Mar del Plata, 28 de febrero de 2020
Al Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
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VISTO
La ordenanza Nº 17.902 y su decreto reglamentario Nº 927/06 establecen la metodología mediante la cual particulares, entidades o empresas deben presentar ante el ejecutivo el pedido de uso del espacio público; y
CONSIDERANDO
Que dichas autorizaciones son evaluadas técnicamente por las áreas competentes del Departamento Ejecutivo, y concedidas mediante ordenanza por Honorable Concejo Deliberante cuando los lapsos superan las 24 HS. o implican instalación de estructuras;
Que el Departamento Ejecutivo tiene la facultad de permitir la ocupación de la vía pública o la realización de actividades promocionales, con la obligación de remitir informes cada seis meses detallando las autorizaciones otorgadas;
Que la utilización privativa de espacios públicos y/o el uso específico de la vía pública para actividades promocionales, implican el pago de derechos municipales por parte que quienes hacen provecho directo de dicho uso;
Que las firmas permisionarias, instituciones, asociaciones deben abonar gravámenes municipales en concepto de publicidad y ocupación de espacios públicos que devengan de las acciones autorizadas por el Departamento Ejecutivo y el Honorable Concejo Deliberante;
Que muchas veces, las actividades involucran corte de tránsito, y las firmas permisionarias, instituciones, asociaciones deben abonar los servicios especiales de la Dirección General de Tránsito;
Que los gravámenes municipales se rigen de acuerdo a lo establecido por las Ordenanzas Fiscal e Impositivas vigentes al momento de otorgar el permiso de uso de espacio público y actividades de espacio público;
Que la aplicación de dichas ordenanzas representa parte de los recursos de la Municipalidad de General Pueyrredon;
Que los expedientes tratados en el Honorable Concejo Deliberante con respecto a proyectos de Ordenanza para autorizar usos de espacios públicos promocionales, no siempre contienen informes de la Agencia de Recaudación Municipal, del Departamento de Publicidad y dela Dirección general de Tránsito manifestando expresamente cuánto deben abonar los permisionarios en concepto de tasas y derechos;
Que las autorizaciones suelen formalizarse una vez iniciada la actividad en la vía pública y en el espacio de las Unidades Turísticas Fiscales;
Que se han otorgado numerosos permisos a instituciones, fundaciones, organismos estatales y empresas privadas para la ocupación del espacio público y realización de actividades promocionales entre el 1º noviembre de 2019 y el 28 de febrero de 2020;
Que se han otorgado numerosas autorizaciones a las empresas concesionarias de Unidades Turísticas Fiscales para la realización de actividades promocionales, publicitarias y recreativas con apoyo publicitario, dentro del espacio de la Unidad a su cargo entre el 1º noviembre y el 28 de febrero de 2020;
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos propone para su tratamiento y posterior sanción el presente:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo cuantifique las autorizaciones de uso de espacio público y realización de actividades promocionales tramitadas a través del mismo, que se han otorgado entre el 1º de noviembre de 2019 y el 28 de febrero de 2020, y detalle la recaudación en concepto de gravámenes municipales.
Artículo 2º.- Asimismo, informe detalladamente cuáles han sido las autorizaciones otorgadas por el Ente Municipal de Turismo a las empresas concesionarias de las Unidades Turísticas Fiscales para realizar actividades con apoyo publicitario o efectuar publicidad, y cuánto se recaudó en concepto de gravámenes municipales, entre el 1º de noviembre de 2019 y el 28 de febrero de 2020.
Artículo 3º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon requiere al Departamento Ejecutivo incorpore en los expedientes mediante los cuales se solicite al Departamento Legislativo autorización de uso y ocupación de espacios públicos, informes de la Secretaría de Economía y Hacienda explicitando el cálculo estipulado en concepto de tasas y derechos para ser abonado por los permisionarios, con referencia técnica que avale tal determinación.
Artículo 4º.- De forma.-
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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo