Información de Expediente

2025 - E - 1057
Fecha de Entrada: 24/01/2025
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. GUGLIELMOTTI MIGUEL ANGEL
            CJAL. CRESPO VALERIA LUCIANA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVO
Desde: 06/03/2025
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo, informe diversos ítems en relación al Cuerpo de Patrulla Municipal de Seguridad.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
053 SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE LA COMUNIDAD 27/01/2025 06/03/2025 Archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 24 de Enero de 2025.-



A la Sra. Presidenta del



Honorable Concejo Deliberante



Dra. Marina Sánchez Herrero



S----------------/------------------D



VISTO:

Los operativos llevados adelante por el gobierno municipal en relación a personas en situación de calle y otras personas mediante el Cuerpo de Patrulla Municipal y;


CONSIDERANDO:

Que a través de medios periodísticos y redes sociales del propio intendente municipal, se puede observar que distintos operativos en relación a personas en situación de calle y otras personas están a cargo y/o se llevan adelante por el “Cuerpo de Patrulla Municipal”.

Que la misma fue creada en junio de 2020 por el intendente Montenegro, en el marco de la emergencia sanitaria Covid-19 y se encuentra mayormente orientada a brindar respuesta a los diferentes problemas de seguridad ciudadana, prestar servicios en los retenes de las rutas de ingresos al Municipio, y colaborar con la prevención y morigeración de ilícitos y faltas municipales.

Que por el Decreto 988/2020 el intendente Montenegro creó el Cuerpo de Patrulla Municipal de Seguridad dependiente de la Dirección General de Coordinación de Programas de Protección Comunitaria de la Secretaría de Seguridad.


Que en los considerandos de su creación se habla de articular con diferentes instituciones que intervienen en la seguridad pública, implementar programas de seguridad comunitarias, e interactuar con otras áreas de Gobierno.


      Que según esos fundamentos, la experiencia en otros municipios de este tipo de Patrullas permitió mejorar la interacción con la comunidad, y morigerar el impacto delictivo en dichas jurisdicciones, permitiendo un accionar pronto en colaboración con el sistema Judicial y el sistema Policial.


Que entre las misiones y funciones que se le asignaron a esta Patrulla están: atender a las llamadas de los vecinos en vía pública, aportando a la resolución de sus inquietudes y/o problemas; contener y atender al vecino; atender las llamadas de emergencias según protocolos de acción; establecer canales de comunicación con los ciudadanos en general y con asociaciones de ciudadanos; brindar información a la comunidad en situaciones de emergencia y operativos programados, como así también información de carácter turístico; tramitar los expedientes sobre actuaciones administrativas de su competencia y redactar informes, proyectos de actos administrativos, disposiciones, y organizar el archivo general de la dependencia.


Que las únicas funciones reconocidas por su decreto de creación a esta Patrulla en materia específica de seguridad y sobre hechos delictivos son: realizar desplazamientos y recorridos de vigilancia en una constante postura proactiva, disuasiva y/o preventiva, en apoyo a la tarea policial, tendientes a prevenir el accionar delictivo en la zona que se le encomiende; brindar aviso y apoyo a personal Policial en situaciones de emergencia, la identificación de personas y/o verificación de documentación de automotores y transeúntes; organizar y coordinar la logística en operativos; ejecutar medidas de acción inmediata ante situaciones de riesgo y emergencia; dar inmediato aviso a la autoridad competente y/o requerir el auxilio de la fuerza de seguridad ante la comisión de un delito; dar apoyo al Consejo Municipal de Seguridad en el traslado de victimas; coordinar tareas operativas para simplificar el proceso de traslados de vehículos en procedimientos y operativos de seguridad.


Que, como se puede observar claramente, de ninguna manera se le atribuye a esta fuerza potestades propias de la fuerza policial como el monopolio de la fuerza pública en situaciones delictivas o cuasi delictivas de orden público.


Que, por este motivo es muy llamativo que el intendente difundiera el martes 21 del corriente en sus redes sociales un video de un operativo en el que se ve cómo un integrante de la Patrulla Municipal golpea a un hombre en la vía pública.


Que el intendente Guillermo Montenegro en el citado video celebró que el integrante de la Patrulla Municipal le pegara una trompada en la cara a un hombre (que era sujetado por otros dos agentes) luego de que el hombre reaccionara por su desalojo de la vía pública. Esta persona que estaba durmiendo en la calle, luego del episodio y tras la trompada termina aprehendida por la Policía. [1]


Que previo a su difusión el mencionado video está editado y musicalizado, y con el mensaje: “Cuando se dice basta, es basta. Andá a boquear a la autoridad en otro país… Terminás preso o abatido”, lo que consideramos una violenta estrategia de comunicación más tendiente a potenciar las situaciones de violencia que a evitarlas.


Que, en lo que el intendente denomina “controles diarios de ordenamiento del espacio público”, ya este lunes a la noche Montenegro había difundido otro video, en ese caso de desalojo de cuidacoches,  protagonizado por el subsecretario de Seguridad, Daniel Martínez, quien a los gritos desaloja a distintas personas y les quita o patea baldes y trapos.


Que distintos actores sociales empezaron a salir a cuestionar la nueva política municipal implementada en los últimos meses y usada como herramienta del intendente para ampliar su impacto en redes sociales y mostrar su sintonía con las políticas autoritarias de Javier Milei.


Que en las últimas horas distintos espacios que conforman la Iglesia Católica y que trabajan día a día en la asistencia de personas en situación de calle lamentaron que “la represión y el desalojo” estén “por encima de la escucha y la dignidad”. También afirmaron que esa “mirada excluyente y violenta debe ser transformada para avanzar hacia políticas públicas que verdaderamente promuevan la inclusión y reconozcan a cada persona como sujeto de derechos”.


Que pareciera en los videos descriptos que los operativos se realizan excediendo las facultades y/o potestades reconocidas legalmente mediante el decreto de creación al “Cuerpo de Patrulla Municipal”.


Que, por todos los hechos señalados anteriormente, entendemos necesario que el Ejecutivo Municipal brinde información precisa sobre los operativos que se realizan, informe claramente si estos operativos se realizan con la participación del equipo interdisciplinario del área de Desarrollo Social y la fuerza policial, y si el personal de esta Patrulla actúa en algunas ocasiones con el rostro cubierto, y/o utiliza esposas y/o precintos para reducir a las personas, entre otras cuestiones.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:



COMUNICACIÓN


Artículo Nº1: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo que en relación al Cuerpo de Patrulla Municipal de Seguridad informe:


1) Cantidad de personas abocadas al “Cuerpo de Patrulla Municipal” y características de su contratación laboral.


2) Respecto a los operativos en relación a “personas en situación de calle”, si los mismos se realizan en forma conjunta con el equipo interdisciplinario del área de Desarrollo Social.


3) Si utilizan el rostro cubierto en algunos operativos nocturnos.


4) Si utilizan herramientas como esposas y/o precintos para reducir personas.


5) Si utilizan fuerza física contra personas civiles.


6) Si realizan los operativos con el auxilio de la fuerza pública.




Artículo Nº2: Comuníquese, etc.















AUTORÍA:















ADHERENTES:




















-----------------------

[1] https://quedigital.com.ar/politica/agentes-municipales-golpearon-a-un-hombre-tras-reducirlo-montenegro-lo-celebro/






 Volver