Información de Expediente

2023 - E - 1351
Fecha de Entrada: 22/06/2023
Carátula: Proyecto de COMUNICACIÓN
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: AFECTADO POR ARTICULO 32º/2024
Desde: 29/02/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo, informe sobre varios items respecto de la sanción aplicada a la UTF Playa Acevedo mediante la Resolución 340/23 del Ente Municipal de Turismo.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
006 TURISMO 23/06/2023 19/09/2023 ARCHIVO
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 19/09/2023 29/02/2024 Art. 32º del R.I
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 21 de junio de 2023



A la Presidenta del



H. Concejo Deliberante



Dra. Marina Sánchez Herrero



S------------/------------D






VISTO:


      La Resolución 340/23 del Ente Municipal de Turismo, publicada en el Boletín Oficial el pasado miércoles 14 de Junio, donde resuelve que el concesionario de la Unidad Turística Fiscal Playa Acevedo deberá afrontar un pago extra de canon de $1.293.100 y una multa de $237.657 por la instalación de unidades de sombra adicional no autorizada en la pasada Temporada 2022/23, y


CONSIDERANDO:


     Que, según trascendió periodísticamente, el Emtur constató que en el Balneario Costa del Sol (nombre comercial de la concesión de la mencionada U.T.F.) se explotaron 135 unidades de sombra más de las 100 que le correspondía, lo cual representa un excedente significativo respecto a las autorizadas.


     Que la irregularidad fue detectada en plena temporada, pero aparentemente se les permitió funcionar para no perjudicar a usuarios del balneario que ya las habían contratado.



     Que ese incremento en las unidades de sombra no autorizadas no se consignó un detalle de qué cantidad corresponde a carpas y qué cantidad a sombrillas.






     Que según algunos relevamientos de precios previos a la temporada 22/23,  en este balneario de Félix U.Camet y Acevedo se podían alquilar de diciembre a marzo una carpa y una sombrilla por $290.000 (sin IVA) y $150.000 (sin IVA), respectivamente.

     Que de acuerdo a esos valores entonces, el $1.530.757 de más que deberá pagar el balneario por instalar un excedente de 135 unidades de sombra, correspondería a lo recaudado por el alquiler de menos de 6 carpas durante toda la temporada.

     Que se torna necesario confirmar estos datos y los que se solicitan más adelante para tener una idea cierta sobre la suficiencia y eficacia de las sanciones por incumplimientos que se establecen en los pliegos de licitaciones que este Honorable Concejo autoriza habitualmente.


Por lo expuesto, el Bloque de Concejales y Concejalas del Frente de Todos presentan el siguiente proyecto de



COMUNICACION



Articulo 1º: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo tenga a bien informar:



   1) Respecto a la sanción aplicada a la Unidad Turística Fiscal Playa Acevedo mediante la Resolución 340/23 del Ente Municipal de Turismo: 



    - 1.1. Determine de ese número de unidades no autorizadas qué cantidad corresponde a carpas y  qué cantidad a sombrillas, y en qué valores se comercializaron durante la temporada estival 22/23



    - 1.2. Cuál es el parámetro utilizado para determinar el monto de la multa aplicada.



    - 1.3. Si la multa ha sido pagada.



    - 1.4. Cuál es el parámetro utilizado para determinar el monto del aumento extra de canon con que ha sido sancionado el concesionario.



    - 1.5. Si ha sido pagado ese aumento extra de canon.






   2) Cuáles otras U.T.F. han sido sancionadas en la pasada temporada 22/23 por explotación de unidades de sombra en exceso de las autorizadas.






Articulo 2º: Comuníquese, etc.-






AUTORIA:






ADHERENTES:


























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