Mar del Plata, 3 de junio de 2015
AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE:
VISTO:
El proyecto estructural Arco Norte iniciado, diseñado y proyectado durante
la gestión del Intendente Municipal Elio Aprile para que luego sea
analizado por el Plan Estratégico 2006, y
CONSIDERANDO:
Que en su Plan Mar del Plata 2000, el Intendente Municipal Elio Aprile
impulsó la construcción de una gran avenida de circunvalación desde el Km
395 de la Autovía 2, pasando por la ruta 226 y rematando con la 88.
Que del informe elaborado por el Plan Estratégico 2006 respaldándose en el
proyecto de Mar del Plata 2000 se desprenden los ejes principales de la
obra del Camino de Circunvalación.
Que el proyecto estructural Arco Norte pone en relación las tres
infraestructuras de accesibilidad al territorio del Partido de General
Pueyrredon, las Rutas Provincial N`88, Nacional Nº 226 y Nacional Nº 2 a
través de una nueva avenida, la Avenida de Circunvalación. Esta avenida de
importancia jerárquica se plantea a mediano y largo plazo, utilizando en
una primera etapa los caminos rurales provinciales existentes hasta tanto
se elabore un estudio puntual que establezca la factibilidad técnica y
económica de un proyecto más eficiente en términos de recorrido.
Que se deberá evaluar las posibilidades de donación anticipada de futuros
frentistas. La Avenida además integra el área del Parque Industrial Gral.
M. Savio con el Aeropuerto y una ZAL Zona de Actividades Logísticas, el
reservorio natural del arroyo La Tapera y el Parque Lineal del Arroyo la
Tapera y se constituye en la máxima contención de la expansión hacia el
oeste de la ciudad central.
Que es imprescindible trabajar sobre un proyecto para poner en relación los
principales accesos a la ciudad para garantizar la eliminación del ingreso
del transporte de cargas al interior de la ciudad liberando
fundamentalmente el movimiento de cargas sobre Av. Champagnat.
Que hay que promover una ZAL (Zona de Actividades Logísticas) y Centro de
Intercambio de Cargas para garantizar el ingreso de las mismas a la ciudad
con transporte de mediana y baja complejidad, desarrollando un área de
reservorio natural para la contención de las crecidas del arroyo La Tapera
en el sector comprendido entre las vías del EXFFCCR y la nueva traza de la
Av. de Circunvalación, recuperando los bordes del arroyo La Tapera desde
Ruta Nacional 2 hasta la Ruta Nacional 11 norte como Parque Lineal
incorporando infraestructura y equipamiento que garanticen las
posibilidades de acceso y uso público controlar las condiciones y
calidades de los volcamientos en el cauce del arroyo.
Que los diferentes tramos de circulación en las intersecciones de las rutas
y la avenida de circunvalación serán las siguientes:
A) El Arco Norte:
A1- Zona de Actividades Logísticas (ZAL) se propone localizarla sobre
terrenos frentistas al Parque Industrial y linderos al ferrocarril de
acceso al Puerto y se destinará prioritariamente al almacenamiento de
contenedores. Se alienta la incorporación a este complejo de un Centro de
Distribución de Cargas para el aprovisionamiento de la ciudad evitando el
ingreso del transporte de cargas a la misma.
A2- Parque Industrial: ampliación de las redes de infraestructura que
permitan el crecimiento del Parque y su competitividad. Incorporación de
nuevos rubros que no comprometan el funcionamiento actual.
A3- Avenida de Circunvalación: primera etapa, unir la Ruta Prov. 88 con la
Ruta 226 por el Camino San Francisco y la Ruta Nac. 226 con la Ruta Nac. 2
por camino rural de ingreso a planta Monsanto; segunda etapa: nuevo trazado
de acuerdo a estudios a realizar.
A4- Reservorio natural norte:
Aquí se plantea la definición de un área de reserva para la contención y
regulación natural de las crecidas del arroyo La Tapera evitando el impacto
de las mismas desde los terrenos del Ex - FFCCR. hasta la desembocadura.
Definición normativa de las mismas como áreas no urbanizables.
A5- Aeropuerto. Proyecto para la optimización del aeropuerto como centro de
cargas incorporando nuevas instalaciones. Evaluación para una eventual
ampliación de la pista hacia uno de sus dos extremos, definiendo
previsiones y acciones necesarias que no comprometan la alternativa.
A6- Parque La Tapera: recuperación de los bordes del arroyo desde el cruce
con Ruta Nac. Nº2 hasta la desembocadura. Creación de un circuito peatonal
y vehicular controlado en todo el recorrido . Definición de áreas con
equipamiento e infraestructura para el uso público. Señalización.
Que el eje territorial de este proyecto se desarrollará en el área
noroeste, delimitado por las prolongaciones de Av. Luro, Juan B. Justo, Av.
Champagnat y los barrios Hipódromo y la Herradura, es el sector de la
ciudad que se ha extendido en forma heterogénea, es donde gradualmente se
han ido asentando los sectores de menores recursos; carente de servicios,
equipamientos, espacios verdes e infraestructura, los desequilibrios son
evidentes y de difícil abordaje
Que el proyecto trabaja sobre dos elementos fundamentales, el primero: la
extensión de las
redes de servicios básicos reforzado con un plan de pavimentación del
sistema vial primario, y el segundo: la definición de un sistema de
espacios públicos de diferente escala y rol para el sector en tierras de
propiedad pública y tierra privada (definición de las tierras a afectar),
y en áreas de reconversión de usos.
Que los objetivos fundamentales son impulsar y reordenar consolidando la
infraestructura de los Barrios Hipódromo, la Herradura y Barrio San Jorge
gestionando la regularización dominial de los asentamientos ya consolidados
incorporado al Hipódromo como infraestructura y equipamiento de uso público
controlado, manteniendo y respetando el funcionamiento histórico del mismo
desarrollando la extensión de redes de infraestructura de agua y cloacas
impulsando una estructura de nuevos parques y áreas verdes reforzar con la
consolidación del área de reservorio natural del arroyo Cardalito el
control de la expansión urbana del sector hacia el sur con un plan de
forestación urbana, jerarquizando el sistema vial primario y secundario.
Que se deberá gestionar como área de uso público y equipamiento deportivo
los terrenos
pertenecientes a la Universidad Nacional de Mar del Plata coordinando entre
el municipio, Osse y las empresas prestatarias de servicios en la
definición de la extensión de las redes de servicio para garantizar un
completamiento progresivo ordenado armando un Plan municipal de vivienda
que acompañe la infraestructuración ordenada del sector.
Que el eje territorial en este sector será el siguiente:
B1 - Reordenamiento y consolidación, del Bº la Herradura, Hipódromo y San
Jorge, reordenamiento parcelario, regularización dominial, extensión de
servicios, mejoras en la red vial, equipamientos comunitarios y educativos
para garantizar la calidad de vida de sus habitantes y el reequilibrio del
sector en la estructura urbana de la ciudad.
B2 - Parque del Hipódromo: gestionar un convenio de uso y mantenimiento de
este
predio para ser incorporado al uso público de la ciudad, garantizando la
continuidad de
la actividad hípica.
B3 - Reserva y Complejo UNMDP: realización de un complejo que incluya áreas
de camping y equipamiento deportivo para ser utilizado por la Universidad y
la población.
Incorporación de áreas de Parques Huertas que permitan la generación de
micro emprendimientos para los pobladores del sector.
B4 - Parque el Cardalito: este proyecto plantea crear un parque público en
áreas a definir para el reservorio natural que regule las crecidas del
arroyo el Cardalito, reforzando un área de cotas mínimas no aptas para la
urbanización.
B5 - Parque Monte Varela y Lago Stantien: estas dos áreas constituyen un
antiguo anhelo de los pobladores del sector, en ellos se plantea
incorporarlos en forma definitiva como áreas de uso público prioritario con
equipamiento. Estos suelos de propiedad privada se podrán incorporar
mediante un Convenio Urbanístico con sus propietarios o a través de la
declaración de utilidad pública.
