Mar del Plata, 6 de mayo de 2025
Sra. Presidenta
Honorable Concejo Deliberante
S___________/____________D.
VISTO
El proceso licitatorio denominado Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 03/25 para la “Concesión el uso y explotación de la totalidad de las instalaciones del estadio “José María Minella”, Estadio Polideportivo “Islas Malvinas” y de los espacios comunes y necesarios para el cumplimiento del objeto de la concesión ubicados dentro del Parque Municipal de los Deportes Teodoro Bronzini” que tramita mediante el expediente Nº 265-1-2024 Cuerpo 2, cuya apertura de ofertas se realizó el día 29 de abril de 2025, y
CONSIDERANDO
Que el proceso licitatorio implica la entrega en concesión por un periodo de 40 años (30 + 10 de prórroga) del estadio municipal José María Minella + el estadio Polideportivo Islas Malvinas + la totalidad de los espacios abiertos, públicos y de circulación que componen el Parque Municipal de los Deportes.
Que la titularidad de dicho patrimonio corresponde al Estado Municipal del Partido de General Pueyrredon en representación de los vecinos marplatenses.
Que el trámite del pliego de bases y condiciones para la licitación en su paso por el Concejo Deliberante dejó al desnudo graves inconsistencias como por ejemplo el no tener un objeto de licitación claro, no valorizar el patrimonio que se licita y no establecer un cronograma ni listado de obras obligatorias, entre otras.
Que, sin valorizar económicamente y sin que conste en ninguna de las actuaciones la medición monetaria actualizada de lo que representa el conjunto de los bienes que se pretende entregar resulta, cuánto menos, incongruente que se pretenda privatizar su explotación sin requerir inversiones adecuadamente documentadas en un contrato transparente.
Que las incertidumbres, vulnerabilidades e inconsistencias acreditadas en el pliego de bases y condiciones constituyen una posible fuente de conflictos y litigiosidad que corresponde prever y evitar agotando para ello todas las instancias de evaluación e información.
Que resulta particularmente controversial que la gestión municipal actual, al mismo tiempo que no realiza obras públicas ni intervenciones significativas de mantenimiento, entregue a su vez patrimonios como el de referencia sin exigir inversiones que justifiquen una evidente conveniencia pública.
Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales de Acción Marplatense eleva los siguientes proyectos de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon encomienda al Departamento Ejecutivo que en el más breve plazo envíe a este cuerpo deliberativo copia certificada de toda la información obrante en el o los expedientes por los que se tramita la Licitación Nacional e Internacional Nº 03/25 para la “Concesión el uso y explotación de la totalidad de las instalaciones del estadio “José María Minella”, Estadio Polideportivo “Islas Malvinas” y de los espacios comunes y necesarios para el cumplimiento del objeto de la concesión ubicados dentro del Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini”.
Artículo 2º.- Solicitase al Departamento Ejecutivo la remisión al Concejo Deliberante de todos los antecedentes del único oferente presentados, a saber, patrimonio de las sociedades, antecedentes nacionales e internacionales en la explotación de escenarios deportivos, capacidad de inversión, fuentes de financiamiento, nombres y nacionalidad de las personas físicas o jurídicas participantes.
Artículo 3º.- De forma.-
RESOLUCIÓN
Artículo 1º.-El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon requiere al Departamento Ejecutivo que se abstenga de avanzar en el proceso licitatorio y de adjudicación de la Licitación Nacional e Internacional Nº 03/25 para la “Concesión el uso y explotación de la totalidad de las instalaciones del estadio “José María Minella”, Estadio Polideportivo “Islas Malvinas” y de los espacios comunes y necesarios para el cumplimiento del objeto de la concesión ubicados dentro del Parque Municipal de los Deportes “Teodoro Bronzini”, hasta tanto no quede acabadamente acreditada la conveniencia para los intereses de la Municipalidad de General Pueyrredon y sus vecinos de la adjudicación de la misma.
Artículo 2º.- Comuníquese.-
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