Información de Expediente

2021 - E - 2148
Fecha de Entrada: 29/11/2021
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. TACCONE HORACIO DANIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 11/07/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Utilizando el Fondo para la Promoción Turística en un 75% para la promoción de la ciudad, en un 20% para el financiamiento de eventos culturales, deportivos y congresos, en un 4% para embellecimiento y puesta en valor de los puntos turísticos y en un 1% para la capacitación y profesionalización del personal del Ente Municipal de Turismo (EMTUR).

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-19662 26/05/2022 25537 23/06/2022

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
006 TURISMO 15/12/2021 05/04/2022 Aprobado
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 05/04/2022 04/05/2022 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, noviembre de 2021



Señor  Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Ariel Martínez Bordaisco

Su Despacho


VISTO


                      La importancia y necesidad de generar políticas de atracción de turismo durante los 12 meses del año a partir de la utilización del Fondo para la Promoción Turística, y,


CONSIDERANDO


                     Que el Fondo para la Promoción Turística fue creado en la Ordenanza Fiscal del 2010 a partir de “un adicional del diez por ciento (10%) sobre el total que les corresponda por la misma, en concepto de Fondo para la Promoción Turística.


                     Que quienes conforman el Directorio junto a los funcionarios públicos responsables del Ente Municipal de Turismo son quienes  diseñan y deben dirigir las políticas de promoción de nuestro Partido de General Pueyrredon.


                     Que el Directorio fue conformado en la Ordenanza de creación del Ente y está integrado por los distintos sectores que tienen injerencia en el turismo.


                     Que la importancia de promover y atraer eventos tanto culturales, deportivos y congresos de distintas temáticas durante todo el año, resulta fundamental para el sector turístico.


                    Que recientemente el Honorable Concejo Deliberante aprobó una Ordenanza mediante la cual se ratifican las Ordenanzas Fiscales que crearon el Fondo de Promoción Turística.


                     Que ante las limitaciones presupuestarias la administración eficaz de los recursos se presenta como indispensable a la hora de elaborar políticas públicas de promoción sobre todo cuando los esfuerzos privados están ligados estrechamente a la aplicación de dichas acciones.


                      Que el Fondo de Promoción tal como su creación lo plantea debe impulsar acciones tendientes a la atracción de público consumidor promoviendo no sólo los atributos naturales de la ciudad, sino también diversidad de ofertas culturales, deportivas, recreativas, gastronómicas y todas aquellas oportunidades que inviten a nuevos visitantes.


                       Que el Estado Municipal debe además procurar la formación de su personal con capacitaciones y actualizaciones en las distintas modalidades de la industria turística a fin de explorar al máximo las variables que en ese sentido el territorio del partido de General Pueyrredon presenta.


El Bloque de concejales de Acción Marplatense proponen el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


Artículo 1º: El  Fondo para la Promoción Turística será utilizado por el EMTUR  en un 75 % para la promoción de la ciudad de Mar del Plata, en un 20 % para apoyar financieramente la postulación y la realización de eventos culturales, deportivos y congresos que originen afluencia de personas a nuestra ciudad, un 4 % para la señalización, embellecimiento o puesta en valor de aquellos puntos turísticos que puedan contribuir al arribo de turistas a nuestra ciudad y un 1% para la capacitación y profesionalización del personal del Ente.


Artículo 2º: La asignación de los recursos del  Fondo para la Promoción Turística será propuesta por el Presidente del Ente y deberá contar con la aprobación de la mayoría del Directorio, en los casos que el monto a destinar sea mayor a  $ 200.000 (doscientos mil pesos), los que serán actualizados anualmente según el Indice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina.

Los integrantes del Directorio que estarán autorizados a participar de la votación serán los Presidentes de cada entidad y en caso de su ausencia quienes acrediten representación formal de sus respectivas instituciones.


Artículo 3º: Comuníquese.


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Mar del Plata



BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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