Información de Expediente

2017 - E - 1901
Fecha de Entrada: 23/08/2017
Carátula: Proyecto de Comunicación.-
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 15/11/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Reiterando en todos sus términos la solicitud de informe correspondiente a la C-4518, ref. a las obligaciones establecidas en el art. 7º del convenio celebrado con la Asoc. Civil Mar del Plata Golf Club (Expte. Nº 2088-U-2014).-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 25/08/2017 15/11/2018 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 15/11/2018 15/11/2018 Art. 52° del R.I.
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 26/11/2018 05/02/2019 Aprobado
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 05/02/2019 13/06/2019 Art. 52 del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 14/06/2019 14/11/2019 Art.52 R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto





Mar del Plata, 23 de agosto de 2017



Al Presidente del


Concejo Deliberante


Sr. Guillermo Sáenz Saralegui S------------/------------D



VISTO:


La Ley Provincial Nº12585, la Ordenanza 14404 con su correspondiente Convenio, y la Comunicación 4518; y





CONSIDERANDO:



Que La Ley Provincial Nº12585 desafecta del dominio provincial el inmueble identificado como: Circunscripción VI-Sección D.- Chacra 346 y transfiere el mismo al Municipio de General Pueyrredón.

Que en su artículo tercero esta Ley señala que “la transferencia del dominio conlleva para la municipalidad los siguientes cargos:

La cancelación de la deuda preexistente a favor de la Municipalidad.


La preservación del destino impuesto al inmueble.


A convenir con la Asociación Cívil Mar del Plata Golf Club, una concesión de uso, explotación y preservación del inmueble, por el mayor  plazo legal”.

Que en su artículo 5° se indica que la Municipalidad “establecerá las condiciones referidas al uso, canon, inversión en mantenimientos y obras en el inmueble”.

Que la Ordenanza 14404 sancionada el 21 de noviembre de 2001 aceptó la transferencia de dominio dispuesta por la Ley Provincial 12585.

Que el Artículo 4º de la mencionada Ordenanza, encomienda al Departamento Ejecutivo a establecer las condiciones de uso, canon, monto de las inversiones en mantenimiento y obras en el inmueble.

Que dicha Ordenanza dio origen a un Convenio, a través del cual, la Municipalidad de General Pueyrredón y la Asociación Civil Mar del Plata Golf Club acordaron derechos y obligaciones referidos a la concesión de uso, explotación y preservación del inmueble.

Que el artículo 2º del Convenio establece un plazo de treinta (30) años de concesión a partir de la fecha de vigencia del mismo.

Que el canon acordado en el artículo 6° es de Dólares Estadounidenses Diez Mil anuales, pagaderos por adelantado en cuatro cuotas trimestrales.

Que el artículo 7º prevé una “inversión mínima de $150.000 anuales, a valores constantes”, destinados al mantenimiento y conservación  integral del inmueble.

Que “los planes anuales de inversión serán presentados dentro de los primeros treinta días de cada año calendario, debiendo ser aprobados por la autoridad municipal”.

Que la Comunicación del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon N° 4518 fue aprobada por unanimidad y sancionada el 12 de marzo de 2015.

Que allí se solicitaba informe en relación a las obligaciones establecidas en el artículo 7º del Convenio celebrado entre la Municipalidad y la Asociación Civil Mar del Plata Golf Club, aprobado por Ordenanza 14404.

Que concretamente se requería información con respecto a:


Planes anuales de inversión presentados por la entidad para los últimos cinco (5) años, con informe de monto comprometido y detalle de obras.

Si los mismos han sido aprobados por el Municipio y se han ejecutado en tiempo y forma.

En caso de no haber cumplimentado lo estipulado en el Convenio, acciones llevadas adelante por el Municipio.

A través de las áreas de incumbencia de la Comuna, se realice un  informe exhaustivo del estado edilicio actual del bien concesionado, incluidos el cerco perimetral verde y/o de alambre tejido y del cumplimiento de la Ordenanza nº 10075.

Que esa Comunicación aún no ha sido respondida por el Departamento Ejecutivo.



Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria


eleva  el siguiente proyecto de:




COMUNICACION




Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo que responda en todos sus términos la Comunicación 4518 sancionada el 12 de marzo de 2015, relacionada al cumplimiento del Convenio suscripto entre la Municipalidad de General Pueyrredón y la Asociación Civil Mar del Plata Golf Club.

Artículo 2.- En caso de no haberse realizado las inversiones establecidas en el  Artículo 7° del Convenio encomendado por la Ordenanza 14404, este cuerpo solicita que el Departamento Ejecutivo readecúe el canon acordado en el artículo 6°.



Artículo 3.- Comuníquese, etc.

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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon Departamento Deliberativo


Mar del Plata


BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA



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