Mar del Plata, Noviembre de 2021.
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Ariel Martínez Bordaisco
Su Despacho
VISTO
El aumento vehicular en la zona sur del partido de General Pueyrredon delimitado principalmente por las avenidas Mario Bravo, Antártida Argentina, la Ruta Provincial 11 y la calle 515, y
CONSIDERANDO
Que el crecimiento del parque automotor circulante por el sector señalado está dado fundamentalmente por los distintos desarrollos inmobiliarios comprendidos por los denominados barrios privados, actualmente varios en plena etapa constructiva.
Que también los barrios consolidados, habitados por familias tipo de marplatenses quienes transitan trayectos extensos para acceder a servicios educativos, de salud, sociales y laborales, son factores determinantes para el aumento del tráfico en el sector.
Que además se debe sumar, tanto en épocas de verano como fines de semana y vacaciones de invierno, un incremento de la circulación vehicular motorizada, teniendo en cuenta que un extenso sector está contemplado como turístico y recreativo.
Que las calles y avenidas enunciadas son las únicas que permiten una circulación posible y de conectividad con los distintos lugares céntricos comerciales, laborales y educativos congregando en horarios picos un caudal que sobrepasa los porcentuales de seguridad vial por lo que se incrementan los siniestros implicando a autos, motos, ciclistas y peatones.
Que la intensidad del tránsito antes mencionado es un obstáculo para la normal circulación del transporte público ocasionando retrasos y largas esperas de los usuarios lo que redunda en un deficiente servicio.
Que el sector delimitado por la calle 515, y las avenidas Mario Bravo, Jorge Newbery, Antártida Argentina y la Ruta Provincial 11 necesita arterias alternativas para desagotar el tráfico vehicular posibilitando no sólo mejor circulación por esas vías, sino desarrollando nuevos sectores de la ciudad que tienen potencial comercial, turístico, urbanístico pero precisa mejoras estructurales de los espacios públicos y el mejorado de sus calles son un primer paso.
Que existen en tramado urbano actual dos calles que atraviesan de manera recta el sector mencionado - 515 y 479 desde Jorge Newbery hasta Antártida Argentina – a las que con una adecuada mejoría por parte del Emvial con maquinarias y materiales propios se las podrá utilizar como opción válida de circulación completando su trazado actual de continuidad hasta la costa.
Que el mejorado anteriormente mencionado es sumamente prioritario para el transporte pesado que debe llegar a los barrios involucrados, beneficiando tanto a los vecinos como al sector productivo de carga de distintos productos y servicios, de la misma manera a las asistencias de servicios públicos, sanitarios y de emergencias.
Que al mantenimiento del trazado de las calles mencionadas puede agregarse el de la calle 461 que son por donde los camiones volquetes o de contenedores aprovechan la poca circulación de otros vehículos para deshacerse de la basura y material de todo tipo descartable, en vez de hacerlo en la planta de residuos, lo que produce un gran daño medio ambiental y sanitario.
Que ante los hechos de inseguridad en aumento, la extensión de las cuadrículas para realizar prevención de parte de la policía bonaerense y la diversidad de delitos que se producen producto de la débil llegada del Estado Municipal y Provincial a ese sector de la zona sur de Mar del Plata debería fortalecerse el sistema de cámaras de monitoreo, colocando en las distintas intersecciones un domo y reparando los ya existentes.
Por todo lo expuesto el Bloque de concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de
ORDENANZA
Artículo 1º: Encomiéndese al Emvial los trabajos de arreglo, mejorado y apertura, en caso de necesitarse, de las calles 515 y 479 en el tramo comprendido entre las avenidas Antártida Argentina y Jorge Newbery.
Artículo 2º: Encomiéndese al Emsur la limpieza de los basurales de la calle 461 en el tramo comprendido entre avenidas Jorge Newbery y Antártida Argentina.
Artículo 3º: El Emvial garantizará la circulación segura de vehículos procediendo a realizar las adecuadas intervenciones que perduren por plazos mínimos de 12 meses utilizando los mecanismos similares a los realizados en los caminos rurales.
Artículo 4º: Dese intervención al área de Ingeniería de Tránsito para que monitoree los flujos de circulación y proceda a señalizar las vías a fin de incentivar la utilización de las mismas.
Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo dispondrá la colocación de nuevas cámaras en los puntos de intersección que considere eficaces para el monitoreo de seguridad y a la reparación de las existentes.
Artículo 6º: De Forma.
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Mar del Plata
BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo