Mar del Plata, 17 de febrero de 2020
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Dr. Ariel Gerardo Martínez Bordaisco
S / D
Visto:
Las 11 de medidas de prisión domiciliaria concedidas a personas condenadas por delitos de lesa humanidad y ejecutadas en el territorio del Partido, y:
Considerando:
Que las múltiples y sucesivas medidas de prisión domiciliaria que benefician a autores de delitos de lesa humanidad, cometidos en la etapa previa y durante la última dictadura cívico-eclesiástico-militar, y cuyo efectivo cumplimiento se realiza en territorio de nuestro partido, es una realidad sumamente preocupante y repudiable ante la cual no debemos permanecer inactivos como ciudadanos y cuerpo político de la democracia.
Que el termino dictadura cívico militar es acuñado para significar de forma expresa y palmaria que el fenómeno dictatorial iniciado en 1976 no es solo producto de la rama militar del Estado Nacional, sino que ha recibió colaboración directa o indirecta de actores sociales varios. -
Que la marca más patente de lo brutal, ignominioso y barbárico de la dictadura la representan los 30.000 desaparecidos, un número que no solo representa la evocación hechos terribles, sino que es un símbolo de las reivindicaciones por la memoria la verdad y la justicia. Dicha cifra ha sido alcanzada por la larga lucha por determinar lo realmente acaecido en el proceso dictatorial, ya que el propio gobierno militar destruyo archivos, negó información y aun hoy sus partícipes y colaboradores son reticentes a brindar cualquier tipo de información, por lo que el numero de los 30.000 es más que una cifra, es una reivindicación histórica ante los intentos de desdibujar la verdad e instaurar un olvido ignominioso sobre los procesos socio-políticos históricos.-
Que los hechos acaecidos durante la última dictadura cívico-eclesial-militar han sido de una gravedad tal que requieren de un constante compromiso con la memoria verdad y justicia, y los procesos de repudio enérgicos que se han iniciado y continúan desde hace ya mucho tiempo.
Que en ese orden de ideas la sociedad toda, desde sus más diversos ámbitos, ya ha logrado establecer una concordia casi sin precedentes en la Nación acerca de la necesidad de justicia efectiva, memoria constante y consecución de la verdad, para acabar con la impunidad y evitar nuevas formas de irrupción del terrorismo de Estado el autoritarismo y la interrupción del Orden Constitucional y democrático.-.
Que este mismo consenso transversal se ha logrado con el repudio a los genocidas y colaboracionistas que han sido beneficiados con prisiones domiciliarias a ejecutarse en el ámbito del Partido, generando un rechazo y repudio expresado a viva voz en diversas manifestaciones que son ejemplares en cuanto a un sano activismo en defensa de la democracia y la memoria verdad y justicia.
Que en este orden de ideas se dieron dos casos paradigmáticos en la ciudad sobre el rechazo a estas medidas de prisiones domiciliarias uno respecto a Miguel Etchecolatz la otra con relación a Gustavo Demarchi.
Que en el caso de Etchecolatz los jueces que integran el TOF 6 -José Sobrino, Julio Panelo y Fernando Canero- determinaron que el arresto domiciliario se llevara a cabo en Mar del Plata, "en el inmueble ubicado en la calle Nuevo Boulevard del Bosque, entre Guaraníes y Tobas, en el Bosque Peralta Ramos" y que luego del rechazo de los vecinos del barrio y del repudio masivo del conjunto de la población de la ciudad fue devuelto a la cárcel, único lugar para un genocida.
Que Etchecolatz cumple seis condenas a reclusión perpetua por delitos de lesa humanidad y genocidio cometidos durante la última dictadura militar y es el principal sospechoso de la desaparición de Jorge Julio López en 2006.
Que en el caso de Demarchi recibió la pena de prisión perpetua en sintonía con lo solicitado por la fiscalía, en el marco del primer juicio en el país, realizado en Mar del Plata contra civiles por delitos de lesa humanidad previos a la última dictadura cívico militar, todos ellos integrantes del grupo parapolicial denominado Concentración Nacional Universitaria (CNU).
Que los condenados en el caso mentado en el párrafo anterior conformaron una asociación ilícita comandada por Demarchi –designado como fiscal en octubre de 1974- para perseguir y eliminar a opositores políticos vinculados a la tendencia revolucionaria del peronismo. El juicio se centró en la serie de asesinatos, que terminó con la vida de cinco militantes y ex militantes políticos de distintas fuerzas, que fue el inicio de una seguidilla de muertes que incluyó a otras tres personas entre marzo de 1975 y febrero de 1976.
Que ambos casos fueron disparador de un repudio a las prisiones domiciliarias, estableciendo la clara consigna de que “la única casa de los Genocidas es la Cárcel”, logrando que se retrotrajera la medida que favoreció a Etchecolatz en un accionar que será recordado como uno de los hitos en la lucha por los DDHH de parte de un pueblo activo que consiguió un triunfo para la democracia.
Que actualmente hay once autores de delitos de lesa humanidad o delitos conexos en modo de colaboracionismo cumpliendo condena con prisión domiciliara en el ámbito del partido: BUSTOS, Luis Ángel (Condenado causa “Fratassi” 2019), DAVID MASSACCESI, Pierino (Condenado Julio 2017 San Rafael Mendoza), FERRA, Ana María (Condenada por Apropiación), GODOY, Rodolfo Enrique (Condenado a 20 años Causa Sheraton), GUIÑAZU, Rafael Alberto (Condenado Causas Base Naval), TREVISAN, Bruno (Condenado a 3 años de prisión), VAZQUEZ, Policarpo Luis ( Condenado por apropiación y por Base Naval), ZUÑIGA, Martin Eduardo (Condenado prisión perpetua 2016), GARACHICO, Julio Cesar (Condenado prisión perpetua 2014) y Gustavo Demarchi (pena de prisión perpetua).
Que tanto los organismos de Derechos Humanos como nosotros acompañamos el hecho de que se otorguen medidas de prisión domiciliaria a quienes cumplen sentencia condenatoria –en tanto derecho de la persona condenada- y se encuentren en situación terminal -o con una patología que no pueda ser atendida por el sistema carcelario dada su complejidad- pero este no es el caso de los domiciliados en nuestra ciudad bajo esa modalidad, dado que tienen patologías que no impiden que estén en prisión o que sean atendidos en las cárceles, donde deberían estar.
Por lo expuesto, el bloque de concejales del Frente de Todos eleva a consideración del Honorable Cuerpo el presente proyecto de:
RESOLUCIÓN
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon manifiesta su enérgico rechazo a las 11 medidas de prisión domiciliaria concedidas a autores condenados por delitos de lesa humanidad, ejecutadas en el ámbito del Partido, haciendo mención enfática respecto de la concedida a Gustavo Demarchi.
Artículo 2°: De forma.
COMUNICACIÓN
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon vería con agrado que el Departamento Ejecutivo manifieste institucional y públicamente su rechazo a las 11 medidas de prisión domiciliaria concedidas a autores condenados por delitos de lesa humanidad, ejecutadas en el ámbito del Partido, haciendo mención enfática respecto de la concedida a Gustavo Demarchi.
Artículo 2°: De forma.
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Mar del Plata
FRENTE DE TODOS
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo