Mar del Plata 12 de marzo de 2018
Sr. Presidente del Honorable Concejo Deliberante
Del Partido de General Pueyrredon
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VISTO
Las manifestaciones vertidas por el Señor Augusto Gabriel Cros, presunta víctima del delito de usurpación en terrenos de su propiedad sitos en Fortunato de la Plaza entre Polonia y las calles Rufino Inda y Tripulantes del Fournier y
CONSIDERANDO
Que el mencionado vecino afirma que el día 8 de marzo, un grupo organizado de personas de 30 familias procedió a tomar por la fuerza 11 hectáreas que le pertenecen.
Que el predio fue comprado en el 2005 por Augusto Gabriel Cros, como inversión a futuro, años después de que le expropiaran su local en la histórica manzana 115. En su momento alambró todo el perímetro, pero con el correr de los años fue destruido y sufrió varios intentos de ocupación.
Que en esta oportunidad 30 familias llegaron al lugar provistas de distintos materiales de la construcción que tenían características similares entre sí.
Que según sus dichos los mismos fueron provistos por la Secretaria de Desarrollo Social del Municipio.
Que anteriormente la misma persona fue víctima de los mismos hechos en similares condiciones.
Que en cada oportunidad el damnificado realizó las denuncias correspondientes dándose intervención a la fiscalía específica de usurpaciones.
Que la acusación realizada por el Señor Cros en relación a un área del Departamento Ejecutivo, amerita la intervención del Concejo Deliberante como órgano de control de la legalidad de los actos de gobierno y la pertinencia de los mismos para el beneficio de la comunidad.
Que es por todo lo expuesto que el bloque de concejales de Acción Marplatense presenta el siguiente proyecto de COMUNICACIÓN
Art. 1: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Desarrollo Social informe en los términos de la presente, si ha tenido alguna intervención con las familias que ocupan el predio sito en Fortunato de la Plaza entre Polonia y las calles Rufino Inda y Tripulantes del Fournier, antes, durante o luego de la toma de dicho predio.
Art. 2: En caso de que la respuesta sea positiva, informe si se les ha provisto de materiales de la construcción.
Art. 3: Comuníquese.
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Mar del Plata
BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo