Mar del Plata, 30 de mayo de 2024
Sra. Presidenta
Honorable Concejo Deliberante
General Pueyrredon
S/D
VISTO
El lugar de relevancia que ocupa la cultura en la vida de los pueblos y la necesidad de su preservación, fomento y desarrollo por parte de los estados, y
CONSIDERANDO
Que la cultura es el conjunto de los rasgos distintivos, espirituales, materiales y afectivos que caracterizan a una sociedad o grupo social y ella engloba, además de las artes y las letras, los modos de vida, los derechos fundamentales del ser humano, los sistemas de valores, creencias y tradiciones.
Que la cultura es identidad, entre otras muchas cosas, y la identidad de un pueblo está hecha por su gente, sus historias, por sus vidas, sus acciones, sus tristezas y alegrías.
Que la cultura es expresión y es fuerza viva, es creatividad y costumbres, es experiencia y aprendizaje, es todo lo humano que vemos, oímos y sentimos.
Que para la historia universal, un León expresó alguna vez que al pintar tu aldea podías pintar el mundo, un gran pintor argentino hizo de esa frase su obra y un emblema marplatense la eligió como frase predilecta y con su bandoneón pinto nuestro suelo y los oídos del mundo.
Que otro León mas autóctono, pero no menos sabio, nos dijo un día que la cultura era la sonrisa que brilla (o debe brillar) en todos lados, y nos convencimos de que así tenía que ser y defendemos esa huella que es la huella de nuestro pasado, nuestro presente y nuestro futuro.
Que en el día a día de un país, de una ciudad, de un pueblo, son los artistas de diversas extracciones y mediante distintas vertientes de expresión quienes mantienen viva, preservan y divulgan nuestro arraigo cultural. Son probablemente la primera imagen que creamos en nuestra mente al pensar en la cultura que nos rodea.
Que los artistas locales son aquellos que engloban todas las manifestaciones del arte, expresando su visión sensible acerca del mundo que los rodea, de una manera real y con conocimientos; además son la primera fuente de contacto que tienen los vecinos con el mundo de la cultura, son representativos de una comuna y pertenecen como tal a ese territorio.
Los artistas locales son importantes en la jerarquía cultural de nuestro país, pero desgraciadamente muchas veces estos trabajadores de la cultura son invisibilizados en las políticas culturales del Estado. La experiencia indica que los municipios del país gastan muchas veces considerables sumas de dineros en eventos y contrataciones de artistas de renombre y dejan de lado a los locales y esto termina siendo una falta de reconocimiento y valorización al artista local.
Que en la ciudad de Mar del Plata, también en todo el partido de General Pueyrredon, existe una enorme cantidad de artistas que engloban todas las variantes del arte que podamos imaginar y representan una fuente inagotable de recursos para una ciudad que tiene al turismo como una de sus principales industrias.
Que la Municipalidad ha contado con diversos programas, eventos y propuestas a lo largo de su historia, algunos de ellos vigentes, que se han encargado de brindar oportunidades y espacios para los artistas locales.
Que el objetivo de esta faceta de los gobiernos locales ha sido ofrecer a visitantes y residentes una gran variedad de espectáculos de calidad, así como brindar chances a los artistas de la ciudad en los que puedan mostrar su talento y sus producciones. Las iniciativas tienen como foco el fortalecimiento del empleo artístico y cultural, el desarrollo del mismo, la aparición de nuevos talentos o, simplemente, la expresión viva de una faceta tan elementalmente humana como es el arte.
Que el patrimonio de la Municipalidad de General Pueyrredon cuenta con diversos lugares adecuados a cada tipo y modalidad de espectáculo, tales como Villa Victoria, el Teatro Colón, Villa Mitre, el Museo Castagnino, el Museo José Hernández, el Centro Cultural Soriano, los jardines de la Torre Tanque, el Parque San Martin, las plazas de Mar del Plata y Batan, entre otros.
Por ello, el Bloque de concejales de Acción Marplatense presenta el siguiente proyecto de
ORDENANZA
Artículo 1º: Crease el programa “Impulsar Nuestra Cultura” para el sostenimiento, fomento, preservación, incentivo y desarrollo de la cultura local, y de sus exponentes, en el ámbito de General Pueyrredon.
Artículo 2º: El mismo tendrá como objeto la organización y establecimiento de encuentros culturales municipales divididos en los siguientes segmentos:
- Literatura
- Cine y Audiovisuales
- Fotografía
- Música
- Danzas y Teatro
- Artes Plásticas y Visuales
Artículo 3°: Cada segmento comprendido en el artículo 2° contará con un evento anual e individual respecto al resto, organizado y difundido por la Municipalidad de General Pueyrredon a través del área que se considere pertinente.
Artículo 4°: Se establecerá un cronograma anual y permanente, con programación anticipada y garantizando la participación heterogénea, rotativa y equitativa de representantes de la cultura local de cada segmento.
Artículo 5°: Cada evento será realizado en escenarios municipales o espacios públicos municipales condicionados para tal efecto.
Artículo 6°: Confórmese una Comisión Mixta Permanente de Divulgación, Organización y Seguimiento del Programa “Impulsar Nuestra Cultura” que tendrá a su cargo la modalidad e impronta de cada evento, la selección de los artistas locales participantes y la temática de cada acontecimiento.
Artículo 7°: La Comisión Mixta Permanente estará conformada por un (1) representante de cada uno de los siguientes organismos:
- Honorable Concejo Deliberante
- Departamento Ejecutivo
- Planta Municipal
- Universidades
- Consejo Municipal de Cultura
Artículo 8°: La misma se reunirá periódicamente, según establezca en su propio reglamento interno, podrá designar delegados para impulsar cada evento en particular y deberá establecer, antes de la finalización de cada año calendario, el cronograma de actividades del año siguiente.
Artículo 9°: Será el Departamento Ejecutivo el encargado de establecer y disponer los escenarios para cada uno de los seis (6) eventos anuales, el personal, los materiales y el presupuesto asignado a cada uno.
Artículo 10°: Comuníquese, etc.-
Autoría:
Adhesión: