Mar del Plata, 13 de noviembre de 2020
Al presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
S------------/------------D
VISTO:
La necesidad de los vecinos del Barrio Punta Mogotes de contar con un real acceso al derecho a la movilidad, en condiciones de accesibilidad universal, y:
CONSIDERANDO:
Que las rampas para personas con movilidad reducida son elementos imprescindibles para gestionar la movilidad urbana en condiciones de acceso igualitario y universal, de tal manera que deben estar en excelente estado de uso y funcionamiento y colocadas en todos los puntos estratégicos necesarios, especialmente en las inmediaciones de sitios de regular acceso por parte de las personas con la condición mentada.
Que la ordenanza N° 13.007 (reglamento general de construcciones) y sus modificatorias establece (las cursivas nos pertenecen): “6.3.1.1.- En la totalidad de las vías públicas de la ciudad de Mar del Plata y de las demás áreas urbanas del Partido será obligatoria la construcción de rampas de esquina destinadas a facilitar el acceso a la acera de peatones en general y de aquellos con movilidad y/o capacidad reducida."
Que la movilidad urbana es un fenómeno complejo, ya que implica la posibilidad de desplazamiento por diversos medios dentro del entorno citadino, pero a su vez es un derecho del ciudadano (constitucionalmente resguardado) de manera tal que debemos asegurar que sea ejercido en condiciones de igualdad y accesibilidad universal, so pena de crear ciudadanos relegados a través del impedimento de su libre tránsito por el territorio.
Que ahora bien, la complejidad del tema se agudiza cuando vemos que en el entramado de cualquier ciudad de las características de la nuestra (intermedia) se combinan una creciente cantidad de medios de transporte en diferentes modalidades, multiplicando los elementos involucrados en el tránsito y reduciendo las posibilidades de circulación por el espacio.
Que, en este sentido, los riesgos y obstáculos inherentes a la movilidad en los entornos urbanos, ya sea esta por medios motorizados o no motorizados, afectan a todos los ciudadanos que se dediquen a circular por la ciudad, tanto a las personas discapacitadas o no.
Que, ahora bien, las discapacidades motoras implican un factor añadido a las complejidades propias del transporte por la ciudad, ya que muchas veces el entramado urbano del partido no está en condiciones de accesibilidad necesarias para permitir el fluido movimiento.
Que, en este sentido, vecinos del Barrio Punto Mogotes nos han solicitado la posibilidad de contar con rampas en las esquinas de la Avenida de Los Trabajadores y Serrano y la Avenida de Los Trabajadores y Benito Lynch, en tanto permitirían el adecuado acceso a la parada de colectivos presente en la avenida, habilitando a la autonomía de las personas con movilidad reducida.
Que dichas paradas son estratégicas para el barrio y, hoy por hoy, las esquinas no cuentan con rampas, por lo que las personas con movilidad reducida deben contar con la asistencia de un tercero para acceder a las mismas. Esto se agrava aún más cuando consideramos que la zona se caracteriza por un intenso tránsito automotor.
Que, para tomar solo un ejemplo de lo concreto de la problemática, podemos tomar el caso de Franco Pirraglia, niño de 3 años de edad con parálisis cerebral y epilepsia refractaria, cuyos padres nos han hecho llegar la imperiosa necesidad de la construcción de rampas en las esquinas referenciadas. La familia se domicilia en la zona y necesita trasladarse al centro de la ciudad para los cuidados y tratamientos de Franco, por lo que viven los obstáculos que presenta el tejido urbano de primera mano. Adjuntamos al proyecto nota formal que nos hicieron llegar los padres del menor.
Que, ese elemento no es una solución absoluta a los problemas de movilidad de las personas con discapacidad motora, ya que el desorden general del tránsito y las infracciones -que son de común ocurrencia y acaecen en la experiencia vital de todos- hacen que siempre haya un factor elevado de riesgo para todos aquellos que circulamos día a día en las calles y veredas de nuestra ciudad, ahora bien, es un recurso más de que podemos contar para tratar de brindar una mejor movilidad.
Que, a su vez, más allá de su valor material y de que cumplan la función de mantener ciertos estándares de movilidad más aceptables, estas rampas también han cumplido la función de reivindicación simbólica de las personas con discapacidad transmitiendo un mensaje desde el Estado Municipal de que se están pensando alternativas para facilitar el ejercicio pleno de sus derechos.
Que nos encontramos entonces con que el Estado Municipal debe adaptar los espacios públicos, estableciendo infraestructuras que aumenten la calidad de vida del mismo, sino que también debe preservar su patrimonio simbólico haciendo un esfuerzo sostenido por multiplicar aquellas reivindicaciones que se hayan obtenido a través de la lucha social y el compromiso de cada colectivo.
Que, de más está decir, que el Estado Municipal debe garantizar los derechos de sus habitantes, y eso también significa el acceso a los espacios públicos y a la movilidad urbana.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo que realice de forma inmediata, a través de los organismos competentes, todas las acciones conducentes a la construcción de rampas de esquina adecuadas para permitir el acceso de personas con movilidad reducida en las siguientes intersecciones del Barrio Punta Mogotes de la ciudad:
A. Esquina de Avenida de Los Trabajadores y Serrano.
B. Esquina de Avenida de Los Trabajadores y Benito Lynch.
Articulo 2.- Asimismo, indique si tiene un plan respecto de la construcción de rampas de esquina en el territorio del Partido, remitiéndolo a este Honorable Cuerpo en caso de ser así.
Articulo 3.- Comuníquese.-
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