Información de Expediente

2025 - E - 1298
Fecha de Entrada: 07/05/2025
Carátula: 1. ORDENANZA 2. COMUNICACIÓN
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. CUESTA MARIANA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 09/05/2025
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Disponiendo por el plazo de 180 días la suspensión total del sistema de fotomultas en el marco del convenio suscripto entre la Municipalidad de General Pueyrredon y la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM).
Proyecto 2: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre varios puntos con relación al Plan Integral de Seguridad Vial suscripto entre la Universidad Nacional de Gral San Martín y la Municipalidad de Gral Pueyrredon.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
050 MOVILIDAD URBANA 09/05/2025
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 07 de mayo de 2025


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S----------------/------------------D


VISTO:


El convenio suscripto entre la Municipalidad de General Pueyrredon y la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM), destinado a la instalación de un sistema de equipos de detección automática de infracciones graves, conocido bajo el nombre de fotomultas. Y;


CONSIDERANDO:


Que el citado acuerdo había sido suscripto entre el Rector de la Universidad Nacional de San Martín Carlos Greco y el Señor Intendente Municipal Guillermo Montenegro, el día 21 de diciembre de 2021.


Que el 07 de enero del 2022, el Departamento Ejecutivo elevó al Honorable Concejo Deliberante el expediente 1030-DE-22, mediante el cual solicitaba la convalidación del “Convenio Marco de Cooperación Institucional, Asistencia Técnica y Académica y su Convenio Especifico para la implementación, puesta en marcha y funcionamiento del Programa de Seguridad Vial del Municipio de General Pueyrredon, suscripto entre la Universidad Nacional de General San Martín y la MGP”.


Que durante su tratamiento, el expediente se vió envuelto en diversas irregularidades, de la cual la más importante resultó ser la eliminación de tratamiento en la Comisión de Educación (en la cual el oficialismo era minoría), a pesar de encontrarse el proyecto con Estado Parlamentario.


Que la falta de respuestas por parte del Ejecutivo y sus representantes legislativos, motivó la realización de una Sesión Especial del Concejo Deliberante, la cual se realizó el 7 de febrero de ese año.


Que entre los principales puntos cuestionados por las diversas bancadas se encontraba la percepción de tan solo el 24% de los fondos recaudados por parte de la Municipalidad, la posibilidad de evitar la realización de un proceso licitatorio a partir de la contratación directa de un tercero que proveyera el servicio gracias al convenio suscripto con una Universidad Nacional, así como la falta de creación de una “Comisión de Seguimiento” (estipulada en el anterior acuerdo con la Universidad Tecnológica Nacional).


Que en este sentido, el tratamiento continuó demorado en comisiones, resolviéndo finalmente su archivo en la Comisión de Legislación el 13 de junio del 2022.


Que esta decisión fue sostenida por el oficialismo dado que el acuerdo entre Montenegro y la alta casa de estudios, se amparaba en cambios realizados por la Legislatura Bonaerense el 31 de diciembre de 2021 en la Ley Orgánica de Municipalidades, ya que según el Intendente de Mar del Plata, gracias a las modificaciones en dicha normativa local fue posible implementar el sistema de fotomultas en la localidad sin la aprobación del Departamento Deliberativo Municipal.


Que sin embargo, tal cual se constata en las fechas presentadas hasta el momento, la modificación fue posterior a la firma del convenio, por lo cual se abre la discusión en torno a la aplicación del principio de irretroactividad de la ley.


Que a pesar de las dudas suscitadas y las consultas realizadas al Honorable Tribunal de Cuentas, el Ejecutivo local implementó a partir del 23 de noviembre del 2022, el Sistema de Fotomultas en el Partido de General Pueyrredon.


Que la realización de multas a través del monitoreo de las cámaras del Centro de Operaciones y Monitoreo (COM), es aplicado en los siguientes corredores: Alem desde Almafuerte hasta Roca; Olavarría desde Roca hasta Gascón; Alberti desde avenida Independencia hasta Güemes; Córdoba desde Brown hasta 25 de Mayo; Yrigoyen desde Brown hasta avenida Libertad; Avenida Edison entre Vértiz y avenida Juan B. Justo, en ambas manos; San Juan de Colón a 9 de Julio; Güemes de Gascón a Rodríguez Peña; Rivadavia de Buenos Aires a 20 de Septiembre; 12 de Octubre de avenida de los Trabajadores a Padre Dutto: Avenida Constitución de Félix U. Camet a Ruta 2.


Que según informa la Municipalidad de General Pueyrredon en su página web oficial, “en este sistema se monitorean faltas de tránsito, tales como estacionar en doble fila, cruzar semáforos en rojo o vehículos que doblan a la izquierda en avenidas. Para efectivizar la transgresión, se requiere la presencia de agentes del área de Tránsito, para detectar las infracciones y labrar las actas correspondientes con el respaldo de las imágenes, que luego son procesadas y enviadas al Juzgado de Faltas para su notificación”.


