Información de Expediente

2020 - E - 2075
Fecha de Entrada: 17/11/2020
Carátula: Proyecto de RESOLUCIÓN
Iniciador: VAMOS JUNTOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 31/03/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Manifestando repudio a las agresiones militares de Azerbaiyán contra el territorio armenio de Artzaj (Nagorno Karabaj), por su bombardeo a la población civil.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 20/11/2020 01/03/2021
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 01/03/2021 25/02/2022 Art. 32° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata 17 de noviembre de 2020.


AL SR. PRESIDENTE DEL

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

ARIEL MARTÍNEZ BORDAISCO

S    /     D



V I S T O





La guerra planteada en Nagorno-Karabaj que involucra a varios actores de la región y;



C O N S I D E R A N D O


Que desde el 27 de septiembre pasado se viene desarrollando en el Cáucaso Sur una situación de guerra desatada por la República de Azerbaiyán contra la República de Artsaj (Nagorno-Karabaj), en cuyo territorio la población autóctona ha declarado la independencia el 2 de septiembre de 1991.


Que pocos días antes de la iniciación de las hostilidades, en la 75º Asamblea General de las Naciones Unidas, los presidentes de Azerbaiyán y Turquía anticiparon sus intenciones de solucionar el antiguo conflicto de Nagorno Karabaj por vía de las armas.


Que durante varias semanas, la población civil pacífica y todas las estructuras de la República de Artsaj también conocido como Nagorno Karabaj (hospitales, escuelas, hogares, centros de protección civil) han sido bombardeadas y destruidas en ataques con misiles por las fuerzas armadas del Azerbaiyán con la ayuda clara y proclamada de los soldados del ejército turco y en colaboración de terroristas islámicos traídos especialmente al territorio desde Siria a través de Turquía.


Que desde finales de la era soviética, Armenia y Azerbaiyán han luchado por el territorio de Artsaj (Nagorno Karabaj), una región separatista de Azerbaiyán de origen mayoritariamente armenio.


Que tras el colapso de la Unión Soviética, los armenios étnicos del territorio declararon su independencia de Azerbaiyán, pero este último sigue considerando la zona como parte de su territorio soberano.



Que la República de Artsaj (Nagorno Karabaj) ha estado reclamando su anexión a Armenia durante más de un siglo.


Que a fines de 1980 la presión era tal que las repúblicas que conformaban la federación rusa intentaron tomar su destino en sus propias manos llegando a un levantamiento en la región autónoma de Nagorno Karabaj. Los habitantes de esta zona decidieron ejercer el derecho a la libre autodeterminación de los pueblos.


Que desde la guerra a comienzos de los 90´, los organismos europeos y las Naciones Unidas fueron diagramando un programa de negociaciones con protagonismo preponderante de la Organización de Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE) y de la misma ONU, firmándose en 1994 una tregua tripartita entre Nagorno Karabaj, Armenia y Azerbaiyán.


Que Rusia tuvo una participación muy activa en el proceso de paz. Desde hace 25 años las negociaciones han sido conducidas por el Grupo de Minsk de la OSCE, que es co-presidido por Rusia, Estados Unidos y Francia (en representación de la Unión Europea).


Que el derecho a la autodeterminación está reconocido por el derecho internacional; es un derecho fundamental y una norma imperativa del mismo, tal como aparece en documentos básicos de la comunidad internacional como por ejemplo la Carta de las Naciones Unidas.


Que el titular del derecho subjetivo a la autodeterminación es un pueblo, pero también lo es la persona humana toda vez que cualquier individuo tiene el derecho a que se reconozca al pueblo que él integra. Es el derecho de determinar libremente su condición política, económica, social y cultural.


Que el 14 de diciembre de 1960 la Resolución 1514 de la Asamblea General, también conocida como la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales estableció que “todos los pueblos tienen el derecho a la libre determinación”, lo que los habilita, entre otras cosas, a determinar libremente su condición política.


Que la población de  la República de Artsaj (Nagorno Karabaj), ha declarado la independencia el 2 de septiembre de 1991 como respuesta a su historia, cultura y tradiciones.


Que el  territorio de Artsaj se compone de una  población de origen armenio atento a que esa región siempre formó parte de Armenia de manera geográfica e histórica y su nombre es de origen armenio.


Que se trata de una población autóctona que vive allí. Generaciones que provienen de la formación del pueblo armenio como tal, en el segundo milenio antes de Cristo.


Que la República de Artsaj (Nagorno Karabakh) es un símbolo para todo el pueblo armenio, disperso por el mundo debido al Primer Genocidio del siglo XX perpetrado por la Turquía Otomana.


Que en sus montañas, la antigua civilización armenia se ha transmitido a lo largo de los siglos. El renacimiento cultural y los movimientos de autonomía e integración nacional han cobrado vida en diversos momentos históricos y hoy requieren del acompañamiento internacional para poder avanzar en su independencia.


Por los motivos expuestos, los concejales abajo firmantes proponen para su tratamiento y posterior sanción el siguiente proyecto de:


R E S O L U C I Ó N


Artículo 1°:  El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon manifiesta su repudio a las agresiones militares de Azerbaiyán contra el territorio armenio  de Artzaj (Nagorno Karabaj), bombardeando a la población civil.

Artículo 2°: Envíese copia al Poder Ejecutivo Nacional, a las embajadas de Armenia y de Azerbaiyán, como así también a la Cancillería Argentina.

Artículo 3°: Comuníquese.



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BLOQUE VAMOS JUNTOS






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