Información de Expediente

2024 - E - 2188
Fecha de Entrada: 06/12/2024
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. GARCIA DIEGO ALEJANDRO SEBASTIAN
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 09/12/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo, que gestione las vacantes en la Escuela Secundaria Municipal N° 215 para satisfacer la demanda de los estudiantes egresados de las escuelas primarias del barrio Belisario Roldán.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 09/12/2024
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 6 de diciembre de 2024


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S_________/_________D


VISTO


La insuficiencia de vacantes en la Escuela Secundaria Municipal N° 215 para satisfacer la demanda de los estudiantes egresados de las escuelas primarias del barrio Belisario Roldán. Y;


CONSIDERANDO:


Que el barrio Belisario Roldán está delimitado por las avenidas Arturo Alió (ex 180) y Juan B. Justo, y las calles Juan Czetz y Alberti, y cuenta con una población en crecimiento constante.


Que la Escuela Secundaria Municipal N° 215, ubicada en la calle Castelli entre Chilavert y Rauch, es el único establecimiento del nivel secundario dependiente del sistema municipal en el barrio.


Que el barrio cuenta con dos escuelas primarias, una de gestión Municipal (N° 14) y otra Provincial (N° 54), en las que en conjunto egresan aproximadamente 100 estudiantes por año (60 de la Municipal y 40 de la Provincial), mientras que la oferta de vacantes para primer año en la Escuela Secundaria Municipal N° 215 es de solo 28 lugares anuales.


Que esta desproporción entre oferta y demanda de vacantes educativas genera una situación crítica, ya que el 70% de los estudiantes del barrio deben continuar su trayectoria educativa en escuelas secundarias de otros barrios, enfrentándose a barreras como la distancia física, los costos de transporte, y en algunos casos, la imposibilidad de continuar su escolarización.


Que esta problemática aumenta el riesgo de deserción escolar en la transición del nivel primario al secundario, vulnerando el derecho a la educación garantizado por la Constitución Nacional, la Ley Nacional de Educación N° 26.206, y la Ley Provincial de Educación N° 13.688.


Que la comunidad educativa y la Red Interinstitucional y Territorial del barrio Belisario Roldán han manifestado esta preocupación en reiteradas oportunidades, planteando la necesidad de ampliar la capacidad de la Escuela Secundaria Municipal N° 215 a través de medidas concretas como la ampliación edilicia, la reorganización institucional, o la apertura de nuevas secciones.


Que la Ley Provincial de Educación N° 13.688, en su Artículo 6°, establece que “la educación constituye un derecho social, garantizado por el Estado como política pública prioritaria” y que se debe garantizar el acceso, permanencia y egreso de todos los estudiantes en el sistema educativo.


Que garantizar la continuidad de los estudiantes egresados de las instituciones primarias del barrio Belisario Roldán en la Escuela Secundaria Municipal N° 215 fortalecería el vínculo territorial y la identidad comunitaria, además de contribuir a la equidad educativa en el barrio.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales y Concejalas de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo 1°.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Educación, que implemente las medidas necesarias para que los estudiantes egresados de las instituciones primarias del barrio Belisario Roldán cuenten con vacantes aseguradas en la Escuela Secundaria Municipal N° 215, a fin de garantizar la continuidad educativa y el pleno ejercicio del derecho a la educación.


Artículo 2°.- En vistas cumplimentar lo dispuesto por el artículo precedente, se solicita a la Secretaría de Educación que evalúe las siguientes acciones, considerando la viabilidad técnica, presupuestaria y normativa:


  a) Ampliación de la infraestructura edilicia de la Escuela Secundaria Municipal N° 215, para incrementar la capacidad de matrícula.


  b) Reorganización institucional, incluyendo la apertura de nuevas secciones y/o turnos en el establecimiento.


Artículo 3°.- Comuníquese, etc.


AUTORÍA:

 Volver