Mar del Plata, 01 de junio de 2021
Al presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
S------------/------------D
VISTO:
La importancia de propender al cumplimiento total y efectivo de las medidas de cuidado dispuestas por el Gobierno Nacional y Provincial en el marco de la emergencia por el COVID-19 y contener el avance virus, y:
CONSIDERANDO:
Que la realidad epidemiológica a nivel país y provincia ha llevado a los respectivos gobiernos a establecer una serie de medidas de cuidado, restringiendo ciertas actividades de forma total o parcial. Las actividades comerciales, industriales, de servicios y productivas en general, han ido experimentando aperturas y restricciones de acuerdo con el presente epidemiológico. A su vez, las actividades sociales han tenido un devenir similar, siendo las reuniones sociales multitudinarias prohibidas en distintos Partidos de la provincia de Buenos Aires, entre los que se encuentra el nuestro.
Que, en este sentido, el DNU 334/21 estableció –en su artículo 1- la prórroga del Decreto N° 287/21 y el plazo establecido en su artículo 30, así como sus normas complementarias, hasta el día 11 de junio de 2021 inclusive, en los términos del presente decreto. En su artículo 3 estatuyó que se aplicarán más restricciones en los Departamentos, Partidos y Aglomerados que se encuentren en situación de “Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario” o de “Alarma Epidemiológica y Sanitaria”, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° del Decreto N° 287/21, se aplicarán, desde el 22 de mayo y hasta el 30 de mayo de 2021 inclusive y los días 5 y 6 de junio de 2021.
Que la realidad epidemiológica de la ciudad es sumamente preocupante: desde el 18 de mayo los casos diarios reportados no bajan de la cifra de 300, tocando el pico de 491 el 21 de mayo. Tales números nos imponen la necesidad de interrumpir toda actividad no esencial, a la vez que restringimos las interacciones puramente sociales, regulando estrictamente las actividades permitidas, so pena de agravar drásticamente una situación ya de por si delicada.
Que las fiestas clandestinas son foco principalísimo de contagio y propagación del virus. Las mismas se realizan en la clandestinidad, sin ningún tipo de protocolo, sin racionalización del espacio y con nula intervención del Estado en su administración, quedando solo la posibilidad de controlarlas y desbaratarlas para, finalmente, aplicar las sanciones de ley.
Que el municipio tiene todas las herramientas legales, administrativas y de policía necesarias para intervenir activamente en esta actividad ilegal, protegiendo la salud del vecino y vecina e, incluso, de los intervinientes.
Que, en este sentido, en el fin de semana largo puente del 25 de mayo pasado nos encontramos con una coyuntura clave para medir la posibilidad de control y retroceso de la curva ascendente de contagios, toda vez que las medidas sanitarias del gobierno nacional entraban en pleno efecto y requerían del máximo compromiso del ejecutivo local en lo referido al control y efectivo cumplimiento.
Que, a fin de poder analizar con detenimiento y precisión la acción municipal este respecto, es necesario poder contar con la información exacta de primera mano, motivo por el cual requerimos los puntos de informe exhibidos en la parte dispositiva del presente, para, eventualmente, tomar decisiones de políticas públicas posibles de forma informada.
Que es parte de las competencias del Legislativo Local ejercer el contralor de los actos del Ejecutivo, en aras no solo de la trasparencia o ejercicio republicano de contrapesos entre poderes, sino para poder encarar de la mejor manera posible la solución de las problemáticas sociales.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe, respecto de las actas de constatación labradas por el Estado Municipal en relación las Fiestas Clandestinas producidas en el ámbito del Partido, en el periodo comprendido entre el 22/05/2021 y el 30/05/2021, lo siguiente:
A. Número total.
B. Fecha y lugar de producción de cada una.
C. Modo en que llegó a conocimiento de la autoridad cada uno de los eventos que dieron origen a la constatación.
Artículo 2.- Asimismo, se solicita se remita toda documentación que sirva al esclarecimiento de los puntos de informe requeridos.
Artículo 3.- Comuníquese, etc.