Mar del Plata, 06 de Enero de 2025.-
Sra. Presidenta del Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredon
Concejala Marina Sánchez Herrero
S / D
VISTO:
La necesidad de actualizar y derogar legislación obsoleta en el Partido de General Pueyrredon para adaptarse a las necesidades actuales y los nuevos tiempos que acontecen en nuestra ciudad;
CONSIDERANDO:
Que en el Partido de General Pueyrredon, al igual que en otros municipios provincias y a nivel nacional, cuantiosa cantidad de legislación se encuentra obsoleta, sin sentido e inadecuada para los tiempos que corren;
Que en gran cantidad de casos, esas regulaciones imponen complicaciones al normal devenir ciudadano;
Que el sistema republicano de gobierno impone la obligación de revisar, relevar y evaluar de manera constante la normativa vigente a fin de acompañar los cambios sociales y la evolución de los paradigmas basados en el respeto y reconocimiento de las libertades individuales;
Que muchas normativas actualmente vigentes en el ámbito local resultan obsoletas, inútiles o han sido superadas por leyes posteriores, generando trámites innecesarios y costos adicionales que afectan a los ciudadanos y empresas;
Que la sobrerregulación normativa no sólo genera un obstáculo a las actividades económicas, sino que, en muchos casos, afecta la libertad individual y va en detrimento de la eficiencia en la gestión pública y el desarrollo privado;
Que el artículo 19 de la Constitución Nacional establece que los habitantes no están obligados a cumplir con aquello que no esté mandado por la ley, lo que implica que debe imperar un principio de máxima libertad, y no de excesivo control burocrático;
Que muchas de las normas vigentes fueron dictadas bajo concepciones que priorizaban el control estricto sobre las actividades de la ciudadanía, imponiendo regulaciones y prohibiciones que han perdido sentido en el contexto actual;
Que la acumulación de normas sin relevancia práctica afecta la seguridad jurídica y el buen funcionamiento del sector público y privado, generando una burocracia que obstaculiza el crecimiento económico y social de nuestra comunidad;
Que la derogación de normas obsoletas permitirá simplificar el orden normativo municipal, eliminar barreras innecesarias y facilitar la adaptación de las actividades productivas a las nuevas circunstancias sociales, económicas y tecnológicas;
Que resulta necesario que las políticas públicas, lejos de imponer restricciones y costos innecesarios, se orienten a la promoción efectiva de las libertades individuales y la eficiencia normativa;
Que diferentes desregulaciones en diversos ámbitos marcan un sendero de época en donde la desregulación y la simplificación de los trámites e instituciones estatales conlleva una mayor facilidad para la vida de todos los ciudadanos;
Que la Ordenanza n° 7811 de Servicios Fúnebres, rige los servicios de ese tipo, cualquiera fuere su modalidad de presentación;
Que la Ordenanza Nº 7811 resulta obsoleta y desactualizada, al no reflejar las realidades y necesidades actuales del sector funerario, limitando innecesariamente su operación y desarrollo;
Que el inciso a) del artículo 11º, que prohíbe la colocación de cortinados y alfombras, constituye una normativa invasiva que interfiere en las prácticas comerciales legítimas del sector y no contribuye a la calidad del servicio ni a la satisfacción de los usuarios;
Que el inciso e) del artículo 11º, al prohibir la publicidad en el exterior e interior de las casas velatorias, salvo una designación mínima, limita de forma irrazonable el derecho a la promoción comercial, afectando el desarrollo económico del sector y desalentando la competencia;
Que el artículo 16º, que obliga a herrerías, marmolerías y establecimientos afines a cerrar sus frentes con cercos de material, representa una medida desproporcionada que vulnera la libertad comercial de los establecimientos para disponer de su espacio según sus necesidades y preferencias;
Que es esencial garantizar la igualdad de condiciones para el desarrollo del sector privado, respetando su autonomía y reduciendo las barreras innecesarias que limitan su capacidad de operar eficientemente en un marco competitivo;
Que el Estado debe focalizar su intervención en garantizar estándares sanitarios y de seguridad, sin imponer regulaciones que no tienen un impacto directo en el bienestar de la población o el interés público;
Que resulta indispensable modernizar las normativas que rigen el sector funerario, derogando aquellas disposiciones que imponen restricciones anacrónicas y desincentivan la innovación y el crecimiento del sector privado.
En virtud de lo expuesto, en mi carácter de concejal del Bloque de Concejales de Vamos Juntos presento a consideración del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Deróguese el artículo n°16 y los incisos a) y e) del artículo n°11 de la Ordenanza n°7811 referida a los Servicios Fúnebres
ARTÍCULO 2º.- De forma
Autoría del Proyecto