Información de Expediente

2020 - E - 1888
Fecha de Entrada: 06/10/2020
Carátula: PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. VOLPONI GUILLERMO
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: AFECTADO POR ARTICULO 32º/2022
Desde: 25/02/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Manifestando su profundo rechazo a las declaraciones públicas del Embajador argentino ante la organización de estados americanos (OEA), Carlos Raimundi, por desconocer las serias violaciones a los derechos humanos y a las libertades de los ciudadanos que están teniendo lugar en la República Bolivariana de Venezuela.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
038 DERECHOS HUMANOS 09/10/2020 01/03/2021
054 DERECHOS HUMANOS, IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DISCAPACIDAD 01/03/2021 25/02/2022 Art. 32/22
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 25/02/2022 25/02/2022 Art. 32/22
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 5 de octubre de 2020.-






Sr. Presidente del Honorable  Concejo Deliberante



General Pueyrredón



Don Ariel Martínez Bordaísco



S____________/___________D:



VISTO



La Misión Internacional Independiente de Investigación sobre la República Bolivariana de Venezuela (La Misión), que se estableció en virtud de la resolución 42/25,  del Consejo de Derechos Humanos de la ONU el 27 de septiembre de 2019, con el mandato de investigar las ejecuciones extrajudiciales, las desapariciones forzadas, las detenciones arbitrarias y la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes cometidos en Venezuela desde 2014, a fin de asegurar la plena rendición de cuentas de los autores y la justicia para las víctimas.



El Informe elaborado en base a dicha investigación publicado por Oficina de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y expuesto el martes 29 de septiembre en la Sesión Extraordinaria Virtual del Consejo Permanente de la OEA a propósito del “Seguimiento de la situación en Venezuela”


CONSIDERANDO


Que la Misión investigó 223 casos, de los cuales 48 se incluyen como estudios de casos exhaustivos en el informe de 443 páginas. Adicionalmente, examinó otros 2.891 casos para corroborar los patrones de violaciones y crímenes. Utilizó para el informe: entrevistas con víctimas, familiares, abogados/as y testigos con conocimiento directo de los incidentes; con ex funcionarios/as del Gobierno, la policía, los servicios de inteligencia, militares y otras personas con conocimiento directo de casos o instituciones específicas; entrevistas con miembros actuales y anteriores del poder judicial; entrevistas con miembros de las fuerzas de seguridad en activo; información digital certificada (vídeos, imágenes satelitales, fotografías y/o contenido en redes sociales); declaraciones públicas de representantes del Gobierno; y revisión de las leyes, políticas y directivas venezolanas.

Que como consecuencia de dicha investigación surge entre otros datos estremecedores:

Que el estudio identifica patrones de violaciones y crímenes altamente coordinados de conformidad con las políticas del Estado” y añade que “parte de un curso de conducta tanto generalizado como sistemático, constituyendo así crímenes de lesa humanidad;

Que La Misión encontró motivos razonables para creer que las autoridades y las fuerzas de seguridad venezolanas han planificado y ejecutado desde 2014 graves violaciones a los derechos humanos, algunas de las cuales – incluidas las ejecuciones arbitrarias y el uso sistemático de la tortura – constituyen crímenes de lesa humanidad” y “lejos de ser actos aislados, estos crímenes se coordinaron y cometieron de conformidad con las políticas del Estado, con el conocimiento o el apoyo directo de los comandantes y los altos funcionarios del gobierno;

Que entre 2015 y 2017, las Operaciones de Liberación del Pueblo (OLP), supuestamente establecidas para combatir el crimen, dieron lugar a detenciones arbitrarias y un escalofriante número de  ejecuciones extrajudiciales;

Que dos fuerzas de seguridad – el CICPC y las Fuerzas de Acción Especial (FAES) de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) – fueron responsables del 59% de todas las muertes perpetradas por las fuerzas de seguridad en el período analizado y fueron también los autores de las ejecuciones extrajudiciales documentadas en el informe;

Que la gran mayoría de las muertes ilegales cometidas por las fuerzas de seguridad no han dado lugar a enjuiciamientos y en ningún momento se ha llevado ante la justicia a los funcionarios con responsabilidad de mando;

Que el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) tenía como objetivo identificado a la disidencia política y activistas de derechos humanos, así como a otros hombres y mujeres que se percibían como contrarios al Gobierno, mientras que la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) tenía como objetivo al personal militar y a personas civiles asociadas, presuntamente implicadas, en rebeliones o intentos de golpe de Estado;

Que los hombres y mujeres detenidos solían estar en condiciones infrahumanas en la sede de los organismos en Caracas o en “casas seguras” no oficiales. En algunos casos se acusó a las víctimas de delitos falsos, se plantaron pruebas y se burló el debido proceso. Las detenciones en algunos casos equivalían a desapariciones forzadas de corta duración e incluían torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes, incluidos actos de violencia sexual, ya fuera para obtener confesiones o como castigo;

Que entre las técnicas de tortura que la Misión documentó se encontraban las posiciones de estrés; la asfixia con bolsas de plástico, sustancias químicas o agua; las palizas; las descargas eléctricas; las amenazas de muerte; las amenazas de violación contra la víctima y/o sus familiares; la tortura psicológica, incluida la privación sensorial, la iluminación constante y el frío extremo; y la desnudez forzada.

