Información de Expediente

2021 - E - 1060
Fecha de Entrada: 21/01/2021
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: AFECTADO POR ARTICULO 32º/2022
Desde: 10/03/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE, informe diversos ítems en relación a los hechos acontecidos en el Playón de Tránsito Municipal de la ciudad de Batán, el día 6 de enero del cte.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 25/01/2021 01/03/2021
050 MOVILIDAD URBANA 01/03/2021 25/02/2022 artículo 32/22
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 25/02/2022 25/02/2022 artículo 32/22
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 19 de enero de 2021


Al presidente del


H. Concejo Deliberante


Sr. Ariel Martínez Bordaisco


S------------/------------D





VISTO:



Loe hechos presuntamente acaecidos en el Playón de Transito de la ciudad de Batán, lugar del cual habría sido sustraído ilegalmente la motocicleta de un contribuyente, configurándose un hecho posible hecho pasible de proceso penal y:



CONSIDERANDO:


Que cuando se procede a infraccionar a un vehículo por cualquier causa, mediante el accionar de los agentes municipales, como puede ser por falta de casco en los motovehículos o test de alcoholemia positivos, los mismos pueden ser acarreados hasta los diversos playones municipales municipal donde, después de presentarse ante el juez de Faltas y pagar la correspondiente multa, pueden ser retirados por su dueño.


Que el municipio cuenta, para estos fines con diversos playones que funcionan como depósitos para los rodados, como pueden ser los de Libertad y Tandil o Santa Paula en la ciudad de Mar del Plata o el sito en la Ciudad de Batán. También hay algunos inmuebles que se destinan a esos fines dependiendo de la demanda.


Que una parte no menor de los vehículos incautados y puestos bajo la guarda municipal son ciclomotores o motos de mayor cilindrada, lo que transforma una ocurrencia común que los playones se encuentren con una población nutrida de este tipo de rodados.


Que el Estado Municipal asume el deber de guardia de todos estos vehículos, debiendo conservarlos en adecuado estado, salvo el normal desgaste producido por el transcurso del tiempo, toda vez que si bien los mismos son incautados en ocasión de incumplimientos siguen siendo de propiedad de sus respectivos dueños y los mismos pagan los derechos de acarreo y guarda previo al retiro de los mismos.




Que en este marco, se produjo un supuesto hecho irregular que creemos debe ser esclarecido, tanto para acreditar si el mismo ocurrió o no, como para determinar cómo ocurrió y si hay algún tipo de responsabilidad y su extensión.


Que, el vecino Santiago Sebo denunció ante el medio EL BATANENSE, que (las comillas y el resaltado nos pertenecen):“El día 1 de enero tipo 01:40 hs, cuando circulaba por la ruta 88 a la altura de la plaza Las Lomas, me paró la Policía, en total cuatro patrulleros me rodearon como a un delincuente, me revisaron y me pidieron los papeles los cuales no los tenía en ese momento. Por lo tanto, me cargaron la moto y la llevaron al playón de tránsito que está en la Delegación Batán.Me labraron el acta por falta de papeles y quedó secuestrada. Tras ir varias veces el miércoles 6 de enero pagué la multa (23,000 $) en el playón de Libertad y Tandil. Desde ahí me mandaron al playón de Batán. El día 9 de enero fui a Batán me tenían a las vueltas y no me querían cobrar, al final me cobraron la estadía $ 4460 y luego de pagar me comunicaron que la moto no estaba: SE LA ROBARON.”


Que de ser el hecho relatado constituido en la forma y con las características narradas por el vecino, se configura una situación que debe ser aclarada, en tanto el municipio tiene un deber de conservación de los vehículos que se encontraran en su guarda, por cualquier situación. El poder municipal debe entonces aclarar las circunstancias del tiempo las personas y el lugar para poder deslindar responsabilidades y saber que acciones tomar para reforzar la seguridad de los bienes de los vecinos y vecinas.


Que puede ser que los hechos hayan acaecido y el municipio tomado toda la debida diligencia y los recaudos, como también pudo haber sido que no los hubiera tomado o los hechos no se hubieran producido. Así se producen tres escenarios distintos que el municipio debe aclarar.



Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:















COMUNICACIÓN



Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe si ha formulado denuncia penal, respecto de los hechos presuntamente acecidos el día 6 de enero del corriente en el Playón de Tránsito de la ciudad de Batán que derivaron la presunta substracción del rodado del vecino Santiago Sebo.



Artículo 2.- Asimismo, se solicita al Departamento Ejecutivo informe, en detalle, cuales son las medidas de seguridad que el Municipio lleva adelante respecto de los vehículos retenidos en los playones de tránsito municipales.



Artículo 3.- Por último, informe si se han registrado robos o hurtos respecto de los vehículos retenidos en los playones de tránsito municipales entre el 01/01/2020 y la fecha de producción del presente.



Artículo 4.- Comuníquese.





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