Información de Expediente

2022 - E - 1184
Fecha de Entrada: 23/02/2022
Carátula: Proyecto de COMUNICACIÓN
Iniciador: CONCEJAL
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 29/02/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre varios items referidos a las iniciativas privadas presentadas en la Secretaría de Obras de la Municipalidad de Gral. Pueyrredon.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO 24/02/2022 29/02/2024 articulo 32 R.I.
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 29/02/2024 29/02/2024 articulo 32 R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Sra. Presidente


Honorable Concejo Deliberante


Cjal. MARINA SÁNCHEZ HERRERO


S / D


Mar del Plata, 23 de febrero de 2022.


VISTO:


La frecuencia con la que ingresan iniciativas privadas en la Secretaría de Obras de nuestro municipio y;


CONSIDERANDO:


Que las iniciativas público privadas son acuerdos entre al menos un actor del sector público y al menos un actor del sector privado para la prestación de un servicio público.


Que en estas contrataciones existen múltiples tipos de acuerdos, que prácticamente siempre se plasman en contratos a largo plazo, que las dos partes firman tras haberlos negociado, y donde se especifican los riesgos que asume cada parte, las condiciones en que se prestará el servicio, la financiación y los requerimientos de transparencia.


Que en el marco de las nuevas relaciones entre la sociedad y la Administración, se ha reconocido la posibilidad de externalizar este proceso de identificación de proyectos de inversión convenientes al interés público, reconociendo con esta figura a los integrantes de la comunidad, la facultad de identificar prioridades y proponer ideas suficientemente estudiadas de infraestructura o servicios públicos, que siendo de interés empresarial del proponente, también compartan la viabilidad pública, entendido, como proyectos socialmente rentables, sostenibles y concordantes con las políticas y lineamientos del Estado.


Que en el marco de las nuevas relaciones entre la sociedad civil y el Estado, el derecho comparado ha reconocido a la sociedad civil la facultad para a través de una iniciativa privada, solicitar la concesión de una obra determinada, o la explotación de un servicio público definido, siempre y cuando la obra o el servicio sean declarados de interés público por la autoridad de aplicación.


Que a partir de esta nueva facultad se permite recurrir a los particulares para identificar las prioridades y en general, captar ideas innovadoras relacionadas con la explotación de un proyecto de inversión (obra pública o de un servicio público), la que, como todo emprendimiento empresarial, basan su desarrollo en la relación costo-beneficio.


Que el estado municipal debe propender, entre sus múltiples funciones, al desarrollo de actividades de interés público, destacándose entre ellas, las dirigidas a promover mecanismos que alienten la actividad privada, motivando a los particulares para tal fin, a través de distintos instrumentos, ágiles e idóneos.


Que en dicho marco, es necesario motivar a la iniciativa privada por ser ésta un instrumento apto para el desarrollo de actividades de interés general.


Por todo lo expuesto, los concejales abajo firmantes elevan el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo se sirva informar por la vía que corresponda y a la brevedad:


1. Cuáles y cuántas son las iniciativas privadas que se encuentran presentadas en la Secretaría de Obras de la Municipalidad de General Puyrredon.


2. Quiénes son los iniciadores de las mismas.


3. Qué estado tienen las iniciativas ya presentadas.


4. Cuáles están en condiciones para conseguir el estado necesario para lograr la licitación.


5. Qué documentación le falta a las presentaciones que no se encuentran en estado para dar inicio al proceso licitatorio.


6. Todo otro dato de interés que contribuya al esclarecimiento de los interrogantes anteriores.


Artículo 2 °: Comuníquese.

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