Información de Expediente

2017 - E - 1001
Fecha de Entrada: 02/01/2017
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: VARIOS SEÑORES CONCEJALES
Estado: REMITIDO A ARCHIVO POR ART. 52º
Desde: 01/06/2017
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
N 26 0 2017 0 0 0 AUTOMATICO
N 92 0 2017 0 0 0 AUTOMATICO
N 132 0 2017 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Ordenanza
Estableciendo que el D.E., los Entes Descentralizados, Obras Sanitarias S.E y el H. Cuerpo procedan a retener las remuneraciones del personal que teniendo la obligación de presentar sus Declaraciones Juradas de Bienes no lo hayan hecho al 31 de diciembre de 2016.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 05/01/2017 01/06/2017 Art. 52° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 2 de Enero de 2017.-




Al Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Del Partido de General Pueyrredón

Sr. Guillermo Saenz Saralegui

S/D:



                                                     Por su intermedio los Concejales abajo firmantes elevan para consideración del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón el presente PROYECYO DE ORDENANZA.-


VISTO:

    • La Ordenanza 13914 que dispone en su artículo 1º: “Establécese la obligatoriedad por parte del Departamento Ejecutivo de publicitar las Declaraciones Juradas Patrimoniales por Internet en las páginas oficiales de dicho Departamento y del Honorable Concejo Deliberante del  Partido de General Pueyrredón, de los funcionarios municipales desde Director inclusive y jerarquías superiores, incluyendo Subsecretarios, Secretarios, Intendente y Concejales”.



    • Que la misma obligación debe aplicarse a Obras Sanitarias Sociedad de Estado (OSSE), y


CONSIDERANDO


    • Que hay muchos responsables que no han cumplido con la obligación de presentar sus respectivas Declaraciones Juradas Patrimoniales.-



      Por lo expresado se presente el siguiente PROYECTO DE ORDENANZA.-



ORDENANZA


Articulo 1.- El Departamento Ejecutivo; los Entes Descentralizados, Obras Sanitarias Sociedad del Estado y el Honorable Concejo Deliberante procederán a retener las remuneraciones del personal que teniendo la obligación de presentar sus declaraciones Juradas de Bienes no lo hayan hecho al 31/12/2016.-


Articulo 2.- Comuníquese.-







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