Información de Expediente

2016 - E - 2221
Fecha de Entrada: 14/12/2016
Carátula: Proyecto de COMUNICAIÓN
Iniciador: FRENTE RENOVADOR
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 21/11/2017
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1716 0 2017 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E. estudie la posibilidad de implementar la cobertura de prevención con personal de la Policía Local en distintos lugares costeros de la ciudad.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-4982 27/04/2017

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 19/12/2016 17/04/2017 aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 03/07/2017 16/11/2017 Art. 52° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, de diciembre de 2016


SR. PRESIDENTE DEL

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

CJAL. GUILLERMO SÁENZ SARALEGUI

S                               /                         D




      V I S T O:



      La inseguridad padecida por quienes practican la pesca deportiva en nuestra ciudad durante todo el año y,



      C O N S I D E R A N D O:



      Que es sin duda el deporte más practicado, en una infinidad de modalidades y frecuencias. Tanto por vecinos como turistas.



      Que esta sana actividad pone en contacto a los pescadores, con la naturaleza y el mar, se practica en todas las franjas etáreas, se pesca en familia, con amigos y sirve además como vinculo de conexión y sociabilización con otros adeptos a este deporte.



      Que se tienen registros de que dos de cada tres autos que vienen a vacacionar a la ciudad traen cañas de pesca.



      Que a su vez, se practica en todas las clases sociales, pudiendo tener un rango de gasto muy amplio desde un puñado de carnada, hasta un sofisticado equipo con carnada de iluminación química.



      Que genera un movimiento económico importante en la ciudad, demostrado por la innumerable cantidad de comercios dedicados a la venta de artículos de pesca deportiva, casas de venta de carnada y embarcaciones para pesca embarcada. Con facturación sumamente importante, durante todo el año y un sustancial incremento en temporada alta y fines de semana largos.



      Que la práctica de este deporte, se ha visto perjudicada por una de las principales preocupaciones de nuestra sociedad, la inseguridad. En particular en primavera y verano, donde el clima y las especies ictícolas presentes en nuestra costa, alientan la pesca nocturna. Además del hábito común a muchos turistas, que disfrutan de la playa durante el día y terminan su jornada con unas horas de pesca nocturna.



      Que consideramos que es una obligación de la ciudad, generar el marco de seguridad y control que permita la tranquilidad de los miles de pescadores deportivos que desarrollan su actividad y deben llevarse la mejor imagen de la ciudad, como también de los vecinos que después de su jornada de trabajo desean y merecen un sano esparcimiento.



      Que por estas razones, se advierten algunas áreas de la ciudad donde hay mayor concentración de pescadores deportivos y las cuales deberían ser promocionadas como zonas de pesca deportiva segura, para que familias, jubilados, adolescentes y pescadores en general puedan sentirse cuidados y terminando con los frecuentes robos a quienes desarrollan la actividad.



      Que esta actividad se da en dos jurisdicciones una correspondientes a Prefectura Naval Argentina y la otra a Policía Provincia de Buenos Aires y Policía Comunal.



      Por las razones expuestas, los Concejales abajo firmantes proponen para su tratamiento y posterior sanción, el presente Proyecto de:



C O M U N I C A C I Ó N


Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante solicita al D.E estudie la posibilidad de arbitrar los medios necesarios para cubrir las siguientes áreas a modo de prevención con su policía local:

      1. ESCOLLERA SUR Puerto Mar del Plata, un puesto fijo en el morro de la escollera, con patrullaje de ambos lados desde 38*02’19,90’’ S  57*31’04,86 O hasta 38*02’21,90’ S  57*31’11,21’’ O. Correspondiente a Prefectura Naval Argentina.

      2. ESCOLLERA  NORTE Puerto Mar del Plata, un puesto fijo en 38*02’13,87’ S  57*31’21,46’ O y patrullaje desde el punto referido hasta 38*01’55,72’’ S 57*31’50,20’’ O. Correspondiente a Prefectura Naval Argentina.

      3. Área Cabo Corrientes Torreón del Monje patrullaje desde 38*01’04,25’’ S  57*31’29,25’’  O hasta 38* 00’29,75’’ S 57*31’58,89’’ O, por la costanera. Zona Policial.

      4. Área Club de Pesca Mar del Plata Monumento a Alfonsina Storni, un puesto fijo en 38*00’01,78’’ S  57*32’27,88’’ O, con patrullaje desde ese punto a 37*59’41,38’’ S 57*32’34,57’’ O, por la costanera, zona Policial.



Artículo 2°: En base a los relevamientos realizados estos operativos deberían realizarse de 8.00 PM a 2.00 AM, todos los días de semana durante la temporada estival.



Artículo 3º: Comuníquese, etc.

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Mar del Plata



BLOQUE FRENTE RENOVADOR



Municipalidad del Partido de General Pueyrredón

Departamento Deliberativo



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