Información de Expediente

2014 - E - 1666
Fecha de Entrada: 04/07/2014
Carátula: Proyecto de Resolución
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 18/12/2014
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Expresando beneplácito al Proyecto de Ley, presentado en la H.C. de Diputados de la Nación, que declara Símbolo Nacional Argentino al pañuelo blanco de las Madres de Plaza de Mayo.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
R-3741 27/11/2014

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
038 DERECHOS HUMANOS 10/07/2014 04/09/2014 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 04/09/2014 18/11/2014 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


                                       Mar del Plata, 04 de julio de 2014



Al Sra. Presidenta del

H. Concejo Deliberante

Sra. Vilma Rosana Baragiola

S-------------/-------------D



VISTO:

      El Proyecto de Ley (2606-D-2013) presentado en la Honorable Cámara  de

Diputados de la Nación que tiene como  objetivo  declarar  símbolo  nacional

argentino al pañuelo blanco de las madres de plaza de mayo, y;



CONSIDERANDO:

      Que el proyecto que fue girado al Senado  tiene  cuatro  artículos  de

los cuáles en el primero  se  solicita  que  se  declare  “Símbolo  Nacional

Argentino al Pañuelo Blanco de las Madres de Plaza de Mayo en tributo a  los

valores que el mismo universalmente representa  en  la  lucha  por  Memoria,

Verdad y Justicia, y el respeto a los Derechos Humanos”.

      Que el proyecto de ley dice que "Resulta imprescindible incluir  entre

los símbolos patrios a los pañuelos blancos que representan a las Madres  de

Plaza de Mayo, como expresión de uno de  los  movimientos  centrales  en  la

historia reciente de nuestro país.  Los Pañuelos  sin  duda  constituyen  ya

parte vital del patrimonio y sentimiento populares.”

      Que entre los fundamentos del proyecto se recuerda que  “los  símbolos

nacionales, como símbolos de la soberanía de la  Nación,  se  utilizan  para

representar a estados, naciones o países y, son a  su  vez  reconocidos  por

otros estados. Son expresiones inequívocas de la identidad de  un  pueblo  y

sus luchas”.

      Que el proyecto fue presentado por el diputado nacional por el  Frente

para la Victoria Leonardo Grosso y recibió 176 votos a favor, 7 en contra  y

cuatro legisladores se abstuvieron.

      Que la Asociación Civil Abuelas de Plaza de Mayo es  una  organización

no-gubernamental que tiene  como  finalidad  localizar  y  restituir  a  sus

legítimas  familias  todos  los  niños  secuestrados  desaparecidos  por  la

represión política durante la última dictadura cívico-militar, y  crear  las

condiciones para que nunca más se  repita  tan  terrible  violación  de  los

derechos de los niños, exigiendo castigo a todos los responsables.

      Que las Abuelas de  la  Plaza  de  Mayo  recibieron  el  Premio  Félix

Houphouët-Boigny que otorga  la  UNESCO  a  las  personas,  instituciones  u

organizaciones destacadas en la búsqueda y promoción de la  paz.  El  jurado

señaló que el galardón reconoce la lucha de más de  treinta  años  de  estas

mujeres argentinas por los derechos humanos, la paz y la justicia.

            Por todo lo anterior es que el Bloque de Concejales  del  Frente

para la Victoria solicita la aprobación del siguiente Proyecto de:



                                 RESOLUCIÓN



Artículo 1º.- El Honorable Concejo  Deliberante  del  Partido  de  General

Pueyrredón expresa su beneplácito al proyecto de  ley,  presentado  en  la

Honorable Cámara de Diputados de la Nación, que declara  símbolo  nacional

argentino al pañuelo blanco de las madres de plaza de mayo.



Artículo 2º.- Envíese copia a la  Honorable  Cámara  de  Diputados  de  la

Nación y a la sede de Abuelas de Plaza de Mayo filial Mar del Plata.



Articulo 3º.- Comuníquese, etc.



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Mar del Plata



                       BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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