Información de Expediente

2017 - E - 1661
Fecha de Entrada: 13/06/2017
Carátula: Proyecto de Resolución.-
Iniciador: CREAR MAR DEL PLATA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 13/09/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Solicitando al PEN y la AFIP, la reglamentación e implementación de los arts. 7 y 8 de la Ley Nacional Nº 26.928, por la cual se crea el sistema de protección integral para personas trasplantadas.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 15/06/2017 16/11/2017 Art. 52º del R.I
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 16/11/2017 16/11/2017 Art. 52º del R.I
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 21/11/2017 26/04/2018 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 26/04/2018 26/04/2018 Art. 52° del R.I.
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 04/05/2018 15/11/2018 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 15/11/2018 15/11/2018 Art. 52° del R.I.
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 26/11/2018 11/04/2019 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 11/04/2019 11/04/2019 Art. 52° del R.I.
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 16/04/2019 05/09/2019 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 05/09/2019 05/09/2019 Art. 52° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


   Mar del Plata,       de junio de 2.017.-

   Sr. Presidente

   Honorable Concejo Deliberante

   Cjal. Guillermo Sáenz Saralegui

   S___________/___________D



   VISTO

   La Ley 26.928 y el Decreto 2.266/2015,

   CONSIDERANDO

      Que la Ley 26928 crea  el Sistema de Protección Integral para Personas Transplantadas

      Que dicho régimen alcanza a todas las personas que hayan recibido un transplante inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Transplante o que se encuentren en lista de espera para transplantes del Sistema Nacional de Procuración y Transplante de la Republica Argentina.-

      Que dicha ley en su artículo 8 reza que: “toda persona comprendida en el artículo 1º de la presente ley que deba realizarse controles en forma periódica, gozará del derecho de licencias especiales que le permitan realizarse los estudios, rehabilitaciones y tratamientos inherentes a la recuperación y mantenimiento de su estado de salud, que fueran necesarios sin que ello fuera causal de pérdidas de presentismo o despido de su fuente de trabajo”.-

      Que el articulo 9 establece que: “El empleador tiene derecho al cómputo de una deducción especial en el Impuesto a las Ganancias equivalente al setenta por ciento (70%), en cada período fiscal, sobre las retribuciones que abone a trabajadores comprendidos en el artículo 1° de la presente ley.”

      Que el Decreto 2.266/2015 aprueba la reglamentación de la Ley 26.928.-

      Que el Decreto reglamentario cuenta con un anexo cuyos artículo 7 y 8 se encuentran sin reglamentar.-

      Que la ausencia de reglamentación de los indicados artículos impide que las personas alcanzadas por el sistema de protección puedan hacer efectivos los derechos amparados en la normativa.-

      Que asimismo la Administración Federal de Ingresos Públicos carece de aplicativos que permitan a los empleadores acceder a la deducción especial en el Impuesto a las Ganancias equivalente al setenta por ciento.-





      Que es importante que este honorable cuerpo se expida solicitando la correspondiente reglamentación en materia de licencias  y  la pronta regulación de los aplicativos correspondientes para la deducción especial del Impuesto a las Ganancias.-

Por los motivos expuestos los concejales abajo firmantes presentan para su tratamiento y posterior sanción el siguiente proyecto de:


RESOLUCIÓN


Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Poder Ejecutivo Nacional y la Administración Federal de Ingresos Públicos la pronta reglamentación e implementación de los artículos 7 y 8 de la Ley Nacional 26.928.-


Articulo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional y  la Administración Federal de Ingresos Públicos.-


Articulo 3º.- De forma.-








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Mar del Plata

CREAR


Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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