Información de Expediente

2024 - E - 1021
Fecha de Entrada: 09/01/2024
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. MARTINEZ MARIA CECILIA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 10/01/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Declarando Patrimonio Cultural Inmaterial del Partido de General Pueyrredon a la Guardia Nacional del Mar, por su labor artística y cultural de prestigio nacional e internacional y baluarte de la identidad de la ciudad; e Incorporando a la misma en el “Programa de Protección y Difusión del Patrimonio Intangible del Partido de General Pueyrredon” del Ente Municipal de Turismo y Cultura (EMTURyC).-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 10/01/2024
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 09 de enero de 2024


Sra. Presidente

Honorable Concejo Deliberante

Marina Sánchez Herrero

S      /         D



VISTO:

      La ilustre trayectoria de la “Guardia Nacional del Mar”, que fuera creada en 1969 con el objetivo de promocionar turísticamente a la ciudad de Mar del Plata, y:


CONSIDERANDO:

      Que la mencionada agrupación es un conjunto coreográfico musical, emblema de la ciudad, que traspasó fronteras a lo largo de los años.



      Que en el mes de agosto de 1969, directivos de la entonces Dirección Municipal de Turismo de Mar del Plata tomaron la decisión de confiar a Norma y Luis Magrini la misión de crear un grupo juvenil, que más tarde se denominaría Guardia Nacional del Mar para representar a la ciudad, debutando el 7 de diciembre de 1969 cuando encabezaron el desfile de la Fiesta del Mar.



      Que el nombre refleja el principal atractivo turístico y representativo de la ciudad: nuestro mar.



      Que Norma y Luis Magrini, ambos profesores nacionales de educación física, con una  gran trayectoria dedicada a la profesión en escuelas secundarias, universidades y diversas instituciones gimnástico-deportivas, fueron los encargados de seleccionar a ochenta jóvenes que formaron un grupo coreográfico y musical.

      Que el matrimonio Magrini logró el reconocimiento de este conjunto a nivel local, nacional e internacional y consiguió que el mismo se convirtiera en un emblema de la ciudad para todos aquellos que la conocen, perpetuándose en el tiempo. Los mismos, dirigieron al grupo por más de treinta años y en la actualidad quien se encuentra a cargo de la dirección es el hijo menor del reconocido matrimonio fundador, el Profesor Alejandro Magrini. Alejandro, ingresó a la agrupación a los 4 años de edad tocando el tambor para luego ser abanderado y al recibirse de Profesor Nacional de Educación física, comenzó a trabajar en el armado de los esquemas.



      Que hasta 1996, la Guardia Nacional del Mar dependía de la Municipalidad de Gral. Pueyrredón. Ese año, la gestión de Elio Aprile decidió absorber a los músicos y firmar convenio con la Asociación Amigos de La Guardia del Mar para que a partir de ese momento pase a ser administrada por la misma y continúe su actividad oficial a pedido del Sr. Intendente como también en eventos privados solicitados a la institución.



      Que el objetivo constitucional de la Guardia Nacional del Mar es promocionar la ciudad de Mar del Plata, a través de distintas manifestaciones artísticas, dentro y fuera del país. La actividad principal de la Guardia Nacional del Mar es la actuación en desfiles, eventos y Guardias de Honor, para lo cual  cuenta con un repertorio con más de treinta temas de origen nacional e internacional.



      Que en el lapso de estos 54 años, la Guardia del Mar se convirtió en un modelo a seguir por otras localidades a lo largo y ancho del país,  sirviendo de  inspiración para la creación de  más de 50 guardias, tales como la “Guardia de la Nieve”; la “Guardia del Sol” y la  “Guardia del Paraná”. Muchas de ellas han sido reconocidas en sus respectivos municipios.


       Que en nuestro país la Ley 26.118 promulgada en junio de 2006 aprobó la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial, que fuera adoptada por la Trigésima Segunda Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).



      Que conforme dicha normativa, se entiende por “patrimonio cultural inmaterial” los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno; su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana.



      Que  El "patrimonio cultural inmaterial", se manifiesta en particular en los siguientes ámbitos: a) tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del patrimonio cultural inmaterial; b) artes del espectáculo; c) usos sociales, rituales y actos festivos; d) conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo; e) técnicas artesanales tradicionales, etc



      Que en lo que respecta a este honorable cuerpo existen antecedentes legislativos similares como lo son la Ordenanza 23.572 que declara Patrimonio Cultural Intangible del Partido de General Pueyrredon a la Orquesta Sinfónica Municipal; la Ordenanza 23.421 que en el mismo sentido lo hace con la Banda Sinfónica Municipal; la Ordenanza 24.064 que reconoce a la  Festividad "Semana Fallera Valenciana"; la Ordenanza 25.981 que declara Patrimonio Cultural Intangible al Alfajor Marplatense, entre otros.



      Que a su vez, la Ordenanza 20.298, promulgada en 2011, encomienda la creación del Programa de Protección y Difusión del Patrimonio Intangible del Partido de General Pueyrredon a la Secretaría de Cultura.



      Por todo lo expuesto, la concejal abajo firmante eleva el siguiente proyecto de:



ORDENANZA


Artículo 1º: Declárese Patrimonio Cultural Inmaterial del Partido de General Pueyrredon a la Guardia Nacional del Mar por su labor artística y cultural de prestigio nacional e internacional y baluarte de la identidad de la ciudad.


Artículo 2º: Incorpórese a la Guardia Nacional del Mar en el “Programa de Protección y Difusión del Patrimonio Intangible del Partido de General Pueyrredon” del Ente Municipal de Turismo y Cultura (EMTURyC)


Artículo 3°: Entréguese copia de la presente a su Director, Profesor Alejandro Magrini, en un acto a convocarse al efecto en día, horario y lugar a convenir.


Artículo 4°: Comuníquese.


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