Mar del Plata, 5 de diciembre de 2024
Sra. Presidenta
Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredon
S/D
VISTO
La cantidad de mujeres que practican deportes en las instituciones deportivas municipales y el vínculo entre menstruación y práctica deportiva, y
CONSIDERANDO
Que la menstruación es el proceso en el cual el útero desprende sangre y tejido a través de la vagina. Es un proceso natural y sano para las niñas y las mujeres en edad reproductiva.
Que la menstruación es un hecho fisiológico que acontece en la vida de las mujeres, o sea, de la mitad de la población mundial y, sin embargo, es un tema rodeado de tabúes, estigmas y desinformación.
Que, dadas las particularidades de la menstruación como hecho fisiológico, es necesario contar con acceso a agua limpia, instalaciones sanitarias adecuadas que permitan la privacidad, elementos de gestión de higiene menstrual (toallitas, tampones, paños absorbentes lavables, copa menstrual, etc.), lugar para la correcta eliminación de los desechos y, especialmente, conocimiento y visibilización de la temática que permita el acceso universal a la información necesaria para su gestión.
Que muchas mujeres antes de comenzar el periodo menstrual presentan ciertos síntomas y malestares que son conocidos como el síndrome pre menstrual (SPM). Científicamente el SPM lo viven ¾ mujeres. Es alrededor de 5 días antes que llegue la menstruación se genera un pico de progesterona y altos niveles de estrógeno lo que es seguido por una respuesta inflamatoria que es necesaria para que luego bajen los niveles hormonales y comience la caída del revestimiento uterino.
Que el fenómeno de la menstruación también tiene un impacto económico en la población que atraviesa este proceso, convirtiéndose en un factor de desigualdad social.
Que la evidencia científica ha demostrado que la práctica deportiva posee un impacto positivo en la salud física y mental en todas las personas que lo realizan.
Que la relación entre el ciclo menstrual y el rendimiento deportivo debe ser un tema de diálogo fundamental entre deportistas y entrenadores/as ya que fomenta un entorno saludable e inclusivo en las instituciones deportivas.
Que el ciclo menstrual influye directamente en variables como el estado emocional y psicológico, la fuerza física, la resistencia deportiva y la capacidad de recuperación. Siendo condicionamientos claves que optimizan el rendimiento deportivo y generan continuidad en la práctica deportiva.
Que en el año 2014 el Comité Olímpico Internacional (COI) publicó una declaración de consenso en la que introdujo una nueva terminología: Deficiencia Energética Relativa en el Deporte (RED-S). Puede causar trastornos menstruales en las mujeres, como amenorrea primaria, amenorrea secundaria u oligomenorrea. Estos trastornos se deben a la baja disponibilidad de energía, que afecta el equilibrio hormonal y el sistema reproductivo.
Que existe lo que se llama ‘tríada de la mujer deportista’, que es un desbalance energético entre la energía consumida en la comida y la energía gastada en el ejercicio. Puede generar amenorrea (ausencia de menstruación por unos meses) y alteraciones en el hueso, que pueden terminar en un mayor riesgo de fragilidad ósea que puede devenir en osteopenia u osteoporosis.
Que un grupo de investigadores de la Universidad St. Mary’s de Twickenham, en Reino Unido[1], indican que “Es una evidencia que la práctica de deporte moderado es beneficioso para la menstruación, el embarazo y la menopausia”. Según el estudio que evaluó a 14 mil mujeres de diferentes países, “un 78% dijo que el ejercicio aliviaba las molestias”.
Que en lo respecta a las deportistas de alto rendimiento, según un estudio publicado por la Universidad del Valle, en Colombia, concluyó que “las fases más favorables para una mayor carga de ejercicio son la postmenstrual y postovulatoria”, mientras que “en las fases de tensión fisiológica (ovulatoria, premenstrual y menstrual) hay que descender la magnitud de la carga”.
Que Gorulev & Rumiantseva (2005) realizaron un estudio con la selección femenina de Rusia, en halterofilia (disciplina deportiva cuyo objetivo es levantar pesos relativamente altos mediante una técnica, en la que la fuerza es factor importante pero no determinante), donde han encontrado que la fase premenstrual es la más difícil para las mujeres. Para esta fase son característicos un brusco aumento de la masa corporal, debido a los cambios hormonales, baja economía respiratoria, alta frecuencia cardiaca, menor cantidad de hemoglobina en la sangre, entre otros.
Que, según los estudios de Shajlina (1999), la alta economía de los sistemas respiratorio y sanguíneo, la gran reserva respiratoria en las fases postmenstrual y postovulatoria del ciclo proveen una mejor capacidad de trabajo de las deportistas en estas fases en comparación con la ovulatoria, premenstrual y menstrual.
