Información de Expediente

2019 - E - 2388
Fecha de Entrada: 18/12/2019
Carátula: 1. Ordenanza.- 2. Comunicación.-
Iniciador: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Autor: CJAL. GONZÁLEZ ANGÉLICA
Tema: VARIOS
Categoría: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 22/10/2020
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1174 0 2020 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Ordenanza
Eximiendo por el período fiscal 2020 el pago de tasas y/o tributos y servicios del municipio y OSSE, a los damnificados del incendio ocurrido el día 15 de diciembre del cte. en la firma Torres y Liva.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-18910 25/06/2020 24792 24/07/2020
Proyecto 2: Comunicación
Solicitando al Gob. de la Pcia. de Bs. As. exima del pago del impuesto inmobiliaro, por el período fiscal 2020, a los damnificados del siniestro ocurrido el día 15 de diciembre del cte.-
Proyecto 3: Decreto Ad Referendum

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
DP-94 12/02/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 12/02/2020 12/02/2020
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 12/02/2020 12/02/2020
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 20/02/2020 08/05/2020 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 08/05/2020 08/06/2020 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                                                             Mar del Plata,    de diciembre de 2019.



Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante del

Partido de General Pueyrredón

Dr. Ariel Martinez Bordaisco

S------------------------/--------------------D



Por vuestro intermedio se eleva para su consideración al Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón el siguiente PROYECTO DE ORDENANZA y de COMUNICACIÓN, que a continuación se fundamenta:


                                                            VISTO


       El voraz incendio ocurrido en las últimas horas en la distribuidora Torres y Liva ubicada en Rivadavia al 3600 de esta ciudad que provocó daños materiales de enormes proporciones y por el cual se evacuaron más de 70 familias y;



                                                  CONSIDERANDO




      Que el incendio acaecido el pasado domingo 15 de diciembre en horas de la noche fue uno de los siniestros más grandes que haya sufrido esta ciudad.

      Que el fuego iniciado en la distribuidora Torres y Liva alcanzó grandes magnitudes, avanzando sobre edificios linderos ubicados en la manzana ubicada entre las calles Rivadavia, 20 de septiembre, 14 de julio y San Martín.

      Que a raíz del evento detallado más de 70 familias fueron evacuadas, las cuales han perdido todas sus pertenencias, resultando sus viviendas destruidas y no sabiendo a ciencia cierta si van a poder regresar a sus hogares.

      Que gracias al gran trabajo realizado por los Bomberos, Defensa Civil y Same se evitó un desastre de mayores proporciones y no hubo que lamentar victimas fatales.

      Que por todo lo expuesto consideramos que, tanto el estado municipal como estado provincial, no pueden estar ajenos a la situación de emergencia que viven las familias afectadas por el siniestro que nos ocupa.

Por todo ello, se propone la sanción de la siguiente:


                                                        ORDENANZA

Artículo 1º .- Exímase del pago de Tasa de Servicios Urbanos (TSU) por el período fiscal 2020, a las personas damnificadas por el incendio ocurrido el pasado 15 y 16 de diciembre de 2019 en la manzana ubicada entre las calles Rivadavia, 20 de Septiembre, 14 de julio y San Martín de esta ciudad

Artículo 2º: Comuníquese.

Artículo 3º: De forma.

COMUNICACIÓN


Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Municipio de General Pueyrredón solicita al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires exima de impuesto inmobiliario por el período fiscal 2020, a las personas damnificadas por el incendio ocurrido el pasado 15 y 16 de diciembre de 2019 en la manzana ubicada entre las calles Rivadavia, 20 de Septiembre, 14 de julio y San Martín de esta ciudad

Artículo 2º: Comuníquese.

Artículo 3º: De forma.














 

  

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