Mar del Plata, Lunes 4 de enero de 2021
Sr. Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Dr. Ariel Martínez Bordaisco
S / D
VISTO
La existencia del paseo saludable costero en el sector que va desde el Puente de las Américas de Punta Iglesia hasta la rotonda de avenida Constitución en el cual ciudadanos y ciudadanas concurren masivamente a realizar actividades deportivas y,
CONSIDERANDO
Que la Organización Mundial de la Salud recomienda realizar actividad física entre 150 a 300 minutos por semana para prevenir enfermedades cardiovasculares, diabetes, hipertensión arterial, cáncer o depresiones.
Que las enfermedades cardiovasculares constituyen unas de las primeras causas de muerte en el mundo.
Que más de la mitad de ellas son por muerte súbita cardíaca, entendida ésta como el fallecimiento natural, totalmente inesperado y muy rápido, antes de que la víctima reciba atención hospitalaria y en personas que no han tenido síntomas previos de enfermedad cardíaca.
Que en el país, según datos oficiales, la enfermedad cardiovascular es la primera causa de muerte prevenible que deja un saldo de, aproximadamente, 40.000 muertes anuales.
Que por cada minuto que se retrasa la desfibrilación, la posibilidad de supervivencia de la víctima disminuye de siete a diez por ciento.
Que el paciente sufre un daño cerebral irreversible de 4 a 6 minutos después de un paro cardíaco.
Que es indispensable llegar a tiempo, estar alerta y ofrecerles a todas las personas que disfrutan del paseo la seguridad de contar con personal que brinde atención médica frente a hechos urgentes.
Que vemos con agrado la implementación de una “Unidad Ciclista de Rescate Cardíaco” a lo largo del corredor saludable costero.
La función principal es acortar la brecha de tiempo entre la demanda de auxilio y la atención del paciente en paro cardíaco.
Que la Unidad Ciclista de Rescate Cardíaco responderá a los avisos de auxilios recibidos por la central del SAME o ante el requerimiento directo de un ciudadano o bien al advertir una situación de emergencia durante su recorrido.
Que las unidades recorrerán el paseo en bicicletas, debidamente identificados, con intervalos no mayores a 5 minutos
El personal a cargo de dicha tarea deberá estar capacitado en RCP por la Secretaria de Salud del Partido de General Pueyrredon y dependerá su funcionamiento de la Secretaria de Seguridad.
Este equipo estará preparado especialmente para dar respuesta temprana a enfermedades cardiovasculares, manteniendo a un paciente con vida hasta que llegue una intervención médica especializada, a través de RCP y desfibrilación temprana.
Los profesionales contarán con Desfibriladores Externos Automáticos (DEA) aportados por la Secretaría de Salud y estarán capacitados para realizar Reanimación Cardiopulmonar (RCP). Además, llevaran un botiquín para heridas leves, entrenamiento específico y materiales para el manejo de hemorragias y medidas de permeabilización de la vía aérea.
Que el servicio mejorará la supervivencia de la muerte súbita poniendo énfasis en el acceso público a la desfibrilación, la RCP oportuna brindada por la comunidad, la mejora continua de las habilidades de reanimación de los equipos de emergencias médicas, y primeros respondientes, y la sensibilización comunitaria sobre la importancia de la participación solidaria en estos casos.
Por todo lo expuesto, la concejal de la Unión Cívica Radical, Vilma Baragiola, eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
ARTICULO 1. El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón vería con agrado que el Departamento Ejecutivo promueva una PRUEBA PILOTO DE “ UNIDAD CICLISTA DE RESCATE CARDÍACO”, con una extensión de 60 días corridos, a fin de dar respuesta temprana a enfermedades cardiovasculares, manteniendo a un paciente con vida hasta que llegue una intervención médica especializada, a través de RCP y desfibrilación temprana.
ARTICULO 2º. La “ UNIDAD CICLISTA DE RESCATE CARDÍACO” deberá ser capacitado en Reanimación Cardiopulmonar (RCP) por la Secretaria de Salud y será la Secretaria de Seguridad del Partido de Gral. Pueyrredon la encargada de su funcionamiento.
ARTICULO 3. A los fines de dar cumplimiento al presente artículo, se recomienda al Departamento Ejecutivo que instrumente la más amplia franja horaria posible durante los fines de semana, feriados o días en que funcione el corredor saludable costero.
ARTICULO 4. Se solicita asimismo al Departamento Ejecutivo que, en caso de realizarse la prueba indicada en el Articulo 1º, informe la evaluación correspondiente de la PRUEBA PILOTO DE “ UNIDAD CICLISTA DE RESCATE CARDÍACO”.
ARTICULO 5. De forma.
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BLOQUE UNIÓN CÍVICA RADICAL