B6 - Parque Lineal Champagnat: forestación del cantero central y doble
hilera de árboles sobre los laterales, definición de cordones, áreas de
estacionamiento y veredas de uso público para consolidar la calidad urbana
de esta avenida.
B7 - Corredor Verde Colón: forestación ordenada y progresiva hasta el
remate en el Hipódromo. Definición de veredas, iluminación y señalización
horizontal y vertical con criterios de unidad
B8 - Corredor Verde J.B.Justo: forestación ordenada y progresiva hasta el
remate en
el área del Hipódromo.
B9 - Plan de Forestación y Arbolado Urbano, consolidando la cuña que
definen a partir de Av. Champagnat, Av. Juan B. Justo y Av. Luro hasta
rematar en el Hipódromo con un Plan de Forestación y Arbolado Urbano en
etapas, primero el sistema vial primario, luego el secundario y finalmente
el terciario como completamiento, combinando especies, porte y período de
floración garantizando la unidad de especies por arteria.
Que en 1999 bajo Expediente 1838-D-99 a título gratuito al Gobierno de la
Provincia de Buenos Aires el Intendente Municipal cedió los terrenos del
dominio municipal ubicados en el barrio La Laura, identificados
catastralmente como: Circunscripción II, Sección K, Manzana 167, Parcelas
1, 2, 3, 4, 28, 29 y 30, inscriptas bajo matrículas números 150.968,
150.969, 150.963, 150.964, 150.965, 150.966 y 150.967 respectivamente,
según las constancias obrantes en el expediente 15429-3-99 del Departamento
Ejecutivo (Expte. 1838-D-99 H.C.D.) y en su Artículo 2º .- La cesión a que
hace referencia el artículo anterior se efectúa para que dichos lotes sean
afectados a la construcción de la Avenida de Circunvalación de la ciudad de
Mar del Plata (R.P. Nº 2).
Que en el año 2000 a través del Expediente 1823-U-2000 se le reclamo al
Poder Ejecutivo Provincial, la urgente concreción de las obras
correspondientes a la Avenida de circunvalación durante el año 2000 en su
primer tramo, comprendido entre la Autovia nº 2 y la Ruta nº 226.
Que en 2005 por gestión del entonces Gobierno Municipal se comenzó a
gestionar la desafectación de terrenos nacionales y durante el 2007 y por
resolución 127/2007 la Secretaria de Transporte desafecto el uso operativo
ferroviario de los inmuebles pertenecientes al Estado Nacional, ubicados en
el Partido de General Pueyrredón destinados a la rehabilitación del acceso
ferroviario al puerto, una nueva terminal intermodal de cargas y un
corredor de circunvalación, proyecto que se inició con la licitación de la
Estación Ferroautomotor durante el año 2005 por el Gobierno Municipal.
Que la Dirección Provincial de Vialidad adelanto en 2010 que esta obra se
iba a extender aproximadamente 25 kilómetros abarcando tres tramos: 10
kilómetros entre la ruta provincial 11 a la altura de Santa Clara del Mar y
la autovía 2; 7,8 kilómetros entre ruta 2 y la ruta nacional 226; y 7,1
kilómetros entre la 226 y la ruta provincial 88.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de la UCR eleva para su
consideración el siguiente proyecto de
RESOLUCIÓN:
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General
Pueyrredon se dirige al Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires a
fin de solicitarle la inclusión en el presupuesto anual de la obra
denominada “Camino de Circunvalación” con el objeto de lograr a la
interconexión de las Rutas Nº 11, 226, 88 y la autovía 2.
Articulo 2º: El Honorable Concejo Deliberante le solicita a la Honorable
Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, a la Honorable Cámara
de Senadores declaren de interés el proyecto estructural Arco Norte que
pone en relación las tres infraestructuras de accesibilidad al territorio
del Partido de General Pueyrredon, las Rutas Provincial N`88, Nacional Nº
226 y Nacional Nº 2 a través de una nueva avenida, la Avenida de
Circunvalación.
Articulo 3º: De Forma.
Articulo 4º: Comuníquese.
-----------------------
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.