Mar del Plata, 29 de Noviembre de 2016.-
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredon
Cjal. Guillermo Sáenz Sarallegui
Visto
La Ordenanza Nº 10476, de espacios en la vía pública sobre la calzada para ser utilizados con carácter exclusivo para el estacionamiento de motos, ciclomotores y bicicletas; y
Considerando
Que la misma, sancionada en 1996, autoriza destinar espacios en la vía pública sobre la calzada, para ser utilizados exclusivamente para el estacionamiento de motos, ciclomotores y bicicletas.
Que las características e identificación de los referidos estacionamientos constan en el Anexo I de la referida ordenanza, la que también establece que su ubicación será determinada por el Departamento Ejecutivo, previo dictamen técnico que acredite la necesidad y conveniencia de su instalación.
Que el artículo 3º establece, con carácter experimental, ubicar dos dársenas en: Calle Belgrano y Diagonal Pueyrredón y Peatonal San Martín y calle Córdoba.
Que el artículo 4º permite, a pedido de los interesados, atender solicitudes en otras ubicaciones, las que serían evaluadas por la autoridad de aplicación y en caso afirmativo el recurrente aportará los materiales y mano de obra necesarios para materializar el equipamiento y su mantenimiento, según lo prescripto en el Anexo II con o sin publicidad, por el término de un año renovable a criterio del D.E.
Que de acuerdo al artículo 6º las dársenas no autorizadas harán pasible de sanciones a quienes la hayan instalado, con las multas en ella previstas.
Que se ha detectado una proliferación de estos elementos en diversos sitios de la ciudad las que, en algún caso respetan la normativa y en otros no parecieran ajustarse a ella, además de no verificarse la utilidad pública de muchos, ya que en escasos momentos son utilizados, privando a la ciudad de espacios aptos para estacionar; no conociéndose a ciencia cierta cuales están autorizados y cuales no.
Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical eleva a su consideración el siguiente
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º).- Solicítase al Departamento Ejecutivo la realización de un relevamiento de todos los espacios ocupados en vía pública destinados a estacionamiento de motos, ciclomotores y bicicletas, con el objeto de determinar si cuentan con la correspondiente autorización y mantenimiento adecuado en el marco de la Ordenanza Nº 10476, además de determinar su necesidad y conveniencia en el sitio emplazado.
Artículo 2º).- Solicítase al Departamento Ejecutivo remitir al HCD el resultado del relevamiento indicado en el artículo 1º y las acciones llevadas a cabo para intimar y/o sancionar a quienes han instalado esos objetos sin la debida autorización o en caso de ser reglamentarios, si su mantenimiento es deficiente.
Artículo 3°).- Solicítase al Departamento Ejecutivo, luego de la revisión, la aplicación del artículo 5º de la Ordenanza 10476, a saber: “Los espacios asignados podrán ser anulados o modificados por la Municipalidad en cualquier momento, por razones de ordenamiento de tránsito o cualquier otro motivo que así lo justifique.”
Artículo 4º).- De forma.
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Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo