Mar del Plata, 21 de Octubre de 2015.-
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredón
Dr. Ariel Ciano
VISTO:
El proyecto denominado “Construcción de 1.122 viviendas y su
infraestructura de servicios, en el Partido de General Pueyrredon”, en el
marco del Programa Federal de Construcción de Viviendas, denominado “Techo
Digno”; y
CONSIDERANDO:
Que el 17 de julio de 2013 la Presidente de la Nación, Cristina
Fernández de Kirchner y el Señor Gobernador .de la Provincia. de Buenos
Aires, Daniel Scioli, anunciaron dicho proyecto de construcción de 1.122
viviendas, a cargo del Instituto Provincial de la Vivienda de la Provincia
de Buenos Aires, organismo dependiente de la Subsecretaría Social de
Tierras , Urbanismo y Vivienda y financiadas a través del Programa Federal
de construcción de viviendas, denominado “Techo Digno”; el que motivara la
firma de un Acta Acuerdo para el inicio de las obras, entre los señores
Germán Niviello, Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda; el señor
Pablo Sarlo, Administrador de la Cartera de Vivienda y el Intendente
Gustavo .Pulti por la Municipalidad de General Pueyrredón..
Que, atento el déficit de 3.000.000 de viviendas que afecta a
la Argentina, al que no es ajeno el Partido de General Pueyrredón, los
referidos anuncios generaran gran expectativa en la población de menores
recursos, destinataria de esos planes.
Que para la construcción de las mencionadas viviendas y su
infraestructura de servicios: agua corriente, cloaca, electricidad y gas
natural, se proyectó invertir Pesos Trescientos tres millones, ochocientos
treinta y cuatro mil trescientos ($303.834.300.), en el “sudeste de la
ciudad” (sic)
Que, sin haber tenido noticias sobre la concreción de dicho
Programa durante dos años, en el mes de junio de este año se realizaron
nuevos anuncios vinculados a construcción de viviendas en barrios de Mar
del Plata y de Batan.
Que contemporáneamente con dicho anuncio, la MGP llamó a
licitación para la construcción de un número indeterminado de viviendas,
entre otros barrios en José Hernández, donde se mencionan 24 lotes y/o
viviendas y también en los barrios Las Heras, Las Américas y Paraje El
Boquerón. Dichas licitaciones quedaron desiertas en el primer llamado,
estando en etapa de publicación el segundo llamado (Licitaciones Públicas
24/2015, 25/2015, 26/2015, 27/2015 y 28/2015).
Que los datos publicados tienen una cierta dosis de
incertidumbre, considerando que las respectivas publicaciones informan los
presupuestos oficiales, pero no el número de viviendas; por lo que es
probable que algunas de las referidas licitaciones se refieran al Acta
Acuerdo firmado.
Que cabe mencionar que las referidas Actas Acuerdos no fueron
remitidos, ni obviamente convalidados por el Honorable Concejo Deliberante,
habiendo, muchos de sus integrantes, tomado conocimiento de los mismos por
los medios de comunicación y requiriendo, informalmente, alguna información
a diversas áreas e instituciones involucradas.
Que como es lógico, estos anuncios generan expectativas, muchas
veces desmedidas, de parte de los potenciales beneficiarios, que por
promesas no cumplidas, se manifiestan en forma reiterada frente al
Municipio.
Que aproximadamente desde el año 2009, la “Asociación Mutual
ProAySol de Ayuda Solidaria” tramita por expediente Nº 2416-11867/2009 la
obra “ 1122 viviendas en General Pueyrredón”; un complejo de viviendas de
interés social en tierras del sector sudeste de la ciudad, más precisamente
en las parcelas cuya nomenclatura catastral es: Circ. IV Secc. Rural-
Parcelas 4t y 4w, abogando a la fecha en el Municipio, por la sanción de la
Ordenanza que fije indicadores urbanísticos y la normativa específica para
llevar a cabo el emprendimiento.
Que por razones que se desconocen .el Departamento Ejecutivo
Municipal, no ha avanzado en el trámite del expediente en cuestión, que
contaría, aparentemente, con el visto bueno del Instituto de la Vivienda de
la Provincia de Buenos Aires, situación que ha motivado la presentación
judicial caratulada “Asoc. Mutual ProAysol c/ IPVA Bs.As. sobre pretensión
anulatoria” que se tramita en el Juzgado Contencioso Administrativo del
Dr. Perrier, en los Tribunales de la Ciudad de La Plata..
Que en las referidas tramitaciones se le habría impuesto al
solicitante, la contratación de una empresa fabricante de piezas parte
industrializadas, aptas para la construcción de viviendas, empresa que a la
postre habría quebrado, y a la que supuestamente se le abonó un fuerte
anticipo monetario del que se desconoce destino.
Que es probable que por las circunstancias antes mencionadas y
por la información acerca de su localización, las tierras donde las
autoridades anunciaron la construcción de las 1.122 viviendas, sean las
mismas que las que están en litigio, por lo que no estarían disponibles
para construirlas, visualizándose el anuncio como puramente electoralista,
hiriendo de muerte la credibilidad y las expectativas de la población,
destinataria de estos emprendimientos.
Que resulta llamativo que, en ocasión del conflicto suscitado
por una aparente toma de terrenos, a mediados de septiembre del corriente
año, las autoridades municipales como el Secretario de Desarrollo Social,
Martín Aiello y el propio Intendente Municipal, Gustavo Pulti, se
expresaban con aparente desconocimiento de lo que allí ocurría, sobre todo
en las tierras sitas sobre Ortiz de Zárate entre Carlos Gardel y la ex
222, cuando debían saber, a tenor de actas firmadas con anterioridad, que
dichas acciones estaban vinculadas a incumplimientos del propio Municipio
con respecto a la construcción de viviendas sociales en el marco del Plan
de Viviendas ya mencionado.
Que dicha documentación (ACTA DE TENENCIA PRECARIA,
28/11/2013), en principio, pareciera haber sido suscripta con algunas
vecinas del barrio que luego se identificaron tanto en una protesta previa
en las puertas del Municipio, como en los terrenos antes mencionados, por
lo que mal podrían los funcionarios desconocer la situación.
Que pareciera que posteriormente a dichos acontecimientos, el
Municipio volvió a asumir los compromisos no cumplidos, deviniendo todo
esto en una situación que exige ser aclarada.
Que en otro orden no aparece claro si para los planes de
vivienda como los anunciados y otros en marcha, se ha realizado antes un
profundo estudio para la localización y provisión de las infraestructuras:
educativa, de salud, recreación y comercial, etc., procurando que el
proyecto se constituya en un verdadero polo de desarrollo barrial
sustentable.
Que no es razonable depositar en el IVBA la totalidad de la
responsabilidad de lo que se va a construir, sobrados ejemplos existen en
la ciudad y la provincia, de barrios enteros de baja calidad constructiva,
imposibles de mantener dignamente. En este sentido, sostenemos que el
Municipio debe mantener para sí el rol de contralor sobre estos
emprendimientos, en todas las etapas de obra.
Por todo lo expuesto el Bloque de la UCR pone a consideración
el siguiente proyecto de
COMUNICACIÓN
Artículo 1º) El Honorable Concejo Deliberante solicita a el Departamento
Ejecutivo, en los plazos previstos por la Ordenanza 9364, que, con
referencia al proyecto denominado “Construcción de 1.122 viviendas y su
infraestructura de servicios, en el Partido de General Pueyrredon”, en el
marco del Programa Federal de Construcción de Viviendas, denominado “Techo
Digno” y los llamados a Licitación Pública Nº 24, 25, 26, 27 y 28/15 para
la construcción de viviendas en los barrios: Las Heras, Las Américas, J.
Hernández y Paraje El Boquerón, informe los siguientes aspectos:
A) Si las 1.122 viviendas anunciadas por los mandatarios, son las mismas
actualmente judicializadas a través de la causa “Asociación Mutual ProAysol
c/ IPVA Bs.As sobre pretensión anulatoria” que se estaría tramitando ante
el Juzgado del Doctor Perrier de la ciudad de La Plata.
B) Se informe números de Ordenanza por las cuales fueron aprobados los
pliegos de Licitación Pública Nº 24, 25, 26, 27 y 28/15 referidos a la
construcción de viviendas en los barrios Las Heras, Las Américas, José
Hernández y Paraje El Boquerón.
C) Situación del Expediente Nº 2416-11867/2009 tramitado por la
“Asociación Mutual ProAysol de Ayuda Solidaria” ante la MGP, y si a raíz de
las acciones judiciales interpuestas, existe la posibilidad que estas
repitan contra el Municipio.
D) Nómina de los acuerdos para la construcción de viviendas suscriptos
entre la Municipio, el Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios y el Instituto Provincial de la Vivienda de la
Provincia de Buenos Aires, en últimos cinco años.
* D1 Procesos licitatorios llevados a cabo y/o adjudicados a consecuencia
en el marco de los acuerdos mencionados en el punto D.
* D2 Detalle de las unidades habitacionales efectivamente construidas
* D3 Detalle de las obras actualmente en construcción.
* D4 Detalle de las obras en proceso administrativo y/ o licitación.
• D5 Detalle de los fondos municipales comprometidos y/o destinados por
todo concepto.
E) Aporte Actas de Tenencia Precaria suscriptas por el Municipio con
distintos vecinos por las cuales el Municipio ha entregado lotes para
fines de vivienda, hasta tanto se cumplimenten los Planes de Viviendas
correspondientes.
Artículo 2º) De forma.-
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Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo