Mar del Plata, 20 de julio de 2020
Al presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
S------------/------------D
VISTO:
Los reclamos de vecinos de la zona sur de la ciudad, acerca del destino de la ambulancia del CAPS Chapadmalal, y:
CONSIDERANDO:
Que los recursos destinados al sistema de salud son elementos muy importantes para la vida de una ciudad, máxime cuando hablamos de una de las dimensiones de Mar del Plata- Batán, tan importantes son como lo es el conocimiento de estos recursos, para poder aplicarlos de forma inteligente y hacer las contribuciones que hagan falta a su eficiente utilización.
Que esta necesidad se refuerza en tiempos como los que nos tocan vivir, en donde los servicios de salud deben ser doblemente cuidadosos en la asignación de recursos, en la forma en que son controladas estas asignaciones, en el conocimiento detallado del estado de cada elemento, entre otras cuestiones relevantes.
Que el ámbito municipal, el primer nivel de atención sanitaria constituye una de las obligaciones primarias de las autoridades locales, constituyendo la base de la seguridad sanitaria de nuestra población y conformando en el actual contexto pandémico, una herramienta fundamental de prevención y asistencia a la comunidad (DECRETO-LEY 6769/58 -Ley Orgánica de las Municipalidades en su ARTICULO 27°inc. 9 y 28 (Texto según Dec.- Ley 9117/78) inciso 1).
Que el CAPS destinado a la atención de los vecinos y vecinas de la zona Sur es el que se encuentra dentro de la Unidad Turística de Chapadmalal, entre los hoteles 4 y 5 y detrás de la capilla del complejo Turístico.
Que, entonces, es importante no solo la existencia física del CAPS, sino también que este cuente con los recursos sanitarios necesarios para poder operar con la capacidad deseada, que asegure el correcto servicio de salud para todos los vecinos comprendidos en su radio de acción.
Que, en el sentido reseñado, las ambulancias son elementos claves, que permiten la atención inmediata de las emergencias y la profundización del acercamiento territorial, que es el corazón del CAPS como modo de acercar la salud al vecino.
Que debemos tener presente que dicha ambulancia cubre la demanda, para traslados de emergencia, de siete barrios (San Eduardo del Mar, El Marquesado, San Eduardo de Chapadmalal, Santa Isabel, Playa Chapadmalal, Los Lobos y La Arboleda), zonas barriales que pasarán a depender de la unidad móvil que está en el CAPS de Playa Serena, con la consecuente ampliación de la demanda para tal unidad, lo que seguramente traerá consigo falta de cobertura.
Que poder tener la serie de datos solicitada permite planificar con eficiencia y es esto lo que directamente implica una posibilidad de mejora en el servicio de salud para proteger al vecino y su calidad de vida.
Que el Honorable Concejo Deliberante tiene total posibilidad de control y contralor de las acciones llevadas a cabo por el DE, la asignación de recursos y la integralidad del patrimonio municipal, competencias dadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1.-El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe si ha desafectado la ambulancia asignada al CAPS Chapadmalal del servicio al referido centro de salud y, en caso de responder afirmativamente, informe lo siguiente:
Motivos por los cuales se procedió a tal desafectación.
Funciones a la que fue afectado el referido vehículo.
Si esta previsto proveer al referido CAPS de un vehículo de similares características.
Artículo 2.- Comuníquese, etc.