Que Los organismos de inteligencia también sometieron a la disidencia – tanto hombres como mujeres – a violencia sexual, incluyendo violaciones sexuales con partes del cuerpo u objetos y amenazas de violación sexual a la persona detenida o a sus seres queridos, desnudez forzada, así como palizas y descargas eléctricas en los genitales;

Que los comandantes, incluyendo las autoridades de alto nivel dentro del SEBIN y la DGCIM, tenían pleno conocimiento de este patrón de crímenes, que a menudo ocurrían en los mismos edificios donde trabajaban. La Misión ha registrado los nombres de más de 45 funcionarios del SEBIN y de la DGCIM directamente responsables que deben ser investigados y procesados;

Que la Misión también documentó violaciones en medio de la respuesta cada vez más violenta del Estado a las protestas masivas de la oposición, especialmente en 2014, 2017 y 2019. Esto incluye el asesinato de 36 manifestantes a quienes se les disparó con armas de fuego y armas menos letales, así como prácticas de tortura y otros malos tratos durante la detención, como palizas, humillaciones, violencia sexual y de género, y simulacros de ejecución;

Que las autoridades estatales tampoco intervinieron en por lo menos siete casos en que los manifestantes fueron asesinados por grupos civiles armados conocidos como colectivos. Esto se produjo en medio de la creciente dependencia del Gobierno de la coordinación militar-civil para mantener el orden público en los últimos años;

Que las violaciones que la Misión investigó se produjeron en medio de una ruptura gradual de las instituciones democráticas y del estado de derecho, incluyendo una erosión de la independencia judicial en Venezuela;

Que el poder judicial de Venezuela no sirvió para controlar a otros agentes del Estado, siendo necesario seguir investigando hasta qué punto la influencia política indebida ha obstaculizado la independencia judicial;

Que la Misión tiene motivos razonables para creer que la mayoría de las violaciones y crímenes documentados en el informe se cometieron en el marco de un ataque generalizado y sistemático dirigido contra una población civil, con conocimiento del ataque, de conformidad con dos políticas estatales distintas o en apoyo de las mismas. En primer lugar, se aplicó la política de silenciar, desalentar y anular la oposición al Gobierno del Presidente Maduro, incluso atacando a las personas que, por diversos medios, demostraron su desacuerdo con el Gobierno o fueron consideradas contrarias a él, así como a sus familiares y amigos que fueron objeto de ataques por estar asociados/as con ellos. En segundo lugar, existía una política de lucha contra la delincuencia, que incluía la eliminación de las personas consideradas “delincuentes” mediante su ejecución extrajudicial;

Que la Misión tiene motivos razonables para creer que en Venezuela se cometieron los siguientes crímenes de lesa humanidad en el período que se examina: asesinato, encarcelamiento y otras privaciones graves de la libertad física, tortura, violación y otras formas de violencia sexual, desaparición forzada de personas en el caso Barlovento y otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o graves daños al cuerpo o a la salud mental o física. Algunas de las mismas conductas pueden constituir también el crimen de lesa humanidad de persecución, tal como se define en el Estatuto de Roma;

Que la Misión tiene motivos razonables para creer que tanto el Presidente como los Ministros del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz y de Defensa, ordenaron o contribuyeron a la comisión de los delitos documentados en el informe presentado, y teniendo la capacidad efectiva para hacerlo, no adoptaron medidas preventivas y represivas. También que los directores de las entidades de seguridad e inteligencia que participaron en la comisión de dichos delitos ordenaron o contribuyeron a su comisión y, al tener la capacidad efectiva para hacerlo, no adoptaron medidas preventivas y represivas;

Que en el Informe se recomienda al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela que lleve a cabo de inmediato investigaciones efectivas, exhaustivas, independientes, imparciales y transparentes sobre las violaciones de derechos humanos y los crímenes descriptos en el informe y a la Comunidad Internacional que los Estados consideren la posibilidad de iniciar acciones legales contra los individuos responsables por las violaciones y los delitos señalados en el informe, de conformidad con su legislación interna pertinente. Se recomienda a Fiscalía de la Corte Penal Internacional que, en el examen de los casos, tenga en cuenta las necesidades de las víctimas de que se haga justicia oportunamente.

Que asimismo la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, visitó el país del 19 al 21 de junio y sostuvo entrevistas con mas de 558 personas, la mayoría victimas de abusos y testigos, así como también a una amplia gama de figuras políticas, desde el Presidente Nicolás Maduro y otros altos funcionarios del gobierno, hasta el Presidente de la Asamblea Nacional.

Que el informe de Bachelet afirma que "miles de personas, principalmente hombres jóvenes, han muerto en supuestos enfrentamientos con fuerzas estatales en los últimos años" y que "existen motivos razonables para creer que muchas de esas muertes constituyen ejecuciones extrajudiciales perpetradas por las fuerzas de seguridad, en particular la FAES";

Que "la Guardia Nacional y la Policía Nacional han sido responsables del uso excesivo de la fuerza en manifestaciones al menos desde 2014";

Que "los colectivos armados contribuyen a este sistema ejerciendo control social en las comunidades locales, y apoyando a las fuerzas de seguridad en la represión de manifestaciones y de la disidencia";

Que en Venezuela también se conculcan los derechos económicos de los ciudadanos: que "el principal programa de asistencia alimentaria, conocido como 'cajas CLAP', no cubre las necesidades nutricionales que son elementales para la gente";

Que "El desvío de recursos, la corrupción y la falta de mantenimiento en la infraestructura pública, así como la subinversión, han tenido como resultado violaciones al derecho a un nivel adecuado de vida, entre otros, debido al deterioro de servicios básicos como el transporte público y el acceso a electricidad, agua y gas natural";

Que 3,7 millones de venezolanos se encuentran en estado de desnutrición, de acuerdo con las cifras del Fondo de las Naciones Unidas para la Alimentación. Y asegura que "además de la hiperinflación y la contracción de la economía, las políticas económicas y sociales adoptadas durante la última década han debilitado los sistemas de producción y distribución de alimentos, aumentando la cantidad de personas que dependen de programas de asistencia alimentaria";

Que "la atención a la salud que lleva años deteriorándose" y "se caracteriza por el éxodo de doctores/as y personal de enfermería, así como por graves carencias en la atención médica básica y de medicamentos". Se calcula que entre noviembre 2018 y febrero 2019, "1.557 personas murieron debido a la falta de insumos en hospitales";

Que "el gobierno ha tratado de imponer una hegemonía comunicacional imponiendo su propia versión de los hechos y creando un ambiente que restringe los medios de comunicación independientes", una situación que ha continuado empeorando desde el año pasado. El informe recoge el cierre de decenas de medios impresos, emisoras de radio y cadenas de televisión, así como el aumento en las detenciones de periodistas, incluidas las de periodistas extranjeros que terminaron siendo expulsados del país.


Que  a través de diversos medios  se han dado a conocer las  declaraciones públicas del embajador argentino ante la Organización de Estados Americanos (OEA), Carlos Raimundi, efectuadas el martes 29 de septiembre en la Sesion Extraordinaria Virtual en la que se presentó el informe de La Misión Internacional Independiente de Investigación sobre la República Bolivariana de Venezuela, mediante las cuales  sostuvo que: “Venezuela sufrió un fuerte asedio de intervencionismo. Hubo amenazas de intervención, operativos y cortes de energía a las centrales que generaron serias cuestiones de violación a los derechos humanos”; “…hay una apreciación sesgada de lo que son las violaciones a los derechos humanos en determinados países.”



Que entendemos que las 443 páginas presentadas por la Misión de Determinación de hechos de la ONU, los dos Informes elaborados por la Alta Comisionada Michelle Bachelete, las imágenes de represión en Venezuela que vemos hoy día, los testimonios de millones de Venezolanos que han debido huir de la dictadura de su país, resultan suficientes para demostrar que no se trata de “visiones sesgadas” como ha manifestado el representante de Argentina en la OEA desestimando las conclusiones de los informes existentes así como relativizando la terrible situación que atraviesa el pueblo Venezolano, que ha sufrido y sufre crímenes de lesa humanidad, violaciones a los derechos humanos, a la libertad y al acceso a condiciones de vida digna más básicas de las personas con la cual debemos solidarizarnos así como comprometernos como pueblo hermano que ha sabido sufrir también los horrores de las Dictaduras.



Por todo ello, el Bloque de Concejales de Vamos Juntos pone a

consideración del Concejo Deliberante el siguiente:



PROYECTO DE RESOLUCIÓN



Artículo 1: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredón manifiesta su rotundo rechazo a las declaraciones públicas del embajador argentino ante la Organización de Estados Americanos (OEA), Carlos Raimundi, por desconocer las serias violaciones a los derechos humanos y a las libertades de los ciudadanos que están teniendo lugar en la República Bolivariana de Venezuela.-



Artículo 2: Manifiesta asimismo la importancia de q se renueve la misión con el objeto de profundizar las investigaciones de los crímenes y avasallamientos a los derechos y libertades individuales sufridos por los habitantes de dicho país.-



Artículo 3: Comuníquese a la Unidad Técnica Administrativa de la Organización de Estados Americanos con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su elevación a la sede central de la ciudad de Washington, Estados Unidos de América.-



Artículo 3: De forma.-




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