Información de Expediente

2024 - E - 1874
Fecha de Entrada: 26/08/2024
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor: CJAL. LICEAGA VIÑAS RICARDO MIGUEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: A LA ESPERA DE LA PROMULGACION
Desde: 19/12/2024
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
G 564311 0 2024 0 0 0 EX-2024-00564311- -MUNIMDP-DA#SLTH
G 564441 0 2024 0 0 0 EX-2024-00564441- -MUNIMDP-DA#SLTH
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el programa de autodefensa personal para mujeres mayores de 12 años, en el ámbito del Partido de Gral. Pueyrredon.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-20675 19/12/2024

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
055 POLITÍCAS DE GÉNERO, MUJER Y DIVERSIDAD 27/08/2024 05/09/2024 Aprobado
027 DEPORTES Y RECREACIÓN 05/09/2024 13/11/2024 Aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 13/11/2024 02/12/2024 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 26 de Agosto de 2024


A la Presidenta del Honorable Concejo Deliberante


Dra. Marina Sánchez Herrero


S----------------/-------------D


VISTO


la implementación de programas de defensa personal para mujeres y disidencias en el ámbito de General Pueyrredon y


CONSIDERANDO


Que 8 de cada 10 mujeres y disidencias de género han sido víctimas de algún tipo de violencia entre ellas la más común el acoso callejero. El sentimiento de inseguridad en el espacio público limita a las mujeres y disidencias de género a habitar las calles, a no salir solas a altas horas de la noche o a temer al transporte público, lo que atenta de manera directa contra nuestros derechos.


Que es así como en colectivo identificaremos que la violencia es estructural y machista, que afecta de manera directa la autoestima y la percepción de seguridad de las mujeres, hecho que limita la respuesta a una agresión, ya sea por su forma de vestir o su comportamiento, lo que las ha encasillado como sujetas pasivas y las ha cargado de sentimientos de culpa y vergüenza frente a las violencias.


Que en otros municipios como los de Córdoba, Santa Fe, Ente Ríos, Bariloche, La Plata entre otros, han abarcado el problema de la violencia de género brindando cursos de autodefensa para mujeres con perspectiva de género.


Que dichos cursos tienen por finalidad la prevención y empoderamiento de las mujeres y disidencias en cuanto a la autonomía y movilidad sin miedos en la ciudad en todos sus ámbitos.


Que en esta actualidad compleja, agregamos la práctica de defensa personal para aquellas mujeres que decidan ejercitarla como recurso de protección ante la inseguridad y la violencia de género.


Que estos talleres integrales enseñan técnicas de protección, manejo de estrés y miedo; así como mecanismos para actuar en situaciones de violencia. Los mismos son dictados por especialistas en la materia.


Que en el 2023 la Corte Suprema recibió un total de 13.460 denuncias. El año pasado, la OVD recibió a un total de 13.460 mujeres en su sede de Lavalle 1250. Un promedio de 37 por día.


Que entre ellas, 8.210 concurrieron a denunciar alguna situación de violencia en su modalidad doméstica y 5.250 a realizar alguna consulta. Además, hubo 381 mujeres que asistieron en más de una oportunidad durante el año, para realizar una denuncia.


Que los equipos interdisciplinarios de la OVD evaluaron el riesgo de 10.430 niñas y mujeres afectadas por situaciones de violencia. Tres de cada 10 de ellas se encontraban en situaciones de riesgo altísimo o alto. Entre las menores y mujeres afectadas, 52% tenía un vínculo de pareja con las personas denunciadas, 29% filial (denunciaron a su padre o madre o a su hija o hijo), 10% tenía otros vínculos, 5% denunció a otro familiar hasta 4° grado de parentesco y 4% fraternal (hermanos/as). Asimismo, el 34% de las afectadas cohabitaban con las personas denunciadas. Los equipos médicos de la OVD constataron lesiones en 1.524 mujeres. 71% tenía antecedentes de lesiones producto de situaciones de violencia anteriores.


Que las niñas y mujeres afectadas fueron víctimas de violencia psicológica (97%), simbólica (61%), física (47%), económica patrimonial (32%) y sexual (10%). Por otra parte, desde el 23 de octubre último, día en que se promulgó la Ley 27.736 “Ley Olimpia”, la OVD registró 77 situaciones de violencia contra las mujeres en su modalidad digital.


Que en el Municipio de General Pueyrredon, el CeMAED muestra los datos de julio 2024, en las cifras de 400 denuncias de violencia, 162 por el delito de lesiones en el cual el 65% las víctimas eran mujeres, 124 denuncias por el delito de amenazas de las cuales el 67% eran femeninas, las denuncias por violencia familiar ascendieron a 393, y los femicidios a 3.


Que en este escenario de hoy, se tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de las mujeres con acciones concretas. Los cursos de defensa personal forman parte de dichas capacitaciones y herramientas que pueden ayudar en situaciones de violencia, sea cual fuera el origen de la misma, como también, mejorar la autoestima, el control de estrés, y la confianza personal.


Que esta Municipio cuenta con 4 polideportivos municipales, que cuentan con espacios para el dictado de estos cursos de autodefensa.


Por ello, el bloque de concejales de la Unión Cívica Radical, propone y eleva a consideración del HCD el siguiente proyecto de


ORDENANZA


Articulo 1.- Crease en el partido de General Pueyrredon, el programa de autodefensa personal, para mujeres mayores de 12 años, en forma gratuita.


Articulo 2.- Los cursos serán dictados por el EMDER, quien determinara los espacios, días y horarios en los que se llevarán a cabo las capacitaciones. Los mismos, deberán cumplir al menos dos jornadas al año.


Artículo 3.- Estas capacitaciones tendrán como objetivo, la enseñanza de disciplinas de autodefensa, que permitan a las mujeres que los deseen, aprender técnicas básicas de defensa personal ante situaciones de violencia. Las técnicas a enseñar serán determinadas por cada instructor.


Artículo 4.- El EMDER, como autoridad de aplicación, llevará un registro de las inscriptas a estos cursos, en el que constará nombre, apellido y domicilio.


Articulo 5.- Invítese a las sociedades de fomento a sumarse a este programa, a los efectos de garantizar el dictado de cursos de autodefensa en sus respectivas sedes, con el objetivo de asegurar la cursada en todo el territorio de General Pueyrredon.


Aquellas sociedades de fomento que deseen formar parte del programa deberán inscribirse en el EMDER con indicación precisa, de nombre y apellido del responsable que dicte el curso, y en su caso, deberán ajustar el curso a los parámetros mínimos que el EMDER requiera.


Artículo 6.- El Departamento Ejecutivo, tendrá a su cargo la difusión de estas capacitaciones, a través de sus canales oficiales.


Articulo 7.- De forma.


AUTORÍA DEL PROYECTO:


CJAL. RICARDO LICEAGA VIÑAS


Adhesiones:


CJAL. ROMERO MARIANELA


CJAL. GUSTAVO PUJATO


CJAL. DANIEL NÚÑEZ

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