Información de Expediente

2025 - E - 1149
Fecha de Entrada: 28/02/2025
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. AYALA MARIA EVA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 06/03/2025
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre varios puntos con relación a la extracción masiva de arboles en un sector del Bosque Peralta Ramos, adyacente a un barrio privado.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
052 AMBIENTE, DESARROLLO SOSTENIBLE Y SERVICIOS SANITARIOS 06/03/2025
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 28 de febrero de 2025




Sra. Presidenta


Honorable Concejo Deliberante


General Pueyrredon


S/D


VISTO


Los reclamos y denuncias públicas realizadas por visitantes y vecinos de la zona del Bosque Peralta Ramos sobre extracción de gran cantidad de árboles, y




CONSIDERANDO


Que el Bosque Peralta Ramos fue declarado como reserva forestal mediante la Ordenanza Nº 9717 y sus modificatorias, junto a otros espacios públicos y privados del partido de General Pueyrredon.


Que dicha declaración implica la voluntad y garantía de preservación, por parte de las autoridades competentes, de las especies arbóreas presentes en cada Reserva.


Que en este caso, al tratarse de una Reserva Forestal declarada mediante ordenanza, la autoridad competente es la Municipalidad de General Pueyrredon, representada por su Intendente.


Que además, para agregar y complementar, nuestro distrito cuenta con un Código de Preservación Forestal consagrado por la Ordenanza Nº 9784 (texto actualizado por las ordenanzas 9956, 18173 y 19346).


Que se establecen límites, obligaciones, categorías y excepciones a ser consideradas y ante las cuales debe responder toda persona responsable, según la normativa vigente, y a quien la autoridad de aplicación debe reclamar y/o sancionar llegado el caso.


Que en el caso particular, se trataría de terrenos destinados a la radicación o construcción de un nuevo barrio cerrado que se encuentra adyacente al Bosque Peralta Ramos y donde, posiblemente, se esté afectando un área protegida.


Que en el año 1993 entró en vigencia el Convenio sobre la Diversidad Biológica, tratado internacional de las Naciones Unidas que busca conservar la biodiversidad y usarla de manera sostenible.


Que en su artículo Nº 2 se establecen las áreas protegidas, cuya  importancia recae en el hecho de que constituyen una estrategia fundamental para la conservación a largo plazo de la diversidad biológica y cultural, proporcionando bienes y servicios ecosistémicos esenciales para la sociedad y la vida en general.


Que algunos de los beneficios y valores que brindan, derivados del mismo Convenio, tienen que ver con la protección de las cuencas hidrográficas y los suelos, la regulación del clima, la provisión de recursos y materias primas, alimentos y medicinas, el control biológico de plagas y enfermedades, la posibilidad de contar con un marco ideal para la investigación científica, la educación y la capacitación ambiental, permitir el desarrollo de actividades turísticas y recreativas sustentables para el desarrollo social y económico, la proporción de valores culturales, emocionales y espirituales obtenidos de la relación del ser humano con los ecosistemas, la generación de escenarios de integración de la conservación de la biodiversidad con su uso sostenible.


Que es importante tener certezas al respecto y un accionar acorde por parte del Municipio, llegada la circunstancia, si se determinara que se están incumpliendo ordenanzas y reglamentaciones vigentes.


Por ello, el Bloque de concejales de Acción Marplatense presentan el siguiente proyecto de


COMUNICACIÓN


Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo informe respecto a los siguientes puntos:


Si se tiene conocimiento de la extracción masiva de arboles que se está llevando a cabo en un sector del Bosque Peralta Ramos, adyacente a un barrio privado.


Si la acción se está llevando a cabo en terrenos comprendidos dentro del área declarada como Reserva Forestal Bosque Peralta Ramos.


Si los responsables de dicha extracción cuentan con la correspondiente autorización.


Si esta acción se encuentra contemplada en el estudio de impacto ambiental de debe estar incluido en el proyecto de barrio privado o cerrado.


Si los responsables de las extracciones repusieron o repondrán dos ejemplares por cada árbol retirado.


Cuál es el destino en el que fueron o serán plantados los nuevos ejemplares.


Si el Municipio ha realizado el exhaustivo control del cumplimiento de las ordenanzas que establecen el Código de Preservación Forestal (Nº 9784 T.A.) y las Reservas Forestales (Nº 9717 T.A.).




Artículo 2º: De forma.-






Autoría:








Adhesión:





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