Mar del Plata, 15 de abril de 2015
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Ciano
S------------/------------D
VISTO:
El canon que debe abonar la firma Hermitage S.A. por la
explotación del “Emprendimiento Paseo Las Toscas y Paseo Hermitage”, en
virtud de la incorporación del "Anexo del Casino Central" como actividad
complementaria y;
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza 12480/99 autorizó al Departamento Ejecutivo a llamar
a Licitación Pública para otorgar en concesión la construcción,
remodelación y explotación de locales comerciales y gastronómicos,
estacionamiento cubierto, anfiteatro y balnearios del "Emprendimiento Paseo
Las Toscas y Paseo Hermitage", ubicada en el sector sur de la Playa
Bristol, de acuerdo con las normas establecidas en el Pliego de Bases y
Condiciones.
Que en el Artículo 3 de las Clausulas Particulares del Pliego se fija
el canon con un precio oficial estipulado de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($
150.000) y el período de concesión es de 30 años.
Que a través de la Ordenanza 12776/99 se adjudicó el “Emprendimiento
Paseo Las Toscas y Paseo Hermitage” a la firma Hermitage S.A.
Que en el pliego de licitación aprobado se plantea en el artículo 20
destinado a las prohibiciones que “queda expresamente prohibida la
explotación con fines comerciales de juegos electrónicos y/o similares y de
agencias de todo tipo de juegos de azar, lotería, prode, quiniela, entre
otras, aunque cuenten con el permiso respectivo de autoridad competente”.
Que a través de la Ordenanza 16429/04 se autorizó por vía de excepción
a la concesionaria de la Unidad Turística Fiscal “Emprendimiento Paseo de
las Toscas y Paseo Hermitage” a trasladar a la misma el "Anexo del Casino
Central" que funciona en el Hotel Hermitage, bajo las condiciones y los
permisos que determina la autoridad de aplicación nacional y/o provincial
en la materia.
Que en el Artículo 3 de las Clausulas Particulares del Pliego de
Licitación, haciendo referencia al canon anual, se explica que “en caso de
incorporar actividades complementarias -las que deberán contar con previa
aprobación por parte de la Municipalidad de General Pueyrredon- se podrá
reajustar el Canon a pagar en proporción a la ecuación económico-financiera
propuesta por el oferente al momento de la licitación”.
Que según se refleja en la resolución Nº 89 del Emtur, el canon anual
establecido para el “Emprendimiento Paseo Las Toscas y Paseo Hermitage”
durante la temporada 2014/15 fue de PESOS CIENTO DIEZ MIL $110.000.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria
eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General
Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo informe si efectivamente se
ha reajustado el canon que debe abonar la firma Hermitage S.A. por la
explotación del “Emprendimiento Paseo Las Toscas y Paseo Hermitage”, en
virtud de la incorporación del "Anexo del Casino Central" como actividad
complementaria.
Artículo 2º.- Comuníquese.-
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Mar del Plata
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo