Información de Expediente

2016 - E - 1235
Fecha de Entrada: 23/03/2016
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: FRENTE RENOVADOR
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: REMITIDO A ARCHIVO POR ART. 52º
Desde: 14/09/2017
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 2195 0 2016 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E., informe sobre varios ítems relacionados con la Resolución 84/16, del Ente Municipal de Turísmo (EMTUR), por la cual se adjudica a la Firma "Grupo Adym S.A." el servicio de limpieza de las oficinas de dicho ente.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-4868 27/10/2016

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 31/03/2016 11/08/2016 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 11/08/2016 11/08/2016 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 17/08/2016 11/10/2016 Archivo
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 11/10/2016 18/10/2016 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 13/12/2016 27/04/2017 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 27/04/2017 27/04/2017 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 03/05/2017 14/09/2017 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 14/09/2017 14/09/2017 Art. 52° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto




         Mar del Plata,  22 de Marzo de 2016


Sr. Presidente

Honorable Concejo Deliberante

Guillermo Sáenz Saralegui

S                      /                        D


                                 V I S T O:


                 La Resolución del Ente Municipal de Turismo (EMTUR), 084/16 por la cual se adjudica a la firma “Grupo Adym S.A” el servicio de limpieza de las oficinas del ente.-

                                 CONSIDERANDO:


      Que la prestación del servicio fue adjudicado a una empresa en el marco de distintas impugnaciones, estando al día de la fecha una de las presentaciones sin ser resuelta.-



      Que  al momento de la licitación conjuntamente al Grupo Adym S.A. se presentaron dos empresas las cuales realizaron distintas impugnaciones al existir irregularidades manifiestas en relación a la empresa adjudicataria.-



      Que conforme las actuaciones el grupo realizo extemporáneamente la presentación de la copia de su Estatuto y Acta de designación de autoridades.-



      Que en los artículos del estatuto correspondientes al Objeto Social no se menciona  el Servicio de Limpieza como una actividad que realice la Sociedad.-



      Que conforme la letra del Estatuto la principal actividad es la prestación de servicios de consultoría en informática y la comercialización de productos tecnológicos y como actividad secundaria servicios de asesoramiento, dirección y gestión empresarial realizados por integrantes de los órganos de administración y/o fiscalización en sociedades anónimas, entre otros.-



      Que el dictamen firmado por el entonces Secretario de Turismo, Emiliano Giri establece que la firma recibirá la suma de pesos seiscientos noventa y tres mil seiscientos dieciséis pesos con noventa y seis centavos ($693.616,96) por los servicios que preste entre el 11 de marzo del corriente año y el 31 de enero de 2017.-



      Que el Grupo Adym S.A se ha presentado en otras licitaciones pero jamás ofreciendo servicios de limpieza sino servicios relacionados a la “recopilación de datos y asesoramiento de demanda”, en concordancia con su Estatuto.-



      Que en el Acta de Evaluación de Ofertas se da respuesta a cada una de las impugnaciones y se rechaza dejando entrever que a pesar de lo que exige el Pliego de Bases y Condiciones si se logra recabar la información por un medio alternativo no hay impedimento alguno para adjudicar.-



       Por las razones expuestas, los Concejales abajo firmantes proponen para su tratamiento y posterior sanción, el presente Proyecto de:


C O M U N I C A C I Ó N


    Artículo 1º: El Honorable  Concejo  Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que en los términos de las Ordenanzas Nº 9.364, 19.461 y 20.879 informe a través de sus organismos competentes en forma completa y precisa en relación a los siguientes puntos:

   1. Informe si la empresa ha presentado la documentación que avala la ampliación del Objeto social en el cual se incorpora la prestación de Servicio de Limpieza.-

   2. Informe si conforme el pliego de bases y condiciones la presentación de documentación tardía es causal de rechazo in limine, de ser así informe los motivos que llevaron al Ente entender que aun así podía ser adjudicada la firma “Grupo Adym S.A”.-

   3. Informe si la empresa ya se encuentra prestando servicio y en qué condiciones se viene desarrollando el mismo.-

   4. Informe la partida presupuestaria  a la que fue imputado el gasto.-



   Artículo 2º: De forma.-



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Mar del Plata



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