Información de Expediente

2022 - E - 1804
Fecha de Entrada: 13/09/2022
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACION
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. TACCONE HORACIO DANIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 29/02/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Encomendando al Departamento Ejecutivo a contemplar en la redacción del Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a licitación pública de un software de reconocimiento facial, una cláusula de suspensión de la prestación, determinado por una declaración de inconstitucionalidad de la Justicia o ante una medida cautelar o por el motivo que fuera, dejando de abonar el importe pactado.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
053 SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE LA COMUNIDAD 14/09/2022 29/02/2024 Afectado por el artículo 32º/2024.
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 29/02/2024 29/02/2024 Afectado por el artículo 32º/2024.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, septiembre de 2022


Sra. Presidenta


Honorable Concejo Deliberante


Dra. Marina Sánchez Herrero


VISTO


 La declaración de inconstitucionalidad realizada por la Justicia, del sistema de reconocimiento facial que aplicó el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, al considerar que "se implementó sin cumplir con los recaudos legales de protección de los derechos personalísimos de los habitantes, y


CONSIDERANDO


Que a través del Expediente 1029-D-2022 del Honorable Concejo Deliberante, se encomendó al Departamento Ejecutivo a adquirir, mediante la contratación correspondiente, una solución de software tecnológica para el establecimiento de un sistema de reconocimiento facial aplicable para la detección de prófugos de la justicia, así como también que permita la detección de distintos objetos y/o comportamientos dinámicos, utilizando sistemas analíticos y algoritmos, los cuales tomen como fuente de información el sistema de cámaras de video vigilancia urbana para espacios públicos o bien segmentos de video captados por cámaras privadas, en el Partido de General Pueyrredon.


Que durante el tratamiento de dicho expediente surgieron diversas cuestiones a tener en cuenta en el Pliego de Bases y Condiciones para la licitación de dicho servicio, que fueron plasmados en el Despacho de Mayoría, el que sin embargo no fue aprobado en ocasión de la sesión del Honorable Concejo Deliberante del día 25 de agosto de 2022;


Que en dicho despacho se solicitaba al Departamento Ejecutivo que el Pliego de Bases y Condiciones para la Licitación del servicio fuera tratado por el Concejo Deliberante, aún cuando la Ley Orgánica de las Municipalidades no lo establece como obligatorio, pero entendiendo que desde el cuerpo deliberativo se podrían aportar diversas miradas y enriquecer el mismo;


Que dicho despacho establecía distintos puntos a considerar en el pliego de bases y condiciones, entendiendo que se trata de un software que puede ser beneficioso pero que debe ser tratado cuidadosamente, en tanto tiene implicancias en la información personal, manejo de bases de datos y traslado de personas alcanzadas por la aplicación del mismo, entre otras cuestiones;


Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de


COMUNICACIÓN


Artículo 1°.- Encomiéndese al Departamento Ejecutivo contemplar en la redacción del Pliego de Bases y Condiciones para llamado a licitación pública de un software de reconocimiento facial compatible con los dispositivos de videovigilancia existentes en la Municipalidad de General, una clausula que establezca que ante la suspensión de la prestación, determinado por una declaración de inconstitucionalidad de la Justicia o ante una medida cautelar o por el motivo que fuera, el municipio dejara de abonar el importe pactado por la prestación establecida.


Artículo 2°.- Comuníquese.-

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