Información de Expediente

2018 - E - 1285
Fecha de Entrada: 02/03/2018
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 31/07/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Encomendando al D.E. la correcta delimitación de la UTF denominada Playa Bristol Popular ubicada en el sector costero centro del Partido de Gral. Pueyrredon, como así también el sector afectado al predio ferial de vendedores ambulantes.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
006 TURISMO 06/03/2018 28/02/2019 Art. 31
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 28/02/2019 28/02/2019 Art. 31
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 27 de Febrero de 2018.




Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Partido de Gral. Pueyrredón

Cjal. Guillermo Sáenz Saralegui



Visto


                          La situación actual referida a los limites de la Unidad Turística Fiscal denominada Playa Bristol Popular ubicada en el sector costero centro del Partido de General Pueyrredon; y


Considerando



                          Que la Ordenanza 12394 y su modificatoria 12741 del año 1999, referidas a las Cláusulas Particulares del llamado a Licitación de la UTF denominada Playa Bristol Popular establecieron, entre otras condiciones, los Planos de Ubicación y límites de la  Unidad Fiscal, en su Anexo VII.


                          Que  posteriormente, de conformidad con la Ley Provincial 13813 y el Decreto 1140/08, referidos al llamado a Licitación del bien de dominio provincial denominado Hotel Provincial y Hotel Departamento Casino es establecido un nuevo límite sur de la UTF Playa Bristol Popular,  en la proyección de la fachada norte del Edifico Casino.



                         Que, existe otro sector afectado al predio ferial de vendedores ambulantes, que convive dentro de los límites de la UTF Playa Bristol Popular, desde el año 2004, autorizado por la Ordenanza 15849 y posteriores.


                                Que dicho predio ferial entregado funciona en la vereda lateral/vereda  adyacente al muro del Paseo Costero del Boulevard Marítimo Patricio Peralta Ramos entre las proyecciones de las calles Rivadavia y San Martín.



                          Que creemos imprescindible contar con una norma que delimite los límites y superficie de cada unidad, en pos de ordenar su funcionamiento y establecer los derechos y obligaciones del Estado Municipal y de cada concesionario o permisionario que desarrolle actividades en las mismas.


                           Que establecer los límites concretos de cada Unidad Turística Fiscal es esencial para poder analizar, por ejemplo, las solicitudes  presentadas por Nota 371/17, por parte de la Asociación Mutual “18 de Enero” de los Vendedores Ambulantes y Afines, o la Nota 114/17 presentada  por el actual permisionario de la UTF Playa Bristol Popular, señor Italo Ravasio y para llevar adelante cualquier acto administrativo por parte del Municipio, como otorgar los mismos, o realizar llamados a licitación, u otros que considere  .


                             Que la Presidente del EMTUR Gabriela Magnoler en la respuesta dirigida al Presidente de la Comisión de Turismo con referencia a las Notas 371/17 y 114/17  expresa: “ De entender ese Honorable Cuerpo la viabilidad del pedido formulado, se entiende necesario establecer los limites concretos de la Unidad involucrada, toda vez que su delimitación original fue alterada por la licitación publica….”


                               Que este proyecto de ordenanza para definir los límites de la histórica Playa Bristol Popular es a fin de evitar "superposiciones" o dudas referidas a responsabilidades.



                            Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical eleva a su consideración el siguiente:




PROYECTO DE ORDENANZA


Artículo 1º.- Encomiéndase  al Departamento Ejecutivo la correcta delimitación de la Unidad Turística Fiscal denominada Playa Bristol Popular, ubicada en el sector costero centro del Partido de General Pueyrredon, teniendo en cuenta la modificación del límite sur realizada por la Ley Provincial 13.813 y el Decreto 1140/2008, como así también el sector afectado al predio ferial de vendedores ambulantes.


Artículo 2º) Comuníquese, etc.-





















-----------------------

Mar del Plata



BLOQUE U.C.R.



Municipalidad del Partido de General Pueyrredón

Departamento Deliberativo



 Volver