Información de Expediente

2021 - E - 1022
Fecha de Entrada: 11/01/2021
Carátula: Proyectos de ORDENANZA y de RESOLUCIÓN
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. TACCONE HORACIO DANIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 14/06/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el Plan Integrado de Vacunación COVID 2021.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
19193 11/03/2021 25063 30/03/2021
Proyecto 2: Resolución
Dirigiéndose al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires y al Sr. Presidente de la Nación , manifestando voluntad política y la capacidad técnica del Partido de Gral. Pueyrredon de concretar el Plan Integrado de Vacunación Covid 2021.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
4660 11/03/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 12/01/2021 13/01/2021 aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 13/01/2021 01/02/2021 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



Mar del Plata, 11 de enero de 2021



Señor

Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Su Despacho


VISTO



                                           La importancia de poder facilitar el proceso de vacunación general en la población del Partido de General Pueyrredón de forma de lograr las mayores garantías posibles para el cuidado de la salud de los habitantes del distrito en el menor plazo de instrumentación posible, constituyendo ello hoy el principal desafío frente a la crisis que plantea el COVID-19 para este año 2021  y



CONSIDERANDO



                                           Que prontamente serán asignadas a la ciudad de Mar del Plata y Batán una importante cantidad de dosis de la vacuna Sputnik V, o la que eventualmente disponga el gobierno nacional y/o provincialpara inmunizar a la población local de los efectos del COVID.

                                           Que vacunar a 700.000 habitantes aprox., no es un proceso simple que se puede resolver de un día para otro.



                                           Que los principales países del mundo están teniendo un grave conflicto operativo en la instrumentación de estos procesos.



                                           Que la ciudad cuenta con un prestigioso esquema municipal dotado de 33 Centros de Atención Primaria de la Salud, un Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias de gran envergadura y un gran número de profesionales altamente capacitados en diferentes especialidades.



                                           Que desde la recepción de las primeras 300.000 dosis de vacunas a la Argentina en la cual se derivaron a Mar del Plata unas 900, las mismas aún no han podido ser aplicadas en su totalidad hecho que merece al menos un llamado de atención por las implicancias que el proceso de vacunación tiene para nuestra población.

                                           Que no escapa a la preocupación nuestra en particular y de la comunidad local en general cómo serán distribuidas y aplicadas las vacunas en Mar del Plata y Batán.

                                           Que hasta la fecha no se ha escuchado al Gobierno Municipal establecer un plan local de asistencia al sistema nacional y provincial de vacunación en proceso.

                                           Que si los tres niveles del Estado no trabajan mancomunadamente y de forma coordinada las posibilidades de lograr procesos eficientes y eficaces en cuanto a la instrumentación y aplicación a la población de las vacunas serán muy escasas.

                                           Que resulta necesario que el Estado Municipal propicie con toda su infraestructura y recursos humanos disponibles un Programa de asistencia coordinada con el fin de vacunar al 100% de la población local en el más corto plazo posible.

                                           Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda la vacunación contra la COVID-19 como una herramienta de prevención primaria fundamental para limitar los efectos sanitarios y económicos devenidos de la pandemia. Como consecuencia, disponer de vacunas eficaces y seguras a corto plazo, que puedan utilizarse en una estrategia nacional, contribuirá a reducir la incidencia de la enfermedad, las hospitalizaciones y las muertes relacionadas con la COVID-19 y ayudará a restablecer de manera gradual una nueva normalidad en el funcionamiento de nuestro país. El desarrollo de vacunas con estas características, su adquisición, distribución y administración supone un reto sin precedentes a nivel mundial. Su adecuada implementación constituye el desafío de vacunación más importante de las últimas décadas para nuestro país.

                                           Que el Ministerio de Salud de la Nación, como organismo rector del sistema de salud, ha diseñado el “Plan Estratégico para la vacunación contra la COVID-19 en Argentina”, teniendo en cuenta la información y recomendaciones de organismos internacionales disponibles hasta el momento. Este documento, que pretende brindar información dinámica, ágil y flexible, se irá actualizando a medida que avance el conocimiento de los resultados de los ensayos clínicos que se están llevando a cabo con las vacunas candidatas, y de las vacunas presentadas a ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica), así como también todos los avances en la información sobre la inmunidad adquirida por haber padecido la enfermedad o por producto de la vacunación. Asimismo, contar con mayor detalle sobre las características de conservación y otros aspectos a considerar para la planificación de los aspectos logísticos.

                                           Que se trata de una estrategia nacional que se rige por un marco ético que incluye el principio de equidad, con una base técnica sólida, y que será coordinada, participativa y multisectorial, con la firme convicción de que debe abogarse por la conciencia solidaria de la comunidad que favorezca la vacunación en forma voluntaria.

                                           Que debido a la disponibilidad gradual de dosis de vacunas es necesario establecer el orden de prioridad de los grupos de población a vacunar en cada una de las etapas establecidas. Para ello, se ha considerado un marco bioético fundado en los principios de igualdad y dignidad de derechos, equidad, beneficio social y reciprocidad. A fin de constituir la priorización de las poblaciones a vacunar en las distintas etapas se contemplan también criterios establecidos en función del riesgo de desarrollar la enfermedad grave y complicaciones por COVID-19, la probabilidad de una mayor exposición al virus, la necesidad de mitigar el impacto de la COVID-19 en la realización de actividades socioeconómicas y la posibilidad de incidir en la cadena de transmisión.

                                           Que la provisión inicial de las primeras vacunas contra la COVID-19 que sean autorizadas será en cantidad limitada, dado que la demanda responde a las necesidades a nivel mundial. La producción se irá incrementando de forma progresiva y esto permitirá contar paulatinamente con una mayor disponibilidad del insumo. Es por esto que Argentina, al igual que otros países del mundo, implementará una estrategia de vacunación escalonada y en etapas, en la que se irán incorporando distintos grupos de la población definidos como “población objetivo a vacunar” en forma simultánea y/o sucesiva, sujeta al suministro de vacunas y priorizando las condiciones definidas de riesgo.

                                           Que los criterios para la priorización de personas a vacunar serán:

RIESGO POR EXPOSICIÓN Y FUNCIÓN ESTRATÉGICA: - Personal de salud (escalonamiento en función de la Fuerzas armadas, de seguridad y personal de servicios penitenciarios. - Personal docente y no docente (inicial, primaria y secundaria). - Otras poblaciones estratégicas definidas por las jurisdicciones y la disponibilidad de dosis.

RIESGO DE ENFERMEDAD GRAVE: - Adultos de 70 años y más. - Personas mayores residentes en hogares de larga estancia. - Adultos de 60 a 69 años. - Adultos 18 a 59 años de grupos en riesgo.

Y teniendo en cuenta los criterios de VULNERABILIDAD: Barrios populares/Personas en situación de calle/Pueblos originarios/Personas privadas de libertad/ Migrantes/Docentes universitarios/Otros grupos.

                                          Que el propósito del plan de vacunación es disminuir la morbilidad-mortalidad y el impacto socio-económico ocasionados por la COVID-19.

                                          Que el Objetivo general será: Vacunar al 100% de la población objetivo en forma escalonada y progresiva, de acuerdo con la priorización de riesgo y la disponibilidad gradual y creciente del recurso.



                                          Que los Objetivos específicos son:

1. Establecer un orden de prioridad en la población objetivo a vacunar, teniendo en cuenta criterios científicos y éticos, en una situación de disponibilidad progresiva de dosis de vacunas; considerando la protección de los grupos con mayor riesgo, junto a grupos de población estratégicos necesarios para asegurar el desarrollo de actividades prioritarias.

2. Preparar los aspectos fundamentales relacionados con la logística, la distribución y la administración de las vacunas a medidas que estén disponibles.

3. Establecer ejes prioritarios esenciales para evaluar las metas de vacunación: tasas de cobertura, monitoreo continuo de seguridad y efectividad de las vacunas, en correlación con el impacto epidemiológico que produzca la vacunación sobre la COVID-19 y, de esta manera, permita la adaptación de la estrategia en pos de lograr el mayor beneficio poblacional.

4. Definir los aspectos relacionados a la estrategia de comunicación que estará dirigida al personal sanitario y a la comunidad, para brindar información oportuna, adecuada, validada y transparente a fin de fortalecer la confianza en la vacunación.



                                          Que los COMPONENTES DE LA IMPLEMENTACIÓN son: Conducción, coordinación y planificación

1. Conducción y coordinación A nivel nacional, el Ministerio de Salud de la Nación interactuará con otros ministerios, instituciones, organizaciones no gubernamentales, Asociaciones Civiles, Sociedades Científicas, seguridad social y subsector privado de salud y líderes de opinión. En el nivel jurisdiccional, los ministerios de salud provinciales serán los responsables de la conducción la implementación de la estrategia, para lo cual se propone la conformación de un Comité Operativo de Inmunizaciones, que cuente con la presencia de funcionarios con alto nivel de decisión que deberán asignar responsabilidades a nivel de las direcciones de inmunizaciones.

2. Planificación Cada provincia debe elaborar un plan de acción que incluya la planificación por componente, organización, ejecución y evaluación de la introducción de la vacuna contra SARS-CoV-2, según objetivos.

El plan operativo provincial será acompañado por todas las áreas del Ministerio de Salud de la Nación.



                                          Que el plan nacional establece que debe consolidar las acciones por municipios y debe considerar:

- Análisis e identificación de la población objetivo según condiciones de riesgo.

- Elaboración de estrategias individualizadas acordes a la población a vacunar para realizar un abordaje integral e intensivo.

- Programación, cronograma y distribución de vacunas e insumos relacionados.

- Requerimiento y disponibilidad de recursos humanos, físicos y financieros para la implementación de las tareas de vacunación, registro y supervisión.

- Tareas de supervisión provincial, departamental y municipal.



                                          Que para la implementación, desde el Gobierno Nacional han manifestado que se aportarán progresivamente 50 millones de vacunas e insumos necesarios para inmunizar a la población objetivo; transferencias a las provincias por 3.500 millones de pesos a través de los Programas Sumar, Redes de Salud y Proteger para la compra de equipamiento, logística, recurso humano y otros insumos; voluntarios a través del Programa ACTIVAR; y capacitaciones específicas para vacunadores y registradores.

                                          Que Argentina ya tiene comprometidas más de 50 millones de dosis de acuerdo a los contratos que el país firmó con AstraZeneca por 22.4 millones de dosis, con el Fondo de Inversión Rusa por 20 millones de dosis de la vacuna Sputnik V del Instituto Gamaleya y a través del del Mecanismo COVAX de OMS por 9 millones de dosis, además de continuar negociando para adquirir vacunas de otros laboratorios como Pfizer, Sinovac y Sinopharm.




                                          Que la vacuna será provista por el Estado Nacional para todos los que integren la población objetivo definida, independientemente de la cobertura sanitaria que tengan.


                                          Que la vacunación será en etapas, gratuita, voluntaria e independiente del antecedente de haber padecido la enfermedad. Prioritariamente se vacunará al personal de salud, de manera escalonada, en función de la estratificación de riesgo de la actividad.


                                          Que de acuerdo a la planificación acordada con los Gobernadores y los ministros de Salud provinciales, la vacunación continuará en los grandes aglomerados urbanos donde la evidencia indica que se presenta una mayor proporción de casos confirmados, con transmisión comunitaria sostenida y las mayores tasas brutas de mortalidad.




El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente



ORDENANZA


ARTÍCULO 1°:   Créase el Plan Integrado de Vacunación COVID 2021.


ARTÍCULO 2°:  Encomiéndase al DE del Partido de General Pueyrredon gestionar el impulso y coordinación del Plan Integrado de Vacunación ante las diferentes jurisdicciones de los gobiernos nacional y provincial, a efectos de asegurar el mejor empleo de los recursos y dispositivos existentes con el objetivo de alcanzar la vacunación total de nuestra comunidad en el menor tiempo posible.


Artículo 3º:  La Secretaria de Salud, los 33 centros distribuidos en el territorio del Partido y el CEMA formularán la puesta a disposición de los recursos y dispositivos en base a la experiencia en la prestación de servicios de salud anuales, y considerando la capacidad de vacunación anual del Partido de General Pueyrredon.  


ARTÍCULO 4°:   Créase la Unidad de Coordinación con las autoridades del INE, HIGA, Materno Infantil , Zona Sanitaria VIII y Secretaría de Salud del Municipio con el objetivo de desarrollar el Plan creado en el artículo 1°.


ARTÍCULO 5°:   Autorízase al D.E. a suscribir convenios específicos de asistencia técnica con la Universidad Nacional de Mar del Plata y las universidades privadas con sede en la ciudad, Colegios Profesionales y Organizaciones No Gubernamentales con el objetivo de afianzar las necesidades del Plan creado en el artículo 1°.


ARTÍCULO 6°:  De forma    



El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente  



RESOLUCIÓN


ARTÍCULO 1°:  El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Gral. Pueyrredon se dirige al Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires y al Señor Presidente de la Nación manifestando la voluntad política y la capacidad técnica del partido de General Pueyrredon de concretar el Plan Integrado de Vacunación Covid 2021.


ARTICULO 2: De forma.



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Mar del Plata



BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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