ello, el Bloque de concejales de Acción Marplatense presenta el siguiente proyecto de


COMUNICACIÓN


Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante le requiere al Señor Intendente Municipal agote las alternativas administrativas, políticas y de gestión a fin de lograr una solución efectiva para un grupo de trabajadores con CUD (Certificado Único de Discapacidad) de la Municipalidad de General Pueyrredon que padecen serias dificultades para conseguir prestaciones de salud acordes a sus necesidades entre las opciones contempladas por su empleador, el municipio de Gral. Pueyrredon.


Artículo 2º: Le solicita, además, intervenga ante la Superintendencia de Servicios de Salud, delegación Mar del Plata, por la urgente atención al reclamo realizado por los trabajadores respecto a la baja de sus prestaciones por parte de la mutual A.M.T.A.R. (Asociación Mutual Trabajadores Actividad Repostería).


Artículo 3º: De forma.-


Autoría:


Adhesión:

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