Información de Expediente

2021 - E - 1367
Fecha de Entrada: 26/04/2021
Carátula: Proyecto de RESOLUCIÓN
Iniciador: COALICIÓN CÍVICA ARI MAR DEL PLATA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: PRESTADO
Desde: 04/06/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Declarando de interés a la ONG " Grooming Argentina" por su labor nacional e internacional en la prevención, concientización y erradicación del delito Grooming.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
R-4717 27/05/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 29/04/2021 18/05/2021 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto







[pic]         BLOQUE DE COALICIÓN CÍVICA ARI MDP




                                                                              Mar del Plata,  26 de Abril de 2021




Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante del

Partido de General Pueyrredón

Dr. Ariel Martínez Bordaisco

S                         /                            D


Por su intermedio elevo a consideración del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon el siguiente proyecto de Resolución.


                                                          VISTO


                  La labor de la Organización no gubernamental “GROOMING ARGENTINA” que  trabaja sobre la prevención, concientización y erradicación del Grooming y el ciberacoso, y


                                              CONSIDERANDO


                   Que por la ordenanza municipal  nº 23923/18 el Municipio adhirió a la Ley Nacional 27458 la  cual declara el día 13 de noviembre de cada año como Día Nacional de la lucha contra el Grooming, Ley 26904/13 respecto al delito informático, asimismo, posteriormente el 13 de noviembre de 2020 el Senado sancionó la Ley “Mica Ortega” Nº 27590/20  creando el programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes.


                    Que el Honorable Concejo Deliberante aprobó por Unanimidad la adhesión a la Ley 27590/20 en 2021.


                         Que el Grooming refiere a una problemática en crecimiento en nuestro país, que consiste en el acoso y abuso sexual a niños y adolescentes a través de Internet y las diversas plataformas tecnológicas.


                         Que se trata de una serie de conductas y acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un niño, niña o adolescente, creando una conexión emocional con el mismo, a los efectos de disminuir las inhibiciones del niño/a y poder abusar sexualmente de él.


                         Que, en algunos casos, se busca la introducción del niño, niña o adolescente al mundo de la prostitución infantil o la producción de material de abuso sexual contra las infancias (mal llamada pornografía infantil), trata de niños y niñas, y corrupción. Por lo tanto, está muy relacionado con la pederastia, siendo en muchas ocasiones la antesala de un abuso sexual en persona.


                       Que el Grooming es tan destructor en el aparato psíquico de la víctima, en tanto se trata de niños/as en los que este tipo de acciones provocan múltiples daños psicológicos de consecuencias traumáticas similares a las de un abuso consumado, entendiendo a este flagelo como la nueva modalidad del abuso sexual infantil, sin contacto físico.


                       Que la ONG “Grooming Argentina” está conformada por un grupo interdisciplinario de profesionales destinado a tratar este flagelo que avanza de manera alarmante con el advenimiento de los medios y redes sociales de comunicación y las nuevas tecnologías, diseñando e implementando iniciativas que promueven se respeten y cumplan los derechos de la niñez en el tratamiento de este delito.


                     Que “Grooming Argentina” tiene presencia nacional e internacional, trabaja junto a organizaciones públicas, privadas, organismos de cooperación internacional, diseña e implementa iniciativas que promueven el respeto al ejercicio de los derechos de niños, niñas y adolescentes en el tratamiento que tipifique el delito.


                    Que la mencionada Institución brinda jornadas de concientización y capacitación a niños, niñas y adolescentes como así también al mundo adulto.


                    Que asimismo brinda asesoramiento y contención psicológica a las víctimas y familias de este aberrante delito acompañándolas en todo el proceso judicial.


                      Que, en el año 2018, la mencionada ONG lanzo la aplicación “GAPP” que permite denunciar en tiempo real el acoso y abuso sexual a niños, niñas y adolescentes a través de Internet. Asimismo, permite monitorear las denuncias realizadas, generar un mapa y localizar geográficamente las zonas de mayor incidencia de denuncias.


                    Por todo lo expuesto el Bloque del CCARI MdP propone el siguiente proyecto de




                                              RESOLUCIÓN


Artículo 1º: Declárese de interés del Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon a la ONG “Grooming Argentina” por su labor nacional e internacional en la prevención, concientización y erradicación del delito de Grooming.


Artículo 2º: Declárese de interés municipal la aplicación “GAPP” desarrollada por la     ONG “Grooming Argentina”.


Artículo 3º: De forma



























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