Información de Expediente

2020 - E - 2054
Fecha de Entrada: 12/11/2020
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. TACCONE HORACIO DANIEL
Tema:
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 11/06/2021
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1444 0 2018 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Ordenanza
Instituyendo en el ámbito del partido de Gral. Pueyrredon el Presupuesto Participativo.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
19182 11/03/2021 25061 23/03/2021
Proyecto 2: Comunicación

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
5729 11/03/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 16/11/2020 01/02/2021 aprobado
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 22/12/2020 22/12/2020 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 10 de noviembre de 2020



Señor Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Ariel  Martínez Bordaisco

Su Despacho


VISTO


                                           La necesidad de reinstalar el Presupuesto Participativo en el ámbito del Municipio del Partido de General Pueyrredon, y


CONSIDERANDO


                                           Que el Presupuesto Participativo es un mecanismo de participación que incorpora el debate, el acuerdo y el voto ciudadano como herramientas que permiten destinar una parte del Presupuesto Municipal a la realización de propuestas y proyectos que las personas consideren necesarios para su barrio.



                                           Que constituyen los objetivos centrales:

    • Promover la participación directa de vecinas y vecinos en la distribución de los recursos públicos. 

    • Consolidar y fortalecer la relación Estado-Sociedad Civil mediante mecanismos participativos. 

    • Transparentar el destino de los fondos públicos y las acciones del Estado local. 

    • Incubar en la ciudadanía una apropiación territorial en base al defender el rol del vecino y la vecina como voz autorizada para diagnosticar y valorar las prioridades barriales. 



                                           Que desde su primera edición en 2008, mediante su implementación en el primer año de la gestión del Intendente Pulti, más de 630 proyectos fueron votados por vecinos y vecinas de Mar del Plata y Batán para su realización en el marco del Presupuesto Participativo.





                                           Que el art. 53° de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto en el año 2012 (Expte. 2213-D-11) estableció con carácter de Programa Presupuestario Permanente, en el ámbito de la Administración Central, el Presupuesto Participativo del Municipio del Partido de General Pueyrredon.





Que de ellos, 141 fueron aprobados en 2008, 221 en 2010 y 276 en 2012.





                                           Que los montos destinados a cada una de las ediciones también fueron elevándose. De los 5 millones reservados en 2008 se pasó a 6 millones en 2010 y a 15 millones en 2012. El monto volvió a elevarse en 2014, año en que se destinaban 20 millones de pesos.














                                           Que a través de su voto, marplatenses y batanenses priorizaron las siguientes obras y servicios:





    • 60 plazas,


    • 40 kilómetros de calles


    • 2.000 luminarias


    • 28 playones deportivos y pista de skate


    • 22 mobiliario urbano


    • 35 apoyos edilicios a sociedades de fomento


    • 30 apoyos edilicios a instituciones como escuelas y clubes





                                           Que para materializar todos estos proyectos se sancionaron 136 decretos otorgando los subsidios que cada iniciativa requería para su instrumentación y ejecución.





                                           Que ello fue así en el marco del Decreto Municipal registrado bajo el n° 768 a través del cual el art. 1° dispuso: Incorporase como inciso 25 del artículo 2° del Decreto 38|1/08, el texto que a continuación se detalla: “25 – Dictar Resoluciones que autoricen la adjudicación de obras públicas, adquisiciones, subsidios y otras contrataciones en el marco del Presupuesto Participativo…”


                                           Que, a partir de 2016, durante el primer año de la gestión del Intendente Arroyo la oficina de Presupuesto Participativo cerró y sus empleados fueron trasladados a otras a dependencias.



                                           Que “Siempre creímos en hacer más democrática la democracia. La democracia participativa es muy limitada y este era un evento interesante donde el pueblo elegía diferentes proyectos para sus propios barrios”, expresó en un medio local Mario Puche, ex director del área de Presupuesto Participativo, periodo 2012-2014.



                                           Que en total, las cuatro ediciones dejaron un saldo de 840 proyectos electos, los cuales en su mayoría tenían características sociales fundamentalmente vinculadas a la juventud.



                                           Que en sus inicios, fue presentado como un mecanismo democrático que promovía “la participación, la igualdad de oportunidades, la corresponsabilidad y la transparencia” de una gestión de gobierno. Su funcionamiento se construía sobre una serie de instancias deliberativas en donde funcionarios e instituciones debatían sobre la utilización de un porcentaje del presupuesto público local.



