Mar del Plata, 07 de Febrero de 2020
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Gerardo Martínez Bordaisco
S / D
VISTO
La vigencia de la ordenanza 19.130 y la consiguiente necesidad de su cumplimiento efectivo en aras de la inclusión de las diversidades y,
CONSIDERANDO
Que la inclusión total de las personas cualquiera sea su identidad de género y orientación sexual no solo un objetivo noble desde lo ético, sino una manda que ha tomado raigambre constitucional desde la inclusión al texto de la Constitución Nacional de los tratados internacionales incorporados a través del Art. 75 Inc. 22 mediante la reforma constitucional de 1994, y que consecuentemente, adquieren jerarquía constitucional, prohibiendo toda discriminación en general y en razón del género y la orientación sexual en particular.
Que los movimientos feministas y de liberación gay, luego expansivo a otras identidades, diversidades y orientaciones sexuales, tiene una muy larga data y ha sido impulsor de grandes cambios en la sociedad, de los que muchos movimientos de liberación y expansión de derechos son herederos. El movimiento busca la igualdad de derechos, oportunidades y situaciones para las orientaciones diversas de la heterosexualidad.
Que todos los movimientos de liberación debieron atravesar momentos de conflicto, repudio y violencia, los movimientos feminista y gay no fue la excepción sufriendo todas las acciones posibles para su supresión y/o deslegitimación.
Qué movimiento tiene como principales objetivos:
A. La abolición de la legislación que penaliza la homosexualidad
B. Lograr la concientización acerca de los derechos que se les deben otorgar a las personas LGTB, para conseguir la equiparación de derechos con los heterosexuales.
C. Promover una posición objetiva acerca de estas personas, erradicando de la sociedad prejuicios, actitudes negativas y rechazos.
Que esta lucha poco a poco fue generando instrumentos estatales de toda índole, en particular textos legales que fueron reconociendo derechos preexistentes.
Que mediante por una decisión política en el año 2010 se aprobó en el Congreso de la Nación la nueva Ley de Matrimonio Civil N° 26.618 (Ley de Matrimonio Igualitario) que otorgaría igualdad jurídica respecto de matrimonios celebrados por personas del mismo sexo.
Que la Ley de Identidad de Género, que lleva el número 26.743 reconoce la identidad de género y el libre desarrollo e igual trato de las personas conforme a la misma. En este sentido prevé la rectificación gratuita de los DNI, además ordena que todos los tratamientos médicos de adecuación a la expresión de género sean incluidos en el Programa Médico Obligatorio, lo que garantiza una cobertura de las prácticas en todo el sistema de salud, tanto público como privado. Sancionada el 9 de mayo de 2012 es la única ley de identidad de género del mundo que, conforme las tendencias en la materia, no patologiza la condición trans.
Que la ordenanza 19.130 es un paso en este sentido, es otro de los instrumentos legales que consagran un camino arduo hacia la igualdad y equidad, previendo que Mar del Palta se consagre como una ciudad inclusiva y que, a partir de este norte, pueda posicionarse a nivel nacional e internacional como referencia en este sentido.
Que parte del rol del DE en la forma republicana de gobierno es la efectiva aplicación de las leyes sancionadas por los representantes del pueblo en la rama legislativa, como es parte del rol del legislativo el contralor del Ejecutivo, para asegurar el imperio efectivo de la ley.
Que somos conscientes que no es una solución definitiva a la problemática de las diversidades e identidades sexuales disidentes, pero creemos que es no solo un paso de necesario cumplimiento, sino la reivindicación simbólica de que la inclusión de las orientaciones disidentes son prioridad gubernamental, ya sea en lo grande o en lo pequeño.-
Que creemos siempre que el camino a recorrer por parte del Estado es el de la ampliación de derechos y el mejoramiento progresivo y constante del nivel de vida de los vecinos y el acceso de estos a los bienes y espacios que produce y propicia la sociedad.-
Por lo expuesto, el bloque de concejales del Frente de Todos eleva a consideración del Honorable Cuerpo el presente proyecto de:
COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo informe, respecto del estado de ejecución de la ordenanza Nº 19.130, sobre la declaración de Mar del Plata como "Ciudad Amigable" con la diversidad sexual, lo siguiente:
A. Acciones de difusión realizadas en cumplimiento de la referida en el lapso comprendido entre el 01/01/2019 y el día de producción del informe requerido, indicando naturaleza de la acción, fecha de inicio, fecha de finalización y medio de difusión.
B. Circuitos Impulsados por el EMTUR en complimiento del Artículo 2.
C. Que convenios, contratos u otros actos jurídicos ha concordado con entidades privadas, comerciales y de servicios, a fin de cumplir con la presente.
D. Que acciones conjuntas llevó a cabo con organismos Nacionales y Provinciales desde el 01/01/2019 al 01/01/2020 a fin de cumplir con la presente.
ARTÍCULO 2º: Asimismo se solicita al DE remita el o los logos que hubieran confeccionado en cumplimiento del Artículo 4 de la Ordenanza de referencia e informe que dependencias y establecimientos privados lo utilizan o han solicitado su utilización.
ARTÍCULO 3º: Por último se solicita se establezcan campañas permanentes de información para dar a conocer las previsiones de la ordenanza de referencia.-
ARTÍCULO 4º: De forma.-
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Mar del Plata
FRENTE DE TODOS
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo