Mar del Plata, 2 de Mayo de 2022
Sra. Presidenta del Honorable Concejo Deliberante
Del Partido de Gral. Pueyrredon
Marina Sanchez Herrero
S/D
VISTO
El reclamo de la comunidad educativa de la Escuela Secundaria Agraria N° 1 “Nicolas Repetto”, ubicada en Cacique Cangapol S/N de Laguna de los Padres respecto a la falta de frecuencias de la línea de colectivos 717, y
CONSIDERANDO
Que la educación agraria secundaria es una de las alternativas de la modalidad de la educación técnico-profesional en el marco de la Educación Secundaria obligatoria que establece la ley de Educación Provincial N° 13.688.
Que la Educación Secundaria Agraria está organizada en dos ciclos: Ciclo Básico Agrario (CBA) que tiene tres años de duración y es común a todos los servicios de educación agraria y el Ciclo Superior Agrario (CSA) con una duración de cuatro años.
Que los estudiantes finalizan el 7mo. año obteniendo el título de Técnico en Producción Agraria con orientación Hortícola Florícola.
Que el cordón frutihortícola del Partido de Gral. Pueyrredon se extiende desde el límite del partido con el partido de Mar Chiquita por Ruta 2, hasta el Boquerón por Ruta 88, constituyendo el segundo en importancia en el país por la cantidad y variedad de su producción.
Que el 10 por ciento de la producción se consume en Mar del Plata y Batan y el 90 por ciento restante se destina al resto del país.
Que las posibilidades de crecimiento del sector dependen de la incorporación de personal cuya calificación requerida es cada vez mayor, a partir de la necesidad de incorporar nuevas tecnologías y adaptarse a las nuevas formas de producción a fines de sostener la oferta frente a una demanda creciente del mercado.
Que la tarea desarrollada en la Escuela Secundaria Agraria ha tenido y tiene una importancia cada vez más reconocida por los productores de la zona.
Que para sostener y facilitar la llegada y salida de alumnos, docentes y comunidad educativa en general del establecimiento educativo, hay una importante dependencia de los servicios diarios del transporte público colectivo de pasajeros.
Que quienes forman parte de la comunidad educativa e integrantes de la Red Comunitaria Juntos Podemos que comprenden Laguna de los Padres, Sierra de los Padres, El Coyunco, El Paraíso, La Gloria de la Peregrina, Colinas de Los Padres, Colinas Verdes, Santa Paula, vienen reclamando por una sustancial mejora en las frecuencias de la línea 717 de la Empresa Peralta Ramos.
Que la ordenanza 21123 sancionada en diciembre de 2012, determina el diagrama de frecuencias mínimas a cumplir por la Empresa Peralta Ramos y sus correspondientes recorridos.
Que la citada ordenanza dispone que las frecuencias de ingreso y egreso a la Escuela Secundaria Agraria de Laguna de los Padres, deben ser 6 por día.
Que los docentes y alumnos hacen notar en sus reclamos que son sólo 3 las veces que el colectivo ingresa a la escuela, haciéndolo una vez a la mañana, una vez al mediodía y otro a la salida de clases a la tarde, lo que representa un cumplimiento de sólo el 50% de las frecuencias que mínimamente debe cumplir la línea 717.
Que la matrícula de la escuela viene creciendo a lo largo de los años y para este ciclo lectivo según refieren en la escuela, se han incorporado 40 alumnos de la zona de Sierras y La Gloria de la Peregrina, modificándose sustancialmente la proveniencia de los inscriptos que hasta años anteriores eran de la zona de La Herradura hacia el este.
Que un relevamiento efectuado por la Red Comunitaria Juntos Podemos a principios de este año, acerca de la cantidad de inscriptos en los distintos establecimientos educativos de la zona, a arrojado un número de poco más de 3700 entre alumnos y alumnas que están cursando sus estudios en el presente ciclo lectivo.
Que la situación descripta y la deficiente prestación del servicio de colectivo está generando un perjuicio para la escolarización de los alumnos que rápidamente debe resolverse para evitar un daño irreparable como lo sería el abandono de los estudios.
Que por lo expuesto el bloque de concejales de Acción Marplatense eleva para la consideración de este Honorable Cuerpo Deliberativo el siguiente proyecto de
COMUNICACIÓN
Art.1°: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que intime a la Empresa de Transporte Peralta Ramos, al inmediato restablecimiento de las 6 frecuencias de colectivos de la línea 717 Escuela Agraria, según lo dispuesto por la ordenanza 21123, como también al cumplimiento de las frecuencias de las diferentes Líneas 717 que llegan hasta La Gloria de la Peregrina y Sierra de los Padres de acuerdo a lo establecido en la ordenanza citada.
Art.2°: Del mismo modo se solicita se dispongan los recursos humanos y técnicos que permitan controlar el cumplimiento de lo dispuesto por la ordenanza 21123 y la aplicación de las sanciones correspondientes según lo dispuesto por la ordenanza 16789 en caso de verificarse alguna de las infracciones tipificadas en el régimen de penalidades de esta última norma.
Art.3°: Asimismo el Honorable Concejo insta al Departamento Ejecutivo a que notifique fehacientemente a Directivos, Docentes, alumnado y comunidad educativa en general acerca de los canales de reclamos en caso de verificarse incumplimientos en los servicios de transporte público colectivo como son la línea telefónica 0800-6665102 y la posibilidad de dejar constancia escrita del reclamo en el libro de quejas que debe estar a disposición de los usuarios de colectivo en la sede de la Delegación de Sierra de los Padres según lo dispuesto por la ordenanza 22.779.
Art. 4°: Se requiere al Departamento Ejecutivo informe a este cuerpo deliberativo si ha elaborado relevamiento de necesidades de transporte público colectivo considerando el crecimiento de la matrícula escolar de la zona de Sierra de los Padres, Laguna de los Padres, El Coyunco y La Gloria de la Peregrina.
Art. 4°: De forma.
ORDENANZA Nº 21123/ 2012
Artículo 1º.- Modifícase el Diagrama de kilómetros, de frecuencias y servicios de las líneas 511 P, 511 CH, 511 Hipódromo, 512, 512B, 717 Sierra de los Padres, 717 Colinas Verdes, 717 San Carlos, 717 Escuela pertenecientes a la empresa concesionaria Peralta Ramos SACI, establecida en el Pliego de Bases y Condiciones para la Licitación del Transporte Público de Pasajeros por Ordenanza nº 16789 conforme lo dispuesto en el Anexo I que forma parte de la presente.
Artículo 2º.- Comuníquese etc.
ANEXO I
DIAGRAMA DE KILÓMETROS
| | | | | | | |
|LINEA |RAMAL | |LONGITUDES EN KM | |Nro. De Serv. |Km recorridos |
|511 |P | |34,54 | |27 |932,58 |
|511 |A | |50,2 | |43 |2.158,60 |
|511 |E | |52,57 | |9 |473,13 |
|511 |CH | |91,44 | |8 |731,52 |
|511 |Acantilados | |77,77 | |18 |1.399,86 |
|511 |E (hasta calle 83) | |46,14 | |14 |645,96 |
|512 B | | |31,06 | |79 |2.453,74 |
|511 |HIPODROMO | |5,6 | |34 |190,40 |
|717 |SIERRA | |56,64 | |25 |1.416,00 |
|717 |SAN CARLOS | |51,4 | |6 |308,40 |
|717 |COL.VERD. | |61 | |18 |1.098,00 |
|717 |ESCUELA | |6 | |9 |54,00 |
|717 |ESC RURAL | |6 | |6 |36,00 |
TOTAL Kdhn | | | | | |13.212,59 | |
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BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE
“1982 – 40° Aniversario – 2022”
Año Homenaje a Veteranos, Veteranas y Caídos. Ratificando nuestra soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y espacios marítimos e insulares.