Que los resultados de las investigaciones sobre la influencia de la fase menstrual en el resultado deportivo han sido variados, pero la mayoría de ellos apunta a que las deportistas consiguen sus mejores marcas en el periodo fuera de la menstruación.
Que según Elena Konovalova (Licenciada en Educación Física y Deporte y Doctora en Pedagogía con énfasis en educación física y entrenamiento deportivo) el ciclo menstrual marca un comportamiento variado de las distintas funciones vitales de la mujer, lo cual, se debe tener en cuenta en la planificación y en la construcción del proceso de entrenamiento y para ello es indispensable que exista una comunicación directa sobre el tema entre el/la entrenador/a y la deportista.
Que es necesario que la menstruación deje de ser una “cuestión de las mujeres”, para convertirse en un tema de agenda de la política deportiva estatal que permita tanto a entrenadores como deportistas comprender el estrecho vínculo entre menstruación y práctica deportiva.
Que los programas deportivos locales y la gestión de los mismos tienen la obligación de garantizar las condiciones de bienestar y la continuidad deportiva de las mujeres del Partido de General Pueyrredon.
Por todo lo expuesto el bloque de concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de
ORDENANZA
Artículo 1º: Créase en el Partido de General Pueyrredon el Programa Municipal Educativo “Menstruación y Deporte” que tendrá lugar en todas las instituciones deportivas municipales de Mar del Plata y Batán.
Artículo 2º: Establezcasé los siguientes objetivos:
a) Fomentar la educación integral basada en evidencia sobre la menstruación de las mujeres en la práctica deportiva.
b) Promover una educación sobre la menstruación libre de tabúes.
c) Motivar a la reflexión y análisis sobre el vínculo entre el cuerpo de la mujer y el deporte.
d) Capacitar a los y las entrenadoras de las instituciones deportivas municipales para la práctica deportiva se entienda desde una perspectiva integral desde el cuerpo de la mujer.
e) Educar a las mujeres en el vínculo de la menstruación con la práctica deportiva, para que las ayude a optimizar su rendimiento deportivo.
f) Comprender de forma integral a la menstruación cómo fenómeno fisiológico.
g) Fomentar la práctica deportiva para evitar su abandono.
Artículo 3º: El Programa Municipal Educativo “Menstruación y Deporte” incluirá:
a) Capacitaciones anuales de carácter obligatorio para los y las instructores de todos los deportes que se practiquen en las instituciones deportivas municipales, que serán dictadas por profesionales idóneos en la materia.
b) Asesoramiento constante para los y las instructores deportivos de las instituciones deportivas municipales.
c) Talleres periódicos informativos para los y las deportistas, que brinden herramientas de formación y comprensión de la menstruación y su vínculo con el rendimiento físico.
d) Creación de espacios de diálogo individuales y/o colectivos para abordar consultas relacionadas con la menstruación y la práctica deportiva.
e) Desarrollo de materiales impresos y/o digitales que aborden la temática y sean accesibles a las y los deportistas.
Artículo 4º: El Programa Municipal Educativo “Menstruación y Deporte” tendrá como destinatarias a las mujeres y cuerpos menstruantes que practiquen cualquier deporte en las Instituciones deportivas municipales.
Artículo 5º: Desígnese al Ente Municipal de Deportes y Recreación (EMDER) como autoridad de aplicación del Programa Municipal Educativo “Menstruación y Deporte” y facúltese a dictar las normas instrumentales, complementarias y todo acto administrativo que fuera necesario para la implementación del mismo.
Artículo 6º: Articúlese con la Secretaria de Salud, la Secretaria de Educación y la Dirección de Políticas de Género del Partido de General Pueyrredon, para una gestión integral y complementaria del Programa Municipal Educativo “Menstruación y Deporte”.
Artículo 7º: El Programa Municipal Educativo “Menstruación y Deporte” generará articulación e integración con los Clubes deportivos y sociales y/o entidades deportivas del Partido de General Pueyrredon para lograr un mayor alcance de participación e información.
Artículo 8º: El Departamento Ejecutivo asignará las partidas presupuestarias para la implementación y sostenibilidad del Programa Municipal Educativo “Menstruación y Deporte”.
Artículo 9º: El Departamento Ejecutivo realizará a través de todos sus medios de comunicación oficiales, una campaña de difusión del Programa Municipal Educativo “Menstruación y Deporte”.
Artículo 10º: Impleméntese una evaluación de resultados y diagnóstico anual sobre el Programa Municipal Educativo “Menstruación y Deporte”.
Artículo 11º: Comuniquesé, etc.
Autoría:
Adhesión:
[1] https://www.researchgate.net/publication/360268776_Menstrual_Cycle_The_Importance_of_Both_the_Phases_and_the_Transitions_Between_Phases_on_Training_and_Performance