Información de Expediente

2021 - E - 2011
Fecha de Entrada: 25/10/2021
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor: CJAL. ROMERO MARIANELA
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: AGREGADO A OTRO EXP. Y/O NOTA
Desde: 25/10/2021
Agregado a: 2021 - E - 1987 - 0 - 0
Observaciones: La digitalización del presente se encuentra agregada en el Expediente Nº 1987-AM-2021.-
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando a la Dcción. Gral. de Cultura y Educación de la Pcia. de Bs. As., evalúe la posibilidad de asignar un edificio para el funcionamiento de la Escuela de Educación Secundaria Nº 38.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, de octubre de 2021.-


Sr. presidente del Honorable Concejo Deliberante


Partido de General Pueyrredon


Cjal. Ariel Martínez Bordaisco


S / D


VISTO la situación educativa que atraviesa la comunidad educativa de la Escuela Secundaria Nº 38;


CONSIDERANDO


Que la educación en Argentina es reconocida como un derecho y el Estado, tanto nacional como provincial, debe asegurar la igualdad, gratuidad, laicidad y acceso en todos los niveles del sistema educativo en el ejercicio de este derecho para toda la población que vive en el país;


Que a partir del año 2006 la educación en Argentina es obligatoria desde los cuatro años hasta completar el nivel secundario, existiendo también oferta educativa para mayores que no hayan completado el nivel secundario;


Que la Ley Nacional de Educación Nº 26.206, en su artículo 4º, establece que son el Estado Nacional y las Provincias quienes tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para quienes habiten la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho;


Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, luego de reconocer en su artículo 198 que la cultura y la educación constituyen derechos humanos fundamentales, agrega que “La educación es responsabilidad indelegable de la Provincia, la cual coordinará institucionalmente el sistema educativo y proveerá los servicios correspondientes, asegurando el libre acceso, permanencia y egreso a la educación en igualdad de oportunidades y posibilidades”;


Que en el artículo 200 se especifica esta obligación del Estado Provincial señalando los principios a los que debe ajustarse el sistema educativo provincial agregando que la prestación del servicio educativo abarcará los distintos niveles y modalidades de la educación;


Que en virtud de las normas constitucionales se dictó la Ley Provincial Nº 13.688 que establece que, a través de la Dirección General de Cultura y Educación, es el Estado provincial quien tiene la responsabilidad principal e innegable de proveer, garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva y de calidad para todos sus habitantes, garantizando la igualdad, gratuidad y la justicia social en el ejercicio de este derecho;


Que dicha Ley, en su artículo 6º, refiere a los Estados Nacional y Provincial como los responsables de las acciones educativas, y a la Provincia como garante de dicho derecho;


Que la Escuela de Educación Secundaria Nº 38 funcionó por 15 años, hasta el año 2020, en un edificio alquilado por la Provincia de Buenos Aires, ubicado en Independencia 3365, entre calles Gral. Roca y Rodríguez Peña;


Que el edificio en cuestión no estaba en condiciones de ser utilizado por problemas de filtraciones de agua en techos, desprendimiento de cielo raso, falta de agua en sanitarios y problemas de gas en diferentes artefactos, calefactores, anafes y termo tanques;


Que luego del ciclo lectivo 2020, el cual se desarrollo de forma virtual por la pandemia de Covid 2019, la escuela fue mudada a las instalaciones del Instituto Superior De Formación Docente Nº 84, ubicado en Av. Patricio Peralta Ramos 2280, donde actualmente funciona, y asisten cerca de 300 chicos y chicas;


Que esto es posible ya que el Instituto no está funcionado de forma 100% presencial, lo que permite que las aulas puedan ser utilizadas por la comunicad educativa de la Escuela Secundaria Nº 38, situación que no podrá mantenerse cuando el Instituto retome plenamente la presencialidad;


Que la falta de un edificio propio ante la inminente apertura de inscripciones para el ciclo 2022 genera incertidumbre en el alumnado, familias y docentes de la Escuela, quienes no saben donde podrán desarrollar sus actividades el año entrante;


Que es competencia de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires la pronta solución que padece la comunidad educativa de la Escuela Secundaria Nº 38, ya sea a través de la compra, construcción o locación de un edificio apto para el desarrollo de las actividades de la institución;


Por todo lo antes expuesto, el bloque de la Unión Cívica Radical propone el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires que evalué la posibilidad de asignar un edificio para el funcionamiento de la Escuela de Educación Secundaria Nº 38 a los fines de solucionar la falta de un espacio físico propio para el funcionamiento de la institución.-


Artículo 2.- Comuníquese, etc.

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