Que a pesar de la cantidad de tiempo desde que fuera implementado el sistema de fotomultas, la falta de información acerca de diversos aspectos como el Plan Integral de Seguridad Vial, los montos de recaudación obtenidos y el destino al que fueran asignados, el porcentaje de pago por parte de los ciudadanos o la judicialización de los cobros, son todos interrogantes que no tienen respuesta.


Que en los últimos meses, han adquirido estado público diversas causas judiciales vinculadas con el sistema de fotomultas, en las cuales la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM) se encuentra involucrada.


Que esto ha llevado a que el Municipio de San Isidro dispusiera la suspensión por 180 días del sistema de fotomultas, al constatar diversas irregularidades por lo que se calificó de “opaco” al convenio suscripto con la UNSAM.


Que por si fuera poco, el 07 de enero del 2025 desde el Bloque de Unión por la Patria se elevó un proyecto de comunicación (1015-BUP-25) solicitando al Departamento Ejecutivo que informe si el día 27 de diciembre de 2024 se realizó un allanamiento y/o diligencia judicial en las oficinas municipales, en el marco de qué actuaciones se originó y organismo interviniente, en caso de respuesta afirmativa, que informe causas, dependencias requisadas, material secuestrado, duración de operativo y testimoniales.


Que según se informa en el portal de noticias “Diarios Bonaerenses” con fecha del 5 de mayo del corriente, el juez federal Ernesto Kreplak dispuso un nuevo allanamiento a la Universidad Tecnológica Nacional de La Plata.


Que en este medio se consigna que “(...) la Justicia federal de 3 de Febrero también ordenó el allanamiento de once municipios bonaerenses -incluyendo La Matanza, Morón, General Pueyrredón, Zárate y San Isidro- por posibles irregularidades en el cobro de fotomultas”.


Que según se informó “(...) esa causa está a cargo del juez Juan Manuel Culotta, con intervención del fiscal Paulo Starc y colaboración del propio Kreplak, quien giró información clave que permitió avanzar con la investigación, que tendría en la mira a distintas fundaciones y empresas del sector, como Secutrans SA y Tránsito Seguro SA, según expresaron voceros ligados a la pesquisa”.


Que asimismo se amplía que “La mecánica es similar en todos los distritos. Del total recaudado, un 20% queda en manos de la Provincia por convenio marco y el restante 80% es dividido entre las comunas y los proveedores. Pero en muchos casos los municipios solo recibirían una mínima cuotaparte, quedando el resto en manos de las empresas y fundaciones universitarias, que ni siquiera figuran en los registros oficiales de proveedores del Estado provincial”[1].


Que la información aquí consignada corresponde a medios de comunicación ya que a pesar de que han transcurrido 120 días (86 días hábiles) desde que se le asignase giro a comisión, no ha tenido confirmaciones oficiales.


Que dada la gravedad del particular, la falta de información y la omisión de tratamiento del Expte 1015-BUP-25, resulta necesario y recomendable suspender la aplicación del sistema hasta contar con los elementos necesarios para su evaluación, máxime en razón de la judicialización de la metodología definida por el Departamento Ejecutivo.


Que el Honorable Concejo Deliberante tiene como una de sus principales funciones la tarea de contralor, fundamental para garantizar la transparencia de la gestión pública y la eficiencia en la administración.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


Artículo 1º. Dispóngase por el plazo de 180 días la suspensión total del sistema de fotomultas en el marco del convenio suscripto entre la Municipalidad de General Pueyrredon y la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM).


Artículo 2º. Impleméntese durante el período de vigencia de esta medida, operativos tanto diurnos como nocturnos realizados por agentes de tránsito municipales destinados a garantizar el cumplimiento de los límites de velocidad, semáforos y cruces peatonales, además de controlar el tránsito y velar por la seguridad vial, teniendo las mismas carácter tanto fijos como móviles.


Artículo 3º. Remítase con carácter urgente a este Honorable Cuerpo Deliberativo, la totalidad de la documentación correspondiente al convenio, anexos y acuerdos administrativos que se hubieran realizado entre la Universidad Nacional de San Martín y el Municipio de General Pueyrredon.


Artículo 4º. De forma.


COMUNICACIÓN


Artículo 1º. El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo que informe detalladamente desde el 22 de noviembre del 2022 hasta la sanción de la presente:


a)  Estado de implementación del Plan Integral de Seguridad Vial y resultados alcanzados.


b)  Recaudación total obtenida por el Sistema de Fotomultas.


c)  Destino de los fondos recibidos, asignación presupuestaria junto con sus partidas correspondientes.


d)  Cantidad de actas labradas a partir de las imágenes recabadas.


e)  Porcentaje de cobrabilidad de las infracciones.


f)  Existencia de judicializaciones en torno a las fotomultas, indicando en caso positivo la cantidad de reclamos existentes y las resoluciones adoptadas.


Artículo 2º. Comuníquese, etc.


AUTORIA:


ADHERENTES:


[1] https://dib.com.ar/2025/05/fotomultas-nuevo-allanamiento-a-la-universidad-tecnologica-nacional-de-la-plata/

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