Información de Expediente

2024 - E - 1033
Fecha de Entrada: 11/01/2024
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: COALICIÓN CÍVICA ARI MAR DEL PLATA
Autor: CJAL. GARCIA GUIDO HERNÁN
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 12/01/2024
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
G 72186 0 2024 0 0 0 EX-2024-00072186- -MUNIMDP-DA#SLTH
G 72278 0 2024 0 0 0 EX-2024-00072278- -MUNIMDP-DA#SLTH
Proyecto 1: Ordenanza
Colocando en las señaléticas de las calles, un breve párrafo en el que se dé información sobre la personalidad o hito al que hace referencia el nombre de cada una de ellas, y un código “QR” que remita al archivo digital de calles del Municipio de General Pueyrredon.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 12/01/2024
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 11 de enero 2024





Sra. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante del

Partido de General Pueyrredon

Dra. Marina Sánchez Herrero

S_____________/_____________D




VISTO


La importancia de reconocer y mantener visibles hitos significativosde la cultura y el turismo de nuestra ciudadque han motivado en su momento se nominen diferentes calles de la ciudad.



CONSIDERANDO


Que en Mar del Plata, como en muchas ciudades de nuestro país, las calles llevan los nombres de hombres y mujeres relevantes para la historia y cultura nacional y local, así como también se hace referencia a hitos de la historia.


Que esta práctica busca preservar la historia, la identidad y la cultura, promoviendo la educación de los ciudadanos y reforzando el sentido de pertenencia de las personas, inspirando un mayor apego emocional de la comunidad.


Que a fin de generar ese sentido de pertenencia y promover oportunidades educativas en relación a las personalidades o eventos históricos a los que se hace referencia a través del nombre de las calles, consideramos necesario referenciar brevemente en la señalética de las mismas la importancia o aporte a la cultura y la historia de dicho hito o personalidad destacada.


Que este aporte no implica costos significativos, ya que se sugiere implementarlo de manera progresiva durante la reposición necesaria de la cartelería.


Que la inclusión de leyendas o referencias en el nombre de las calles no solo es importante para enriquecer el acervo cultural, sino también para profundizar el conocimiento histórico de los eventos destacados a nivel nacional, provincial y municipal.


El legado histórico no solo fortalece el orgullo nacional y local, sino que también se convierte en un atractivo turístico poderoso que se integra a la experiencia del visitante conectándolo con la herencia cultural y, en el caso de personalidades o hitos históricos locales, dándole una apreciación más profunda de la ciudad.


Estas fechas y personalidades importantes, son marcas trascendentales en el viaje de una ciudad y una nación hacia la actualidad, ofreciendo la oportunidad de reflexionar sobre el progreso y la evolución.


      Por todo lo expuesto, el BLOQUE COALICION CÍVICA-ARIeleva el siguiente proyecto de:








ORDENANZA


Artículo 1.- Colóquese en las señaléticas de las calles un breve párrafo en el que se dé información sobre la personalidad o hito al que hace referencia el nombre de cada una de ellas y un código “QR” que remita al archivo digital de calles del Municipio de General Pueyrredon.


Artículo 2.- Que dicha información se colocara de manera progresiva, atendiendo a la necesidad de renovación de cada una de las señaléticas de las calles.


Artículo 3.-Confeccióneseen la página web del Municipio de General Pueyrredon un archivo digital en el que se brinde información detallada sobre el hito o personalidad destacada que nombra la calle de la ciudad al cual remitirá el código QR de la señalética.

Este archivo también se confeccionará de manera progresiva en relación a lo dispuesto por el artículo 2 de la presente Ordenanza.


Artículo 4.-Será autoridad de aplicación de la presente Ordenanza el Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado (EMVIAL)


Artículo 5.-De forma.-




AUTORÍA DEL PROYECTO

Cjal. García Guido Hernán



ADHESIÓN AL PROYECTO

Cjal. González Angélica Haydee

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