Información de Expediente

2020 - E - 1630
Fecha de Entrada: 20/07/2020
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 29/12/2020
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1931 0 2020 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E. informe diversos ítems sobre la desafectación de la ambulancia asignada al CAPS Chapadmalal del servicio al referido Centro de Salud.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5614 21/08/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 22/07/2020 29/07/2020 aprobado
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 23/10/2020 16/12/2020 archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 20 de julio de 2020


Al presidente del


H. Concejo Deliberante


Sr. Ariel Martínez Bordaisco


S------------/------------D







VISTO:



Los reclamos de vecinos de la zona sur de la ciudad, acerca del destino de la ambulancia del CAPS Chapadmalal, y:



CONSIDERANDO:



Que los recursos destinados al sistema de salud son elementos muy importantes para la vida de una ciudad, máxime cuando hablamos de una de las dimensiones de Mar del Plata- Batán, tan importantes son como lo es el conocimiento de estos recursos, para poder aplicarlos de forma inteligente y hacer las contribuciones que hagan falta a su eficiente utilización.



Que esta necesidad se refuerza en tiempos como los que nos tocan vivir, en donde los servicios de salud deben ser doblemente cuidadosos en la asignación de recursos, en la forma en que son controladas estas asignaciones, en el conocimiento detallado del estado de cada elemento, entre otras cuestiones relevantes.



Que el ámbito municipal, el primer nivel de atención sanitaria constituye una de las obligaciones primarias de las autoridades locales, constituyendo la base de la seguridad sanitaria de nuestra población y conformando en el actual contexto pandémico, una herramienta fundamental de prevención y asistencia a la comunidad (DECRETO-LEY 6769/58 -Ley Orgánica de las Municipalidades en su ARTICULO 27°inc. 9 y 28 (Texto según Dec.- Ley 9117/78) inciso 1).



Que el CAPS destinado a la atención de los vecinos y vecinas de la zona Sur es el que se encuentra dentro de la Unidad Turística de Chapadmalal, entre los hoteles 4 y 5 y detrás de la capilla del complejo Turístico.



Que, entonces, es importante no solo la existencia física del CAPS, sino también que este cuente con los recursos sanitarios necesarios para poder operar con la capacidad deseada, que asegure el correcto servicio de salud para todos los vecinos comprendidos en su radio de acción.



Que, en el sentido reseñado, las ambulancias son elementos claves, que permiten la atención inmediata de las emergencias y la profundización del acercamiento territorial, que es el corazón del CAPS como modo de acercar la salud al vecino.



Que debemos tener presente que dicha ambulancia cubre la demanda, para traslados de emergencia, de  siete barrios (San Eduardo del Mar, El Marquesado, San Eduardo de Chapadmalal, Santa Isabel, Playa Chapadmalal, Los Lobos y La Arboleda), zonas barriales que pasarán a depender de la unidad móvil que está en el CAPS de Playa Serena, con la consecuente ampliación de la demanda para tal unidad, lo que seguramente traerá consigo falta de cobertura.



Que poder tener la serie de datos solicitada permite planificar con eficiencia y es esto lo que directamente implica una posibilidad de mejora en el servicio de salud para  proteger al vecino y su calidad de vida.



Que el Honorable Concejo Deliberante tiene total posibilidad de control y contralor de las acciones llevadas a cabo por el DE, la asignación de recursos y la integralidad del patrimonio municipal, competencias dadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades.



Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:



























COMUNICACIÓN



Artículo 1.-El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe si ha desafectado la ambulancia asignada al CAPS Chapadmalal del servicio al referido centro de salud y, en caso de responder afirmativamente, informe lo siguiente:



Motivos por los cuales se procedió a tal desafectación.



Funciones a la que fue afectado el referido vehículo.



Si esta previsto proveer al referido CAPS de un vehículo de similares características.



Artículo 2.- Comuníquese, etc.


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