Mar del Plata, Febrero de 2003.-
Sr. Presidente
Honorable Concejo Deliberante
C.P.N Gustavo Arnaldo Pulti
S / D
VISTO:
Lo normado en los artículos 24, 25, 27 incisos 2, 3 y 4, y
concordantes del Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias (Ley Orgánica de
las Municipalidades); lo establecido en los artículos 22, 23, 27 y
concordantes del Decreto del HCD Nº 805/98 "Reglamento Interno" del
Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredón; y
CONSIDERANDO:
Que la crisis económica por la que atraviesa nuestro país ha
deteriorado sensiblemente el poder adquisitivo de los salarios perjudicando
a los trabajadores y acentuando la recesión que afecta a la economía
nacional; ese deterioro, que vienen padeciendo las remuneraciones en
general y los salarios de menor cuantía en especial, se hace más notorio
aún en el sector público.
Que el Índice de Salarios, tomando como fuente el trabajo realizado
por el INDEC el día 30 de enero de 2003, muestra un crecimiento del 0,29%
entre los meses de diciembre y noviembre de 2002, siendo la variación
experimentada por el indicador del 7,45% respecto del período base (octubre
- diciembre de 2001). Mientras el sector privado registrado mostró un
incremento del 0,46% y el no registrado del 0,21%, el sector público no
mostró variación alguna entre los meses de diciembre y noviembre. Respecto
del período base, el sector privado registrado mostró un incremento del
16,86%, el no registrado una disminución del 5,88% y el sector público un
aumento del 0,56%. El CVS correspondiente al último día del mes de
diciembre respecto a igual día del mes de noviembre fue de 0,31%, mostrando
el sector privado registrado una variación positiva del 0,53%, el no
registrado del 0,21% y no mostrando variación el sector público.
Que tomando como fuente el informe producido por el INDEC con fecha 06
de enero de 2003, el Nivel General del Índice de Precios al Consumidor para
la Capital Federal y los partidos que integran el Gran Buenos Aires
registró en diciembre una variación de 0.2% con relación al mes anterior.
Con respecto a igual mes del año anterior, el nivel general tuvo una
variación de 41.0%. Los bienes, que representan un 53% de la canasta,
tuvieron una variación con respecto a diciembre de 2001 del 68.6% mientras
que los servicios, que representan el restante 47% tuvieron una variación
en igual lapso del 11.1%.
Que teniendo en cuenta el mismo informe el valor de la canasta básica
alimentaria - que contiene alimentos que suministran los requerimientos
kilocalóricos y proteicos imprescindibles para un hombre adulto, entre 30 y
59 años, de actividad moderada- se difunde regularmente el quinto día hábil
de cada mes en la Información de Prensa "Valorización mensual de la Canasta
Básica Alimentaria y de la Canasta Básica Total".
Los resultados del IPC para el grupo de alimentos contenidos en esa canasta
básica permiten anticipar que la variación porcentual en su valor total
para el mes, respecto del mes anterior será de 0.6% y respecto de diciembre
de 2001 de 74.9%.
Que a posteriori de que los actores sociales más significativos
coincidieran en el diagnóstico de la grave crisis por la que atraviesa la
Argentina en el marco de un diálogo amplio y constructivo, que se
desarrolló en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, el Poder Ejecutivo Nacional por medio del Decreto 1273/2002 fijó
una asignación no remunerativa de carácter alimentario de pesos cien
mensuales que será percibida por todos los trabajadores del sector privado
que se encuentren comprendidos en los convenios colectivos de trabajo, a
partir del 1° de julio de 2002 y hasta el día 31 de diciembre de 2002, la
que posteriormente fue prorrogada y elevada a $ 130.
Que con fecha 28 de enero el Intendente Municipal Daniel Katz, en
declaraciones realizadas al Diario La Capital, explicó que "Lo que hay y yo
no me canso de agradecerlo es una gran recuperación de la recaudación. La
gente, los marplatenses, la gente de Batán, están pagando mucho más sus
tasas y eso es lo que nos posibilita recuperar servicios", situación que
permitiría encarar una actualización salarial para el personal municipal.
Por todo lo expuesto varios señores concejales elevan a consideración
del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón el
siguiente proyecto de
O R D E N A N Z A
Artículo 1: Dispóngase a partir del primer día hábil del mes posterior a la
promulgación de la presente, un aumento del 10% en el sueldo básico que
perciben los agentes municipales que cumplen el horario normal completo de
la Administración Municipal.
Artículo 2: Exceptuase de lo dispuesto en el artículo 1, a los denominados
funcionarios de Ley y al Personal Superior.
Artículo 3: El Departamento Ejecutivo reglamentará los alcances de la
presente, como así también realizará las modificaciones presupuestarias que
resulten necesarias a los efectos de cumplimentar con el citado aumento y
con las excepciones dispuestas por la presente.
Artículo 4: De Forma.
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Mar del Plata
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo