Información de Expediente

2024 - E - 1418
Fecha de Entrada: 16/04/2024
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. TACCONE HORACIO DANIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 17/04/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo informe diversos puntos relacionados con la "Licitación Pública EMVIAL 23-23 FRESADO RECAPADO DE PAVI. ASFAL.BACHEO DE PAVI. DE HORMIGON FONDO TASA VIAL SEG LLAM", efectuada el 29 de febrero del cte.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO 17/04/2024
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 16 de abril de 2024


Sra. Presidenta


Honorable Concejo Deliberante


General Pueyrredon


S/D


VISTO


La “Licitación Pública EMVIAL 23-23 FRESADO RECAPADO DE PAVI. ASFAL. BACHEO DE PAVI. DE HORMIGON FONDO TASA VIAL SEG LLAM” realizada por el Departamento Ejecutivo para obras de pavimentación, cuyo segundo llamado se realizó el 29 de febrero, resultando adjudicada la obra en su totalidad a una sola empresa cuya oferta supera el presupuesto oficial, y


CONSIDERANDO


Que entre otras cosas, y según surge de un trabajo periodístico publicado por el diario La Capital el día 16 de abril del corriente, se busca llevar a cabo el fresado y recapado en calles de pavimento asfaltico en un total de 42.000 metros cuadrados, comprendido por dos zonas de 21.000 metros cuadrados cada una. Además, el bacheo de hormigón en 14.000 metros cuadrados, divididos en tres frentes de trabajo, con un plazo de obra de 240 días.


Que, según lo publicado en el medio, el propio pliego licitatorio establecía la posibilidad de dividir las obras y adjudicar los trabajos a diferentes empresas, considerando la oferta más beneficiosa para el municipio en cada caso.


Que dejar de lado la práctica habitual, y conveniente para el erario público, de adjudicar en los procesos licitatorios a la o las empresas que presentan las ofertas más bajas o convenientes, sin superar el presupuesto oficial.


Que en este caso existía la posibilidad, según lo indicaría el propio pliego licitatorio, de adjudicar las obras a distintas empresas, dividiendo por zonas o frentes de trabajo, y siempre considerando las ofertas más convenientes.


Que las arcas municipales atraviesan momentos delicados, según surge de expresiones del propio intendente, y por ese motivo ha anunciado una política de austeridad.


Que incluso en distintos momentos el Gobierno Local ha tenido que recurrir a la herramienta del descubierto bancario para hacer frente a gastos ordinarios.


Que el presupuesto oficial para las obras en cuestión consistía en $2.031.000.000 y la oferta finalmente seleccionada fue de $ 3.040.192.788,97, superando la misma en casi $1.010.000.000.


Que del ejercicio de comparar las diferentes ofertas, discriminando por zonas o frentes de trabajo, surge que el Estado Municipal hubiese podido ahorrarse unos $300.000.000 si dividía la adjudicación en lugar de elegir a una sola empresa para todo el proceso.


Que esto se contradice claramente con las intenciones manifestadas por el intendente en diversos momentos, pero principalmente durante la apertura del último periodo de sesiones del Honorable Concejo Deliberante.


Por ello, el Bloque de concejales de Acción Marplatense presenta el siguiente proyecto de


COMUNICACIÓN


Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon le solicita al Departamento Ejecutivo informe respecto a los siguientes puntos relacionados con la “Licitación Pública EMVIAL 23-23 FRESADO RECAPADO DE PAVI. ASFAL. BACHEO DE PAVI. DE HORMIGON FONDO TASA VIAL SEG LLAM” efectuada el 29 de febrero último:


I.  Motivo por el cual se tomó una decisión que significa un gasto adicional de 300 millones.


II. Motivo por el que no se llevó a cabo una mejora de oferta como prevé la reglamentación de la ley provincial Nº 6.021 en su artículo 20.


Artículo 2º: El H. Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo le remita el pliego de condiciones junto con las ofertas recibidas.


Artículo 3º: De forma.-


Autoría:


Adhesión:

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