Información de Expediente

2024 - E - 2159
Fecha de Entrada: 29/11/2024
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. GARCIA DIEGO ALEJANDRO SEBASTIAN
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 02/12/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo, incorpore como Centro Comercial a Cielo Abierto, los comercios ubicados en las colectoras de la Ruta Provincial N°88 de la localidad de Batán.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO 02/12/2024
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 29 de noviembre de 2024


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S_________/_________D


VISTO


Los diferentes “Centro Comerciales A Cielo Abierto” reconocidos en la ciudad de Mar del Plata y la posibilidad de impulsar como Centro Comercial A Cielo Abierto a los comercios ubicados en las colectoras de la Ruta Provincial N°88 en la localidad de Batán. Y;


CONSIDERANDO


Que según la página web oficial[1] del Municipio de General Pueyrredon un Centro Comercial A Cielo Abierto (CCACA) es: “(...) una organización de comerciantes de un entorno urbano público determinado que, junto con al sector público y privado, logran mejorar competitivamente la zona comercial e incrementar sus ventas a través de mejoras urbanísticas, acciones planificadas de animación, promoción comercial y comunicación estratégica que, con un gerenciamiento profesional, contribuyen a mejorar la oferta comercial y turística de la ciudad, promoviendo la mejora de la competitividad del comercio para la generación de riqueza y empleo.”


Que en la ciudad de Mar del Plata se reconocen doce (12) Centros Comerciales A Cielo Abierto, según la misma información brindada por la página web oficial municipal.


Que estos “CCACA” son: 12 de Octubre, Alberti, Constitución, Güemes, Juan B. Justo, Microcentro, Playa Grande, Punta Mogotes, San Juan, Sierra de los Padres, Talcahuano y Tejedor.


Que en cada uno de estos centros se delimita su extensión en tramos específicos.


Que en pos de promover la actividad comercial en estas zonas fue sancionada la Ordenanza N°25.326 en el año 2021, creando el programa Noche de los Centros Comerciales A Cielo Abierto.


Que ninguno de estos centros comerciales abarca el territorio de la localidad de Batán.


Que en la localidad de Batán el sector conocido como “colectoras” de la Ruta Provincial N°88 encuentra una fuerte actividad comercial y gastronómica.


Que así como se ha mencionado, en la definición que el Departamento Ejecutivo otorga a los “CCACA”, esta zona comercial de la localidad de Batán vería con agrado la planificación y coordinación entre el sector público y el privado para la implementación de mejoras que contribuyan al desarrollo económico de estas colectoras.


Que esta iniciativa permitiría fortalecer la vinculación del Estado Municipal con el sector comercial de la localidad de Batán.


Que, de esta manera, se han visto favorecidas, en términos de crecimiento y desarrollo económico, las doce (12) zonas comerciales mencionadas anteriormente que hoy en día son contempladas como Centros Comerciales A Cielo Abierto.


Que, asimismo, dentro del pliego de bases y condiciones que actualmente rige en nuestro municipio sobre la recolección y el tratamiento de los residuos urbanos se delimitan e identifican las diversas zonas comerciales que, en función de su actividad, perciben un tratamiento diferente dentro del mismo pliego.


Que tanto para las tareas de barrido manual como para la instalación de cestos de residuos, se le brinda prioridad a estas zonas comerciales.


Que se comprende que los sectores de mayor actividad comercial de nuestra ciudad requieren de una gestión diferente sobre la cantidad de residuos que pudieran llegar a generar debido a las grandes afluencias de personas que por las mismas transitas.


Que una de las colectoras de la Ruta Provincial N°88 que atraviesa a la localidad de Batán se reconoce como Avenida Centenario.


Que tanto en esta avenida, como en la otra colectora de la ruta, se encuentran emprendimientos comerciales gastronómicos como cafés, heladerías, supermercados, locales de venta de electrodomésticos, peluquerías y diversas sedes de organismos públicos.


Que históricamente estas colectoras han funcionado como espacios comerciales y de encuentro para la comunidad de Batán.


Que el hecho de poder reconocer a esta zona como Centro Comercial A Cielo Abierto resultaría en un impacto positivo y fundamental para el desarrollo de las actividades comerciales que se llevan a cabo así como también permitiría garantizar un mejor tratamiento para la gestión de los residuos urbanos del sector.


Que es necesario reconocer y revalorizar todas las zonas que llevan a cabo actividades que generan riqueza, empleo y desarrollo para el Partido de General Pueyrredon.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo Nº1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo realice las gestiones pertinentes para incorporar como “Centro Comercial a Cielo Abierto” a los comercios ubicados en las colectoras de la Ruta Provincial N°88 de la localidad de Batán según las siguientes limitaciones:


a)  Colectora Ruta Provincial N°88 sentido Norte entre las calles Julián Ríos y Juan José Pereda.


b)  Colectora Ruta Provincial N°88 sentido Sur entre las calles 43 o Juan Manuel de Rosas y Domingo Batán o calle 37.


Artículo Nº2.- Asimismo, se requiere al Departamento Ejecutivo arbitre los medios necesarios a los efectos de poder integrar a los comercios ubicados en las colectoras de la Ruta Provincial N°88 de la localidad de Batán, según las limitaciones establecidas en el Artículo N°1, dentro del Pliego de Bases y Condiciones del servicio de Higiene Urbana como “centro comercial”.


Artículo Nº3.- Comuníquese, etc.


AUTORÍA:


ADHERENTES:


ANEXO


[]


[]


[1] https://www.mardelplata.gob.ar/centroscomerciales

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