                                           Que el municipio se dividía en 16 distritos donde, a través de reuniones preliminares, se organizaba el proceso de convocatoria de proyectos, la rendición de cuentas y su evaluación. Luego se procedía a la conformación de asambleas para relevar necesidades, recibir propuestas, elegir delegados vecinales y organizar mesas de formulación, las cuales estaban integradas por delegados vecinales, funcionarios y técnicos municipales que transformaban las listas de necesidades y los problemas en proyectos elegibles.



                                           Que, el próximo paso era el más esperado por los postulantes: la presentación y las elecciones. El listado de proyectos resultantes de las instancias anteriores se presentaban a todos los vecinos de la comuna y se los sometía a elección.





                                           Que Mar del Plata tenía una particularidad que la diferenciaba del resto de las ciudades del país y del mundo que cuentan con este instrumento: Cuando había que distribuir el pago, nos reuníamos con los 16 grupos y decidíamos junto con los vecinos a quiénes se les iba a pagar primero, en función de los niveles de emergencia y quiénes realizarían las obras, ya que podían elegir cooperativas de trabajo. Era una participación directa.



                                           Que, hoy con un nuevo gobierno deben renovarse también las expectativas de reinstalar esta herramienta de transformación social como resulta ser el Presupuesto Participativo



Por todo lo expuesto el Bloque de concejales de Acción Marplatense proponen el siguiente proyecto de.


ORDENANZA


ARTÍCULO 1°: Institúyase en el ámbito del Partido de General Pueyrredon el Presupuesto Participativo


ARTÍCULO 2°: Establézcanse las siguientes etapas a abordar para el presente año y comienzos del 2021:


Primera etapa: De diciembre a marzo


    • Reuniones de vecinos en todos los barrios.

    • Elección de Consejeros.

Se realiza la primera asamblea en el marco de los Consejos Barriales, convocando a vecinos y organizaciones de la zona, entre las que se encuentran asociaciones vecinales, clubes, centros comerciales, escuelas, Consejos y Comisiones que abordan las temáticas de juventud, discapacidad, cultos, sustentabilidad, entre otras.


Las discusiones y propuestas tienen el objetivo de determinar las temáticas, problemáticas e inquietudes que vecinas y vecinos visualizan como acciones e intervenciones necesarias para sus áreas barriales y como distrito en su integralidad.


De abril a julio


    • Formación de los Consejos de Participación Ciudadana.

    • Elaboración de proyectos en los Consejos Participativos.

De las inquietudes y propuestas de los vecinos relevadas en las asambleas barriales, los Consejeros electos junto a los directores de los secretarios técnicos elaboran los proyectos, donde se contempla el desarrollo urbano integral de determinados sectores acompañado de acciones sociales, para generar un entorno barrial más seguro y mejorar la calidad de vida de los vecinos.


En el proceso de elaboración de los proyectos pueden darse instancias de reencuentro con los Consejeros y Consejeras a fin de poner en común diferentes miradas acerca de algunos temas.


Por cada área barrial se confeccionan al menos 1 proyecto general y 3 proyectos barriales.







Segunda etapa


Agosto


    • Presentación y votación de los proyectos.

Días previos a la semana de votación se difunden los proyectos elaborados y se publican los lugares y horarios donde habrá una mesa para recibir a los vecinos que deseen participar. La votación es presencial en lugares designados en cada distrito y online, a través del sitio www.mardelplata.gob.ar/presupuestoparticipativo.


Los vecinos votan en dos cuerpos: uno para elegir un proyecto que impacte en la integralidad de la zona y otro para un área barrial determinada.


Luego, todos los resultados quedan publicados en el sitio oficial municipal.




ARTÍCULO 3°:   El Presupuesto a asignar será determinado en el Presupuesto General que remitirá a consideración del H. Concejo Deliberante el Departamento Ejecutivo para el ejercicio fiscal 2021 considerando una partida presupuestaria para ello no inferior al 1%




ARTÍCULO 4°: Designase un Director General de Gestión del Presupuesto Participativo e invitase al personal municipal a cumplir funciones en una dependencia a tal fin y a sus efectos para lo cual el D.E. abrirá un registro de voluntarios interesados en forma parte de dicha área que dependerá de la Secretaría de Economía y Hacienda.




ARTÍCULO 5°: El Departamento Ejecutivo reglamentará los aspectos específicos que se correspondan con la reinstalación de esta herramienta de participación social.




ARTÍCULO 6°: De forma.







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Mar del Plata


Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



   BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE




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