Información de Expediente

2023 - E - 1463
Fecha de Entrada: 24/08/2023
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 24/08/2023
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Modificando los artículos 1 y 3 de la Ordenanza 10476, ref. estacionamiento exclusivo de motocicletas y bicicletas.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
006 TURISMO 24/08/2023 16/04/2024 Aprobado
050 MOVILIDAD URBANA 16/04/2024
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 18 de Agosto de 2023


  A la presidenta del


  H. Concejo Deliberante


  Sra. Marina Sánchez Herrero


  S-------------------/ D


  VISTO:


  La necesidad de establecer dársenas, en distintos puntos de la costa marplatense, para el estacionamiento exclusivo de motocicletas y bicicletas, y;


  CONSIDERANDO:


  Que el incremento del número de motocicletas y bicicletas que se utilizan para acudir a las playas de nuestro partido obliga a rediseñar la utilización del espacio público estableciendo nuevos estacionamientos exclusivos para estos rodados ordenando el sobrecargado sistema vial.


  Que la ordenanza 10476 del año 1996 autoriza el establecimiento de espacios en la vía pública sobre la calzada para ser utilizados con carácter exclusivo para el estacionamiento de motos, ciclomotores y bicicletas.


  Que la Comisión de Obras, Seguridad y Planeamiento del Concejo Deliberante solicitó en el año 2015 al Poder Ejecutivo local un relevamiento de las dársenas de estacionamiento de motocicletas y bicicletas que se encuentran habilitadas en todo el Partido de General Pueyrredon.


  Que con los años se ha producido un incremento notorio del parque de motocicletas y bicicletas que circulan en la ciudad, con la consiguiente necesidad de disponer de más espacios para colocar las mismas en un entorno seguro, que facilite el tránsito y no entorpezca de forma alguna el uso de espacio público.


  Que esta obstaculización que generan en el ingreso a las playas publicas y en las veredas de las mismas, además de entorpecer el uso de este espacio público, pone en riesgo la seguridad y la integridad física de los peatones, y mucho mas aquellos que tienen movilidad reducida o una capacidad diferente..


  Que es el estado municipal quien debe establecer los criterios para su establecimiento y precisar el lugar donde se necesitan este tipo de dársenas no dejando librado de modo exclusivo a solicitudes particulares, sino planificando adecuadamente el uso y disposición del espacio público.


  Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante legislar sobre la utilización del espacio público.


  Por lo expuesto, el Bloque de Concejales y Concejalas de Unión por la Patria, elevan para su consideración el siguiente proyecto de:


  ORDENANZA


Artículo 1: Modifíquese los artículos 1 y 3 de la Ordenanza 10476 los que quedarán redactados de la siguiente forma:


  Artículo 1: Autorizase el establecimiento de espacios en la vía pública sobre la calzada para ser utilizados con carácter exclusivo para el estacionamiento de motos, ciclomotores y bicicletas. En todas las Unidades Turísticas Fiscales administradas por el Estado Municipal, en las concesiones de prestación de servicios turísticos otorgados por otros niveles jurisdiccionales y en los balnearios del sector privado se establecerán dársenas de estacionamiento exclusivo gratuito para motocicletas y bicicletas.


  Artículo 3: Las ubicaciones a las que se refiere la primera parte del artículo primero serán determinadas por el Departamento Ejecutivo, previo dictamen técnico que acredite la necesidad y conveniencia de su establecimiento.


Artículo 2: Comuníquese.-


Autoría:


Adherentes:

 Volver