Mar del Plata, 10 de marzo de 2025.-
Sra. Presidenta del Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredon
Cjala. Marina Sánchez Herrero
S / D
VISTO:
Lo dispuesto en la Ley Provincial Nº 14.735 por la que se crea el régimen especial de boleto para los usuarios del sistema de transporte provincial ferroviario, fluvial y de colectivo de pasajeros en sus servicios urbanos, suburbanos e interurbanos, destinados a alumnos pertenecientes a Instituciones Educativas Públicas de gestión Estatal y de gestión Privada con aportes del Estado en todos los niveles, incluidos los de formación profesional y bachilleratos populares que tengan asiento en la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que el Boleto Especial Educativo será de carácter gratuito y alcanzará a los estudiantes pertenecientes al nivel inicial, primario, medio, terciario, superior universitario, formación profesional y bachilleratos populares, que acrediten su condición de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Que la Autoridad de Aplicación será determinada por el Poder Ejecutivo y tomará los recaudos necesarios para evitar que el beneficio establecido por la presente vaya en desmedro del servicio que se brinda al resto de los beneficiarios del transporte público.
Que en los últimos días aquellas familias que empezaron a realizar a través de la web el trámite para acceder al boleto estudiantil gratuito se encontraron con la comunicación de la empresa de ya no garantizar ese derecho, sino que solo ofrece un 20% de descuento para los servicios que sean utilizados por las y los alumnos.
Que por medio de un comunicado, la empresa “comunica a todos los estudiantes y docentes que utilicen líneas de transporte público provinciales que de acuerdo al decreto 4594/72 tendrá que tramitar el pase correspondiente como en los años anteriores, con la salvedad de que a partir del corriente año tendrán un descuento del 20% del valor del boleto según el trayecto utilizado”.
Que la empresa decidió unilateralmente volver a la situación previa a entrada en vigencia de la Ley 14.735, desconociendo la existencia del derecho a que los alumnos accedan al boleto estudiantil gratuito.
Que es menester de este Honorable Concejo Deliberante velar por los intereses de los vecinos y vecinas estudiantes que se encuentran en condiciones de acogerse a lo dispuesto por la Ley 14.735 y que se ven afectados por esta situación.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical eleva a consideración el siguiente proyecto de
COMUNICACIÓN
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita a las autoridades del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires que de manera urgente exija la aplicación de la Ley 14.735 a los concesionarios de la Empresa Costa Azul, aplicando las sanciones que considere pertinentes por dicho incumplimiento.
Artículo 2º: De Forma.
AUTORIA DEL PROYECTO:
Cjal. Pujato Gustavo Horacio
ADHESIÓN AL PROYECTO: